Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2011 (28/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, jueves 28 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

447561

Protocolo Sanitario exigible para las pesquerias de consumo humano directo; Que, asimismo se debe indicar que obra en el expediente las Actas de Inspeccion Ocular del Desguace de las embarcaciones pesqueras MORDAZA MORDAZA de matricula PL-19980-CM, MORDAZA MORDAZA de matricula CO16684-CM y JEHOVA JIRETH con matricula PL-17716CM, mediante los cuales se acredita que efectivamente las citadas embarcaciones pesqueras han sido desguazadas; Que, de la evaluacion se advierte que los administrados han cumplido con presentar los requisitos senalados en el Procedimiento Nº 1 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion; por lo que corresponde otorgar a su favor, el permiso de pesca solicitado; Por otro lado en relacion a la solicitud de permiso de pesca para extraer el recurso sardina con destino al consumo humano directo, los administrados no han cumplido con presentar el Protocolo Sanitario, el cual es requisito del MORDAZA de este Ministerio, motivo por el cual corresponde declarar improcedente en dicho extremo; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero mediante el Informe Tecnico Nº 454-2011-PRODUCE/DGEPP-Dchi y el Informe Legal N° 0604-2011-PRODUCE/DGEPP; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, el Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE y el procedimiento administrativo Nº 13 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2009-PRODUCE y sus modificatorias, y la Ley Nº 27444 ­ Ley General del Procedimiento Administrativo; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE y el literal d) del Articulo 53° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE Articulo 1°.- Otorgar a favor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y su conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera JEHOVA JIRETH de matricula CE-36489-PM, de 105.99 m3 de capacidad de bodega, para la extraccion del recurso anchoveta con destino al consumo humano indirecto, utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de 13 mm (½ pulgada) en el ambito del litoral peruano fuera de las cinco (05) millas costeras. Articulo 2°.- Declarar improcedente la solicitud de permiso de pesca, en el extremo referido a la extraccion del recurso anchoveta y sardina para consumo humano directo, de acuerdo a lo expuesto en la parte considerativa. Articulo 3º.- Cancelar los permisos de pesca de las embarcaciones pesqueras MORDAZA MORDAZA de matricula PL-19980-CM, MORDAZA MORDAZA de matricula CO-16684CM y JEHOVA JIRETH con matricula PL-17716-CM. Articulo 4º.-. Incluir el permiso de pesca otorgado a traves de la presente Resolucion, para operar la embarcacion pesquera JEHOVA JIRETH de matricula CE-36489-PM en el Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE. Articulo 5°.- Dejar sin efecto la Resolucion Directoral N° 439-2009-PRODUCE/DGEPP, de fecha 16 de junio de 2009 modificada por la Resolucion Directoral N° 999-2009PRODUCE/DGEPP, de fecha 28 de diciembre de 2009. Articulo 6º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del litoral, y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA HERBOZO MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

Aprueban cambio de titular de permiso de pesca para operar embarcacion pesquera a favor de Pesquera Luzmag S.A.C.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 393-2011-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 27 de junio del 2011 Visto el Escrito de Registro Nº 00021289-2011 de fecha 11 de marzo y 26 de MORDAZA del 2011 presentados por la empresa PESQUERA LUZMAG S.A.C, con Registro Unico de Contribuyente Nº 20487379353. CONSIDERANDO: Que, el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, modificado por el Decreto Supremo Nº 015-2007PRODUCE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca, conlleva a la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron. Solo realiza actividad extractiva el titular del permiso de pesca. Asimismo, no procede la autorizacion de cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verificarse que los transferentes de la embarcacion pesquera cuenten con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la via administrativa o confirmadas con sentencia judicial que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada. En aquellos supuestos en los cuales los actos administrativos sancionadores han sido impugnados en la via administrativa o judicial, procede la autorizacion de cambio de titular del permiso de pesca, encontrandose condicionada la vigencia a su resultado; Que, Mediante Resolucion Directoral Nº 813-2009PRODUCE/DGEPP de fecha 16 de octubre del 2009, se aprobo a favor de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA GIOVANI MORDAZA MORDAZA, el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA denominada MORDAZA DE CHALPON 2 de matricula PL-11067-CM, con 39.28 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion de los recursos anchoveta y sardina, en los terminos y condiciones que fue otorgado por Resolucion Directoral Nº 019-2000-PRE/P; Que, a la fecha, la embarcacion pesquera MORDAZA DE CHALPON 2 de matricula PL-11067-CM, con 39.28 m3 de capacidad de bodega, se encuentra inscrita en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion, a nombre del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA GIOVANI MORDAZA MORDAZA, con permiso de pesca vigente para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina para consumo humano indirecto; Que, mediante escrito del visto, la empresa PESQUERA LUZMAG S.A.C, solicita el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolucion Directoral Nº 019-2000PRE/P, modificado por Resolucion Directoral Nº 813-2009PRODUCE/DGEPP, para operar la embarcacion pesquera MORDAZA DE CHALPON 2 de matricula PL-11067-CM; Que, mediante la Partida Electronica Nº 50000286 otorgada por la MORDAZA Registral Nº II-Sede Chiclayo, de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, la empresa PESQUERA LUZMAG S.A.C., acredita la propiedad sobre la embarcacion pesquera MORDAZA DE CHALPON 2 de matricula PL-11067-CM; Que, en cumplimiento al Decreto Supremo Nº 015-2007PRODUCE, la Oficina de Ejecucion Coactiva mediante Memorando Nº 611-2011-PRODUCE/OEC, de fecha 13 de MORDAZA del 2011, nos informa que la embarcacion pesquera MORDAZA DE CHALPON 2 de matricula Nº PL-11067-CM, registra deudas, las mismas que se encuentran suspendidas al haber el administrado interpuesto demandas judiciales ante el organo judicial competente, en la via de MORDAZA contencioso administrativo; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto mediante Informe Nº 300-2011PRODUCE/DGEPP-Dchi, y con la opinion favorable del Area Legal a traves del Memorando Nº 646-2011PRODUCE/DGEPP;

670554-4

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