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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JULIO DEL AÑO 2011 (28/07/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 32

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 28 de julio de 2011 447552 siguientes personas, adjuntado para ello, la documentación sustentatoria pertinente: • Isabel Carmen Méndez Vila, quien ha solicitado la rectifi cación de sus nombres pues, según manifi esta, se ha consignado solo el nombre “Isabel” cuando tiene por nombres “Isabel Carmen”; • Ivonne Virginia Moreau Cabrera, quien ha solicitado la rectifi cación de su segundo nombre pues, según manifi esta, se ha consignado como “Virigina” cuando debe consignarse como “Virginia”; • Pelagia Salcedo Pizarro de Chuchón, quien ha solicitado la rectifi cación de sus apellidos pues, según manifi esta, se han consignado como “Salcedo Pizarro” cuando deben consignarse como “Salcedo Pizarro de Chuchón”; Que, mediante solicitud presentada el 19 de julio de 2011, el señor Alciviades Choquehuanca Labra ha solicitado la rectifi cación de su nombre pues, según manifi esta, se ha consignado como “Alcibíades” cuando debe consignarse como “Alciviades”, adjuntando para ello, la documentación sustentatoria que considera pertinente; Que, en atención a ello, corresponde analizar en cada uno de los casos antes señalados, la procedencia de las solicitudes de corrección de los errores materiales en los nombres y apellidos de las personas mencionadas, según corresponda; Que, en el caso del señor Edgar Mario Rivadeneyra Macedo, después de la revisión de los documentos presentados como sustento de su solicitud, se ha verifi cado que en el Anexo 1 del Decreto Supremo Nº 014-2006-JUS se ha producido un error material, pues se ha consignado su apellido paterno como “Rivadeneira” cuando debe consignarse como “Rivadeneyra”, por lo que debe procederse a la corrección del error material en el Anexo 1 del Decreto Supremo Nº 014-2006-JUS; Que, en el caso de la señorita Jenny Bertha Romero Coro, después de la revisión de los documentos presentados como sustento de su solicitud, se ha verifi cado que en el Anexo 1 del Decreto Supremo Nº 014-2006-JUS se ha producido un error material, pues se ha consignado su segundo nombre como “Berta” cuando debe consignarse como “Bertha”, por lo que, debe procederse a la corrección del error material incurrido en el Anexo 1 del Decreto Supremo Nº 014-2006-JUS; Que, en el caso de la señora Yolanda Leandro Esteban de Fuentes Rivera, el error material a ser corregido implica agregar al apellido materno “Esteban” el adicional “de Fuentes Rivera” por lo que no corresponde proceder a dicha corrección, pues la misma no constituye un error material, sino el añadir un nuevo apellido materno o de casada, consignado en su documento nacional de identidad y demás documentos, pero no en el Anexo 1 del Decreto Supremo Nº 014-2006-JUS o en la Resolución Suprema Nº 090-97-JUS, dejando a salvo su derecho de solicitarlo ante la vía correspondiente o de acreditarlo ante la instancia pertinente; Que, en el caso del señor Alberto Ulfee Galindo no corresponde acceder a la corrección del aducido error material solicitado, pues lo solicitado consiste en la supresión de su segundo nombre “Javier”, lo cual no constituye una corrección de error material, sino una modifi cación de nombres, siendo que los mismos han sido consignados en el Anexo 1 del Decreto Supremo Nº 014- 2006-JUS y en la Resolución Suprema Nº 209-1996-JUS como Alberto Javier Ulfee Galindo; Que, en el caso del señor Filoter Andrés Nuñez Cuba, después de la revisión de los documentos presentados como sustento de su solicitud, se ha verifi cado que en el Anexo 1 del Decreto Supremo Nº 014-2006-JUS se ha producido un error material, pues se han invertido los nombres “Andrés Filoter” cuando debe consignarse como “Filoter Andrés”, por lo que debe procederse a la corrección del error material incurrido en el Anexo 1 del Decreto Supremo Nº 014-2006-JUS; Que, en el caso de la señora Juana Victoria Chávez Camayo no corresponde acceder a la corrección del error material aducido, pues lo que solicita es agregar el segundo nombre “Victoria”, lo cual no constituye una corrección de error material, sino una modifi cación del nombre, siendo que los mismos