Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2011 (27/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 27 de MORDAZA de 2011

en el MORDAZA considerando de la presente Resolucion; Que, mediante Memorandum Nº 09231-2011/SBNOAJ de fecha 20 de MORDAZA de 2011, la Oficina de Asesoria Juridica emite la opinion respecto a que las funciones y competencias materia de administracion y adjudicacion de terrenos urbanos y eriazos del Estado continuan bajo competencia de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN, dada la necesidad de seguir con la defensa judicial y gestion administrativa de dichos predios y sobre todo debido a que no puede existir vacio legal en materia de competencias; Que, mediante Memorandum Nº 09259-2011/SBNSG de fecha 21 de MORDAZA de 2011, la Secretaria General de esta superintendencia dispone que la Direccion de Gestion del Patrimonio Estatal y sus respectivas areas continuen ejerciendo las funciones asignadas conforme a la interpretacion realizada en el documento del parrafo anterior; Que, mediante Memorandum Nº 09328-2011/SBNOAJ de fecha 22 de MORDAZA de 2011, la Oficina de Asesoria Juridica emite la conformidad de la venta directa por causal del predio descrito en el MORDAZA considerando de la presente Resolucion; Que, mediante Memorandum Nº 9362-2011/SBN de fecha 22 de MORDAZA de 2011, el Superintendente Nacional de Bienes Estatales, ha dado su conformidad a la venta por causal, de conformidad a lo dispuesto en el literal n) del Articulo 11º del Reglamento de Organizacion y FuncionesROF de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA; De conformidad con lo establecido por la Ley N° 29151 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 0072008-VIVIENDA y su modificatoria Decreto Supremo N° 002-2009-VIVIENDA, Decreto Supremo Nº 016-2010VIVIENDA, la Directiva N° 003-2011/SBN aprobada por la Resolucion Nº 020-2011/SBN y Decreto de Urgencia N° 071-2001; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la adjudicacion en venta directa por causal de posesion, a favor de los senores MORDAZA Nizzola Marsano, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rebora Basagoitia, Mariella MORDAZA MORDAZA Rebora Basagoitia y MORDAZA Basagoitia MORDAZA MORDAZA de Rebora del predio de 397,77 m², denominado Parcela A1-F, ubicado a la altura del Km. 45,95 de la antigua Panamericana Sur, Urbanizacion Balneario Punta MORDAZA, distrito de Punta MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, inscrito en la Partida Nº P03257235 del Registro de Predios de MORDAZA y con Registro SINABIP Nº 14793 ­ Lima. Articulo 2º.- El valor comercial del predio cuya venta se aprueba, asciende a la suma de US$ 49 721.25 (Cuarenta y Nueve Mil Setecientos Veintiuno y 25/100 Dolares Americanos), conforme a la valorizacion efectuada por la empresa Corporacion Nacional de Tasadores - CNT, precio que debe ser cancelado en un plazo de 30 dias habiles a partir de la fecha de publicacion de la presente resolucion. Articulo 3º.- Los ingresos que se obtengan de la venta del predio constituiran recursos del Tesoro Publico y de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales en un 97% y 3%, respectivamente, una vez deducidos los gastos operativos y administrativos. Articulo 4º.- La Superintendencia Nacional de Bienes Estatales otorgara la Escritura Publica de transferencia respectiva a favor de los senores MORDAZA Nizzola Marsano, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rebora Basagoitia, Mariella MORDAZA MORDAZA Rebora Basagoitia y MORDAZA Basagoitia MORDAZA MORDAZA de Rebora, una vez que cancelen el precio de venta del predio. Articulo 5º.- La MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos inscribira, la transferencia de propiedad a que se refiere el articulo 1 de la presente Resolucion, por el merito de la correspondiente Escritura Publica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Subdirector de Desarrollo Inmobiliario 669961-1

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Aprueban precios a nivel generacion en subestaciones base para la determinacion de las tarifas maximas a los Usuarios Regulados del Sistema Electrico Interconectado Nacional
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 137-2011-OS/CD MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2011 CONSIDERANDO: Que, el Articulo 29º de la Ley Nº 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica, ha creado el Precio a Nivel Generacion, que debe ser aplicado a los consumidores finales de electricidad localizados en el Peru, y que son sujetos a regulacion de precios por la energia o potencia que consumen. Dicho Precio a Nivel Generacion es calculado como el promedio ponderado de los precios de los Contratos sin Licitacion y de los Contratos resultantes de Licitaciones; Que, el Articulo 29º citado en el parrafo precedente ha dispuesto, asimismo, el establecimiento de un mecanismo de compensacion entre Usuarios Regulados del MORDAZA, con la finalidad que el Precio a Nivel Generacion sea unico, excepto por las perdidas y la congestion de los sistemas de transmision; Que, mediante Decreto Supremo Nº 019-2007-EM se aprobo el "Reglamento del Mecanismo de Compensacion entre los Usuarios Regulados del SEIN". Dicho Reglamento dispone que OSINERGMIN apruebe los procedimientos necesarios para calcular el Precio a Nivel Generacion y determinar el programa de transferencias entre empresas aportantes y receptoras del mecanismo de compensacion; Que, mediante Resolucion OSINERGMIN Nº 180-2007OS/CD se aprobo la MORDAZA "Precios a Nivel Generacion y Mecanismo de Compensacion entre Usuarios Regulados", la cual dispone que, trimestralmente, se calculara el Precio a Nivel Generacion y su formula de ajuste; asi como, las transferencias a que se refiere el parrafo previo. La mencionada MORDAZA fue modificada por Resoluciones OSINERGMIN Nº 636-2007-OS/CD, Nº 638-2008-OS/CD, Nº 164-2009-OS/CD y Nº 055-2011-OS/CD; Que, de otro lado, los Articulos 5º y 17º de la Resolucion OSINERGMIN Nº 067-2011-OS/CD, que establecio los Precios en MORDAZA para el periodo MORDAZA 2011 ­ MORDAZA 2012, disponen que los precios maximos a partir de los cuales se determinaran los nuevos pliegos aplicables a las empresas distribuidoras del MORDAZA desde el 01 de MORDAZA de 2011 se calcularan sobre la base de los Precios a Nivel Generacion a que hace referencia el Articulo 29º de la Ley Nº 28832, de conformidad con lo establecido por el Articulo 63º de la Ley de Concesiones Electricas; Que, mediante Resolucion OSINERGMIN Nº 0772011-OS/CD, se calcularon los Precios a Nivel Generacion y el programa de transferencias aplicables al trimestre MORDAZA 2011 ­ MORDAZA 2011, correspondiendo publicar, de acuerdo con el Numeral 4.4 del Articulo 4º del Reglamento del Mecanismo de Compensacion entre los Usuarios Regulados del MORDAZA, el Precio a Nivel Generacion y el programa de trasferencias, entre empresas aportantes y receptoras del mecanismo de compensacion, para el siguiente trimestre agosto 2011 - octubre 2011. Dicho calculo se encuentra sustentado en el Informe Nº 02752011-GART, Anexo que forma parte integrante de la presente resolucion;

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