Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2011 (21/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, jueves 21 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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De conformidad con el articulo IV, inciso 1 del Estatuto del Consejo Directivo del Centro Regional de Sismologia para MORDAZA del Sur; y el inciso 6 del articulo 6 de la Ley Nº 29357 Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores del 12 de MORDAZA de 2009; SE RESUELVE Nombrar al ingeniero MORDAZA MORDAZA Neumann como Representante Nacional ante el Consejo Directivo del Centro Regional de Sismologia para MORDAZA del Sur (CERESIS). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 668252-1

en Salud (SUNASA), que como anexo forma parte de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- Publicacion La presente Resolucion Suprema sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. El Cuadro para Asignacion de Personal aprobado por el articulo 1º de la presente MORDAZA sera publicado en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru. gob.pe) y en el MORDAZA Institucional de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud (www.sunasa.gob. pe), al dia siguiente habil de la publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- Vigencia El Cuadro para Asignacion de Personal aprobado por el articulo 1º de la presente MORDAZA, entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en los portales institucionales a que se refiere el articulo 2º. Articulo 4º.- Derogacion Deroguese toda MORDAZA que se oponga a la presente.

SALUD
Aprueban Cuadro para Asignacion de Personal - CAP de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud SUNASA
RESOLUCION SUPREMA Nº 014-2011-SA MORDAZA, 20 de MORDAZA del 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante el articulo 9º de la Ley Nº 29344, Ley MORDAZA de Aseguramiento Universal en Salud, se crea la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud (SUNASA) sobre la base de la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud, como un organismo publico tecnico especializado, adscrito al Ministerio de Salud, con autonomia tecnica, funcional, administrativa, economica y financiera; y encargada de registrar, autorizar, supervisar y regular a las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS), asi como supervisar a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) en el ambito de su competencia; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 043-2004PCM se aprobaron los Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal - CAP de las entidades de la Administracion Publica, cuya finalidad es generar la aprobacion de un CAP que contenga una correcta definicion de los cargos, acorde con la estructura organica de la Entidad y con los criterios de diseno y estructura de la Administracion Publica que establece la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, con el objetivo de priorizar y optimizar el uso de los recursos publicos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2011-SA, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud; Que, por lo MORDAZA senalado resulta necesario aprobar el Cuadro para la Asignacion de Personal de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud SUNASA, propuesto por su Consejo Directivo; Con la opinion favorable de la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, De conformidad con el Decreto Supremo Nº 043-2004PCM; la Ley Nº 28175, Ley MORDAZA del Empleo Publico; la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; Ley Nº 29344, Ley MORDAZA de Aseguramiento Universal en Salud y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2011-SA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud Aprobar el Cuadro para Asignacion de Personal CAP de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento

Articulo 5º.- Refrendo La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 668551-32

Aprueban la Agenda Nacional de Investigacion en Mortalidad Materna, para el periodo 2011-2014
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 553-2011/MINSA MORDAZA, 18 de MORDAZA del 2011 Visto, el Expediente N° 11-057503-001, que contiene el Oficio Nº 957-2011-J-OPE/INS, del Instituto Nacional de Salud y el Informe Nº 450-2011-OGAJ/MINSA, de la Oficina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, el numeral XV del Titulo Preliminar de Ley Nº 26842, Ley General de Salud establece que el Estado promueve la investigacion cientifica y tecnologica en el MORDAZA de la salud, asi como la formacion, capacitacion y entrenamiento de recursos humanos para el cuidado de la salud; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 220-2010/ MINSA del 25 de marzo del 2010, se aprobaron las Prioridades Nacionales de Investigacion en Salud para el periodo 2010-2014, incluyendo como cuarta prioridad nacional las "Evaluaciones de impacto de estrategias e intervenciones actuales en mortalidad materna"; Que, el literal a) del articulo 6º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2003-SA, senala que es objetivo estrategico institucional de dicho Instituto el desarrollar investigaciones en salud para la prevencion de riesgo, proteccion del dano, recuperacion de la salud y rehabilitacion de las capacidades de las personas; Que, mediante el documento del visto, el Instituto Nacional de Salud, ha propuesto para su aprobacion, la Agenda Nacional de Investigacion en Mortalidad Materna para el periodo 2011-2014, con la finalidad de implementar la cuarta prioridad nacional de investigacion en salud: "Evaluaciones de impacto de estrategias e intervenciones actuales en mortalidad materna"; Estando a lo propuesto por el Instituto Nacional de Salud; Con el visado del Jefe del Instituto Nacional de Salud, del Director General de la Direccion General de Salud de las Personas, del Director General de la Oficina General

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