han sido consignados en el Anexo 1 del Decreto Supremo Nº 014-2006-JUS y en la Resolución Suprema Nº 099-1997-JUS como Juana Chávez Camayo; Que, en el caso del señor Dionicio Hilario Ponciano, después de la revisión de los documentos presentados como sustento de su solicitud, se ha verifi cado que en el Anexo 1 del Decreto Supremo Nº 014-2006-JUS se ha producido un error material, pues se ha consignado el nombre “Dionisio” cuando debe consignarse como “Dionicio”, por lo que debe procederse a la corrección del error material incurrido en el Anexo 1 del Decreto Supremo Nº 014-2006-JUS; Que, en el caso de la señora Luz Giuliana Luna Campos no corresponde acceder a la corrección del error material solicitado, pues lo que solicita es agregar el segundo nombre “Giuliana”, lo cual no constituye una corrección de error material, sino una modifi cación del nombre, siendo que los mismos han sido consignados en el Anexo 1 del Decreto Supremo Nº 014-2006-JUS y en la Resolución Suprema Nº 154-2001-JUS como Luz Luna Campos; Que, en el caso de la señora Mirtha Ira Bueno Hidalgo, después de la revisión de los documentos presentados como sustento de su solicitud, se ha verifi cado que en el Anexo 1 del Decreto Supremo Nº 014-2006-JUS se ha producido un error material, pues se ha consignado el primer nombre como “Martha” cuando debe consignarse como “Mirtha”, por lo que debe procederse a la corrección del error material incurrido en el Anexo 1 del Decreto Supremo Nº 014-2006-JUS; Que, en el caso de la señora Isabel Carmen Mendez Vila, después de la revisión de los documentos presentados como sustento de su solicitud, se ha verifi cado que en el Anexo 1 del Decreto Supremo Nº 014-2006-JUS se ha producido un error material, pues se ha omitido consignar su segundo nombre “Carmen”, por lo que debe procederse a la corrección del error material incurrido en el Anexo 1 del Decreto Supremo Nº 014-2006-JUS; Que, en el caso de la señora Ivonne Virginia Moreau Cabrera, después de la revisión de los documentos presentados como sustento de su solicitud, se ha verifi cado que en el Anexo 1 del Decreto Supremo Nº 014-2006-JUS se ha producido un error material, pues se ha consignado el segundo nombre como “Virigina” cuando debe consignarse como “Virginia”, por lo que debe procederse a la corrección del error material incurrido en el Anexo 1 del Decreto Supremo Nº 014-2006-JUS; Que, en el caso de la señora Pelagia Salcedo Pizarro de Chuchón, el aducido error material a ser corregido, implica agregar al apellido materno “Pizarro” el apellido “de Chuchón” por lo que no corresponde proceder a dicha corrección, pues no constituye error material, sino añadir un nuevo apellido materno o de casada, consignado en su documento nacional de identidad y demás documentos, pero no en el Anexo 1 del Decreto Supremo Nº 014-2006- JUS o en la Resolución Suprema Nº 127-96-JUS, dejando a salvo su derecho de solicitarlo ante la vía correspondiente o de acreditarlo ante la instancia pertinente; Que, en el caso del señor Alciviades Choquehuanca Labra, después de la revisión de los documentos presentados como sustento de su solicitud, se ha verifi cado que en el Anexo 1 del Decreto Supremo Nº 014-2006-JUS se ha producido un error material, pues se ha consignado su nombre como “Alcibíades” cuando debe consignarse como “Alciviades”, por lo que debe procederse a la corrección del error material incurrido en el Anexo 1 del Decreto Supremo Nº 014-2006-JUS; De conformidad con el artículo 201º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia; y, el Decreto Supremo Nº 005-2011-JUS, por la cual se disponen acciones para facilitar transferencia de terreno a favor de benefi ciarios consignados en el Anexo 1 del Decreto Supremo Nº 014-2006-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Rectifi cación del Anexo 1 del Decreto Supremo Nº 014-2006-JUS a) Rectifi car el Anexo 1 del Decreto Supremo Nº 014- 2006-JUS, precisándose que los apellidos y nombres del benefi ciario número ciento diecisiete (117) del listado del citado anexo son “RIVADENEYRA MACEDO, EDGAR MARIO”. b) Rectifi car el Anexo 1 del Decreto Supremo Nº 014- 2006-JUS, precisándose que los apellidos y nombres de la benefi ciaria número ciento veinticuatro (124) del listado del citado anexo son “ROMERO CORO, JENNY BERTHA”.