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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 27 de julio de 2011 447369 religiosas deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 19º del presente Reglamento. 670963-5 Aceptan renuncia de Viceministra de Justicia RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 164-2011-JUS Lima, 26 de julio de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 027-2011- JUS, se designó a la señora abogada Magly Amparo García Bocanegra en el cargo de Viceministra de Justicia del Ministerio de Justicia; Que, la citada funcionaria ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando, la que resulta pertinente aceptar; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por la señora abogada MAGLY AMPARO GARCÍA BOCANEGRA al cargo de Viceministra de Justicia del Ministerio de Justicia, con efectividad al 28 de julio de 2011, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia 670963-24 Autorizan al Ministerio de Justicia disponer la contratación de estudio de abogados para que asuma la defensa de los intereses del Estado peruano en sede jurisdiccional extranjera, en proceso de ampliación de extradición de Alberto Fujimori Fujimori, por delito de malversación de fondos RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 165-2011-JUS Lima, 26 de julio de 2011 VISTO, el Ofi cio Nº 0179-2011-PROCURADURÍA AD HOC del Procurador Público Ad Hoc, Caso Fujimori - Montesinos; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1068 se creó el Sistema de Defensa Jurídica del Estado con la fi nalidad de fortalecer, unifi car y modernizar la defensa jurídica del Estado en el ámbito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, órganos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones; Que, el artículo 33º del Reglamento del Sistema de Defensa Jurídica del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2008-JUS, establece que la defensa del Estado que se ejerce en sede jurisdiccional extranjera, se encuentra a cargo del Procurador Público Ad Hoc designado para el caso en particular, pudiendo delegar el ejercicio de la defensa en los abogados extranjeros contratados para tal fi n, en cuyo caso coadyuvará a la misma; Que, el artículo 35º del citado Reglamento dispone que el Ministerio de Relaciones Exteriores debe proponer oportunamente al Titular de la Entidad que ha originado el procedente, una terna de abogados extranjeros que reúnan el perfi l para ejercer la defensa del Estado, para lo cual, la Entidad evaluará la terna y seleccionará al abogado o abogados extranjeros que asumirán la defensa del Estado en la sede jurisdiccional extranjera, así como también asumirá el pago de los honorarios con cargo a su presupuesto, formalizando la contratación mediante Resolución Suprema; Que, en la medida que el Ministerio de Justicia requiere de la contratación de un estudio de abogados que defi enda los intereses del Estado peruano en la República de Chile, en el proceso de ampliación de extradición del ciudadano peruano Alberto Fujimori Fujimori, por el Delito de Malversación de Fondos, requerido por el Quinto Juzgado Penal Especial de la Corte Superior de Justicia de Lima, se ha evaluado la terna propuesta por el Ministerio de Relaciones Exteriores, resultando elegido el Estudio Grasty, Quintana, Majili & Cía. Abogados, por lo que resulta necesario formalizar su contratación; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú; el Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia; el Decreto Legislativo Nº 1068; y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2008-JUS; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Justicia para que disponga la contratación del Estudio Grasty, Quintana Majili & Cía. Abogados, por un monto ascendente a US$ 10 260.00 (diez mil doscientos sesenta dólares americanos), a fi n que asuma la defensa de los intereses del Estado peruano en sede jurisdiccional extranjera (República de Chile), en el proceso de ampliación de extradición del ciudadano peruano Alberto Fujimori Fujimori, por el Delito de Malversación de Fondos, requerido por el Quinto Juzgado Penal Especial de la Corte Superior de Justicia de Lima. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia 670963-25 Disponen la publicación de las propuestas de reforma al Código Civil y su correspondiente nota explicativa, y reconocen la labor de los miembros de la Comisión encargada de elaborar el Anteproyecto de Ley de Reforma del Código Civil RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0139-2011-JUS Lima, 26 de julio de 2011