Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2011 (28/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, jueves 28 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

447553

c) Rectificar el Anexo 1 del Decreto Supremo Nº 014-2006-JUS, precisandose que los apellidos y nombres del beneficiario numero noventa y dos (92) del listado del citado anexo son "NUNEZ MORDAZA, FILOTER ANDRES". d) Rectificar el Anexo 1 del Decreto Supremo Nº 014-2006-JUS, precisandose que los apellidos y nombres de la beneficiaria numero sesenta y tres (63) del listado del citado anexo son "HILARIO MORDAZA, DIONICIO". e) Rectificar el Anexo 1 del Decreto Supremo Nº 0142006-JUS, precisandose que los apellidos y nombres de la beneficiaria numero dieciseis (16) del listado del citado anexo son "BUENO MORDAZA, MORDAZA IRA". f) Rectificar el Anexo 1 del Decreto Supremo Nº 0142006-JUS, precisandose que los apellidos y nombres de la beneficiaria numero ochenta y tres (83) del listado del citado anexo son "MENDEZ MORDAZA, MORDAZA CARMEN". g) Rectificar el Anexo 1 del Decreto Supremo Nº 0142006-JUS, precisandose que los apellidos y nombres de la beneficiaria numero ochenta y ocho (88) del listado del citado anexo son "MOREAU MORDAZA, MORDAZA VIRGINIA". h) Rectificar el Anexo 1 del Decreto Supremo Nº 0142006-JUS, precisandose que los apellidos y nombres del beneficiario numero cuarenta (40) del listado del citado anexo son "CHOQUEHUANCA LABRA, ALCIVIADES". Articulo 2º.- Improcedencia de solicitudes de rectificacion a) Declarar improcedente la rectificacion de error material solicitada por la senora MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA,YOLANDA, por medio de la cual solicita agregar el apellido MORDAZA o de casada denominado "DE MORDAZA RIVERA" a su nombre y apellidos, dejando a salvo su derecho de solicitarlo ante la via correspondiente o de acreditarlo ante la instancia pertinente. b) Declarar improcedente la rectificacion de error material solicitada por el senor ULFEE MORDAZA, MORDAZA por medio de la cual solicita la supresion del MORDAZA nombre "Javier", dejando a salvo su derecho de solicitarlo ante la via correspondiente. c) Declarar improcedente la rectificacion de error material solicitada por la senora MORDAZA CAMAYO, MORDAZA MORDAZA por medio de la cual solicita la adicion del MORDAZA nombre "Victoria", dejando a salvo su derecho de solicitarlo ante la via correspondiente. d) Declarar improcedente la rectificacion de error material solicitada por la senora MORDAZA MORDAZA, LUZ MORDAZA por medio de la cual solicita la adicion del MORDAZA nombre "Giuliana", dejando a salvo su derecho de solicitarlo ante la via correspondiente. e) Declarar improcedente la rectificacion de error material solicitada por la senora MORDAZA MORDAZA DE CHUCHON, MORDAZA, por medio de la cual solicita agregar el apellido MORDAZA o de casada denominado "DE CHUCHON", dejando a salvo su derecho de solicitarlo ante la via correspondiente o de acreditarlo ante la instancia pertinente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia

Visto, el Oficio N° 300-2011-MIMDES-PNCVFS-DE de la Direccion Ejecutiva del Programa Nacional contra la Violencia Familiar y Sexual ­ PNCVFS del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES; CONSIDERANDO: Que, la Convencion Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer (Convencion Belem Do Para), establece en su articulo 2º, que toda mujer tiene derecho al reconocimiento, goce, ejercicio y proteccion de todos los derechos humanos y a las libertades consagradas por los instrumentos regionales e internacionales sobre derechos humanos, comprendiendose entre otros el del respeto a su dignidad como persona y la proteccion de su familia; Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 2º inciso 1 reconoce el derecho de toda persona a la MORDAZA, a su identidad, a su integridad moral, psiquica y fisica y a su libre desarrollo y bienestar; mientras que el inciso 7 del mismo articulo reconoce el derecho al honor y a la buena reputacion, a la intimidad personal y familiar asi como a la voz y a la imagen propias; Que, el Plan Nacional Contra la Violencia Hacia La Mujer 2009-2015 senala que la violencia contra la mujer es la expresion mas cruel de discriminacion sustentada en patrones socioculturales patriarcales, por lo que la intervencion preventiva efectiva de los medios de comunicacion, resulta una herramienta importante para modificarlos en la sociedad; Que, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social como organismo rector de los Sectores Mujer y Desarrollo Social, considera necesario aprobar el documento denominado "Pautas para el Tratamiento Informativo Adecuado de la Violencia contra la Mujer en los Medios de Comunicacion" en el que se presenta una propuesta metodologica de tratamiento de dichos hechos incorporando enfoques de genero y derechos humanos, a fin de no retransmitir patrones socioculturales que los justifiquen o legitimen; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 29597- Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social y su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004MIMDES; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar el documento denominado "Pautas para el Tratamiento Informativo Adecuado de la Violencia contra la Mujer en los Medios de Comunicacion Social" que en anexo adjunto forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2.- El Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual y la Oficina de Comunicacion del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, tendran a su cargo la promocion y difusion de las "Pautas para el Tratamiento Informativo Adecuado de la Violencia contra la Mujer en los Medios de Comunicacion Social" entre los medios de comunicacion, asi como de la capacitacion de las mujeres y hombres de prensa. Articulo 3.- Encargar a la Oficina de Comunicacion del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, la responsabilidad de coordinar, ejecutar e incorporar las "Pautas para el Tratamiento Informativo Adecuado de la Violencia contra la Mujer en los Medios de Comunicacion Social" en todos los materiales comunicacionales que traten sobre el tema que publique el Sector. Articulo 4.- Las "Pautas para el Tratamiento Informativo Adecuado de la Violencia contra la Mujer en los Medios de Comunicacion Social", debera ser publicada en la Pagina Web del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social y difundida por el Programa Nacional contra la Violencia Familiar y Sexual y la Oficina de Comunicacion del MIMDES a traves de los medios de comunicacion a nivel nacional. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BORRA MORDAZA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social

671572-1

MUJER Y DESARROLLO SOCIAL
Aprueban documento denominado "Pautas para el Tratamiento Informativo Adecuado de la Violencia contra la Mujer en los Medios de Comunicacion Social"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 244-2011-MIMDES
MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2011

671387-1

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