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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 2 de junio de 2011 443690 Que, mediante Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM, se aprobó el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007”, cuyo Anexo, en su Acápite B: Transferencia de Fondos, Programas, Proyectos, Empresas y Activos sujeta al cumplimiento de mecanismos de verifi cación correspondiente al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, literal f), prevé la transferencia respecto de las Sociedades de Benefi cencia Pública y Juntas de Participación Social a los Gobiernos Locales; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 048-2008-PCM/SD, se aprobó la Directiva Nº 004-2008-PCM/SD “Normas Específi cas para la Transferencia de las Sociedades de Benefi cencia Pública y Juntas de Participación Social del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES incluidas en el Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM”, cuyo numeral 3.2.4 dispone que la transferencia efectiva y fi rma de Convenios de Gestión con los Gobiernos Locales Provinciales que hayan cumplido los Mecanismos de Verifi cación y suscrito las Actas de Entrega y Recepción, se realizará a partir de la emisión del Decreto Supremo que sustente dicha transferencia; siendo que el respectivo anexo detalla la relación de cincuenta y ocho (58) Sociedades de Benefi cencia Pública y una (01) Junta de Participación Social con las que se iniciará el proceso de transferencia; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2009-PCM, se aprobó el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2009”, cuyo Anexo, en su numeral 3.1 del Capítulo III: Transferencia para el ciclo 2009, precisa que a través de la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 048- 2008-PCM/SD, se aprobó la Directiva Nº 004-2008-PCM/ SD, dándose inicio a la transferencia de las funciones asociadas a las Sociedades de Benefi cencia Pública y Junta de Participación Social consideradas pequeñas que cuenten con al menos un inmueble; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 001-2011-PCM/SD se incorporaron a cuarenta y tres (43) Sociedades de Benefi cencia Pública a la relación de las Sociedades de Benefi cencia Pública detalladas en la Directiva Nº 004-2008-PCM/SD, a fi n de continuar con el proceso de transferencia de funciones y competencias que el MIMDES desarrolla respecto de las citadas entidades; Que, mediante Resoluciones de Secretaría de Descentralización Nºs 008-2009-PCM/SD, 048-2009- PCM/SD, 049-2009-PCM/SD, 237-2010-PCM/SD, 004- 2011-PCM/SD, 039-2011-PCM/SD, 054-2011-PCM/ SD, 155-2011-PCM/SD y 238-2011-PCM/SD, han sido declarados aptos, para acceder a la transferencia de las Sociedades de Benefi cencia Pública y Juntas de Participación Social, sesenta y ocho (68) Gobiernos Locales Provinciales, de los cuales son materia del presente dispositivo, las Municipalidades Provinciales de Bongará, Rodríguez de Mendoza, Andahuaylas, Camaná, Caravelí, Condesuyos, Islay, Cajabamba, Celendín, Chota, Contumaza, Cutervo, Hualgalloc, Jaén, Dos de Mayo, Huánuco, Jauja, Yauli, Pasco, Azángaro, Huancané, Lampa, Melgar, Lamas, Tarata y San Miguel, respecto a las Sociedades de Benefi cencia Pública de Bongará, Rodríguez de Mendoza, Andahuaylas, Camaná, Caravelí, Chuquibamba, Mollendo, Cajabamba, Celendín, Chota, Contumaza, Cutervo, Bambamarca, Jaén, Dos de Mayo, Huánuco, Jauja, La Oroya, Cerro de Pasco, Azángaro, Huancané, Lampa, Melgar - Ayaviri, Lamas, Tarata y San Miguel de Cajamarca, respectivamente, así como la Municipalidad Provincial de Castilla respecto de las Sociedades de Benefi cencia Pública de Aplao y Huancarqui, la Municipalidad Provincial de Chiclayo respecto de las Sociedades de Benefi cencia Pública de Chiclayo, Chongoyape y Monsefú y, la Municipalidad Provincial de Lambayeque respecto de las Sociedades de Benefi cencia Pública de Motupe y Lambayeque; Que, a tenor de lo manifestado en el considerando precedente, se han suscrito treinta y tres (33) Actas de Entrega y Recepción