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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JUNIO DEL AÑO 2011 (02/06/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 2 de junio de 2011 443694 Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 648080-16 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 184-2011-RE Lima, 1 de junio de 2011 CONSIDERANDO: Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas y adeudos a los organismos internacionales, de manera que permita potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en el presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores se ha previsto recursos para el pago de cuotas a organismos internacionales; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de cuotas a organismos internacionales de acuerdo y en función a la disponibilidad de la Caja Fiscal; De conformidad con lo establecido en el artículo 67º, numeral 67.1 de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; De conformidad con lo establecido en el Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2011 de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Relaciones Exteriores a efectuar el pago de US$ 350,350.17 (Trescientos Cincuenta Mil Trescientos Cincuenta y 17/100 Dólares de los Estados Unidos de América) al siguiente organismo internacional: ORGANISMO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ASOCIACIÓN LATINOAMERICANA DE INTEGRACIÓN (ALADI) Saldo de la cuota 2007, pago de la cuota 2008 y parcial del 2009 350,350.17 Artículo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente serán con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, Función 02, Programa Funcional 002, Subprograma Funcional 0002, Actividad 1.046589, Componente 3.122499, Meta 00565, Genérica del Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, Específi ca de Gasto 2.4.12.1 99 A Otros Organismos Internacionales del Presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores correspondiente al Ejercicio 2011. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 648080-17 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 185-2011-RE Lima, 1 de junio de 2011 VISTO: El Ofi cio Nº 1353-2011-MTPE/4, de fecha 19 de mayo de 2011, del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de la cuota anual 2011 a la Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS); CONSIDERANDO Que, el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que, el pago de la cuota a la Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS) por parte del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo está previsto en el Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2011 de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de la cuota anual 2011, a la Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS), con cargo al presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo a efectuar el pago de US$ 5,000.00 (Cinco Mil y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), a la Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS), por concepto de la cuota anual 2011. Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán fi nanciados con cargo al presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 648080-18 SALUD Autorizan subvención adicional en el Presupuesto Institucional del pliego 011 del Ministerio de Salud para el Año Fiscal 2011 a favor del Centro de Educación Básica Especial “Fe y Alegría” Nº 42 de Chimbote y del Hogar Clínica San Juan de Dios de Arequipa DECRETO SUPREMO Nº 007-2011-SA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 60º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece las