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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 28 de julio de 2011 447548 7. CORONEL IGNACIO DORVAL MELLO LOPES 8. CORONEL MARCELO MARTINS Artículo 2º.- Poner en conocimiento de la Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa 671095-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 753-2011-DE/SG Lima, 25 de julio de 2011 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 468 de fecha 20 de julio de 2011, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, en el marco de las actividades médicas y de ayuda humanitaria por parte de la Marina de los Estados Unidos de América, personal médico militar de la Fuerza Aérea del Comando Sur de ese país, efectuará el Ejercicio de Capacitación en Destreza Médica (MEDRETE) en las comunidades ribereñas de Saramiriza, Puerto América, Lagunas y Santa Cruz en el Alto Amazonas; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la Autorización y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores, y; Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú, y de conformidad con la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República y la Ley Nº 28899 - Ley que modifi ca la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso a territorio peruano, sin armas de guerra, a personal médico militar de los Estados Unidos de América, detallado a continuación, para efectuar el Ejercicio de Capacitación en Destreza Médica (MEDRETE) que se desarrollará en las comunidades ribereñas de Saramiriza, Puerto América, Lagunas y Santa Cruz en el Alto Amazonas, del 30 de julio al 21 de agosto de 2011: 1. MAYOR COGSWELL, BRAD 2. SO 3RA. YARN, BENJAMIN A. Artículo 2º.- Poner en conocimiento de la Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa 671095-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 754-2011-DE/SG Lima, 25 de julio de 2011 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 469 de fecha 20 de julio de 2011, el Director Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, personal militar de los Estados Unidos de América, observará un entrenamiento médico dirigido por el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú, del 31 de julio al 7 de agosto del presente año, en nuestro país; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y, Con la opinión favorable del Ejército del Perú, y de conformidad con la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República y la Ley Nº 28899 - Ley que modifi ca la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso a territorio peruano, sin armas de guerra, a personal militar de los Estados Unidos de América, detallado a continuación, para observar un entrenamiento médico dirigido por el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú, a llevarse a cabo del 31 de julio al 7 de agosto de 2011: 1. MAYOR COOTE, MICHAEL 2. SARGENTO VARGAS, OMAR Artículo 2º.- Poner en conocimiento de la Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que de cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa 671095-3 ECONOMIA Y FINANZAS Aceptan renuncia de Asesor del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 535-2011-EF/10 Lima, 27 de julio de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 697- 2010-EF/10 del 30 de diciembre de 2010 se designó