con los Gobiernos Locales Provinciales de Bongará, Rodríguez de Mendoza, Andahuaylas, Camaná, Caravelí, Condesuyos, Islay, Cajabamba, Celendín, Chota, Contumaza, Cutervo, Hualgalloc, Jaén, Dos de Mayo, Huánuco, Jauja, Yauli, Pasco, Azángaro, Huancané, Lampa, Melgar, Lamas, Tarata, San Miguel, Castilla, Chiclayo y Lambayeque; por lo que, con los citados Gobiernos Locales se requiere concluir el proceso de efectivización de transferencia a través de un Decreto Supremo que a la vez transfi era recursos presupuestales para el pago de los conceptos remunerativos y pensionarios, según corresponda, a los trabajadores activos y pensionistas de las Sociedades de Benefi cencia Pública, a excepción de la Sociedad de Benefi cencia Pública de San Miguel de Cajamarca que no recibe transferencia de recursos presupuestales; Que, el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 010-2010- MIMDES, indica que dicha norma tiene como objeto establecer las funciones y competencias correspondientes a cada uno de los tres (3) niveles de gobierno respecto de las Sociedades de Benefi cencia Pública y Junta de Participación Social, habiéndose establecido, según su Anexo, la “Matriz Específi ca de distribución de funciones por nivel de gobierno respecto de las Sociedades de Benefi cencia Pública y Junta de Participación Social”; Que, el noveno considerando del aludido Decreto Supremo Nº 010-2010-MIMDES, señala que la transferencia respecto de las Sociedades de Benefi cencia Pública y Junta de Participación Social solo comprende la transferencia de las funciones y competencias que el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ejerce sobre las citadas entidades; por lo que a nivel presupuestal únicamente se transferirá a los Gobiernos Locales Provinciales los recursos para el pago de los conceptos remunerativos y pensionarios, según corresponda, a los trabajadores activos y pensionistas de las Sociedades de Benefi cencia Pública, sin contemplarse la transferencia de recursos humanos, económicos, fi nancieros y/o patrimoniales, los cuales seguirán bajo la administración y régimen de propiedad de las citadas instituciones; De conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, la Ley Nº 29597 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros: DECRETA: Artículo 1º.- Conclusión del proceso de efectivización de la transferencia de funciones y competencias respecto de las Sociedades de Benefi cencia Pública. Declárase concluido el proceso de efectivización de la transferencia de funciones y competencias del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social a los Gobiernos Locales Provinciales de Bongará, Rodríguez de Mendoza, Andahuaylas, Camaná, Caravelí, Condesuyos, Islay, Cajabamba, Celendín, Chota, Contumaza, Cutervo, Hualgalloc, Jaén, Dos de Mayo, Huánuco, Jauja, Yauli, Pasco, Azángaro, Huancané, Lampa, Melgar, Lamas, Tarata, San Miguel, Castilla, Chiclayo y Lambayeque, respecto de las Sociedades de Benefi cencia Pública de su circunscripción, en el marco del Decreto Supremo Nº 010- 2010-MIMDES, a partir del 1 de julio de 2011. Artículo 2º.- Autorización de Transferencia de Partidas 2.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2011, hasta por la suma de UN MILLÓN QUINIENTOS CUARENTA MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 540 692,00), a favor de los Gobiernos Locales Provinciales comprendidos en el presente Decreto Supremo, para el apoyo a las Sociedades de Benefi cencia Pública en su circunscripción, destinada al pago de los conceptos remunerativos y pensionarios, según corresponda, del personal activo del régimen del Sector Público y pensionistas, conforme al siguiente detalle: DE LA: (En Nuevos Soles) SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 039 : Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social UNIDAD EJECUTORA 006 : Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF FUNCIÓN 023 : Protección Social PROGRAMA FUNCIONAL 006 : Gestión SUB PROGRAMA FUNCIONAL 0019 : Transferencias de carácter general ACTIVIDAD 000034 : Apoyo a las Benefi cencias