Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JUNIO DEL AÑO 2011 (02/06/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 32

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 2 de junio de 2011 443704 con Resolución Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03, y modifi cado con Resolución Viceministerial Nº 069-2009- MTC/03 y Resolución Viceministerial Nº 457-2009-MTC/03, se advierte que dentro de la localidad denominada Ayacucho, se incluye al distrito de Ayacucho, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho, ubicación consignada en la Resolución Ministerial Nº 277-95-MTC/15.17; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informes Nº 4581-2010- MTC/28 y Nº 0532-2011-MTC/28, considera que: (i) procede dejar sin efecto los actos administrativos emitidos como consecuencia de la emisión de la Resolución Viceministerial Nº 087-2005-MTC/03; (ii) corresponde continuar el trámite de la solicitud de renovación de autorización presentada por EMPRESA LATINOAMERICANA DE RADIODIFUSIÓN ATLANTIS S.R.L. al encontrarse comprendida en el benefi cio otorgado por Decreto Supremo Nº 035-2009- MTC; y, (iii) procede otorgar a la citada empresa la renovación de la autorización otorgada por Resolución Ministerial Nº 277-95-MTC/15.17, toda vez que cumple las condiciones y requisitos establecidos para el procedimiento de renovación de autorización; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, con sus modifi catorias, el Decreto Supremo Nº 035-2009- MTC, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, con sus modifi catorias, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto los actos administrativos derivados de la Resolución Viceministerial Nº 087-2005- MTC/03, en virtud de los fundamentos expuestos en la presente resolución, debiéndose continuar con la tramitación de la solicitud de renovación de autorización presentada por EMPRESA LATINOAMERICANA DE RADIODIFUSIÓN ATLANTIS S.R.L., mediante escrito de registro Nº 2005-023612, al encontrarse comprendida en el benefi cio otorgado por Decreto Supremo Nº 035-2009- MTC. Artículo 2º.- Otorgar a EMPRESA LATINOAMERICANA DE RADIODIFUSIÓN ATLANTIS S.R.L., la renovación de la autorización concedida por Resolución Ministerial Nº 277-95-MTC/15.17, para que continúe prestando el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad Ayacucho, departamento de Ayacucho. Artículo 3º.- La renovación de la autorización a que se refi ere el artículo precedente, se otorga por el plazo de diez (10) años, contados a partir del vencimiento del plazo de vigencia de la Resolución Ministerial Nº 277-95- MTC/15.17, en consecuencia, vencerá el 06 de julio de 2015. Artículo 4º.- Dentro de los sesenta (60) días de notifi cada la presente Resolución, la titular de la autorización efectuará el pago correspondiente a los derechos de autorización y canon anual. En caso de incumplimiento, el Ministerio expedirá la resolución que deje sin efecto la autorización respectiva, de conformidad con el artículo 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión. Artículo 5º.- La titular de la presente autorización está obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modifi cado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual deberá adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estación radioeléctrica no excedan los valores establecidos como límites máximos permisibles fi jados, así como efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma. Artículo 6º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones, para los fi nes de su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE LUIS CUBA HIDALGO Viceministro de Comunicaciones 646949-1 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 422-2011-MTC/03 Lima, 28 de abril de 2011 VISTA, la solicitud de registro Nº 2006-015253, presentada por la COMPAÑÍA RADIODIFUSORA JULIACA S.A.C., sobre renovación de la autorización para la prestación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada, ubicada en el distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 281-96- MTC/15.17 del 18 de junio de 1996, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 24 de junio de 1996, se otorgó autorización por el plazo de diez (10) años a la COMPAÑÍA RADIODIFUSORA JULIACA S.C.R.LTDA., para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua. Dicha resolución en su artículo 1º, señala que el plazo de la autorización y el permiso concedidos se computarán a partir del día siguiente de su notifi cación o publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, y siendo que en autos no obra el cargo de notifi cación correspondiente, se tiene que el período de vigencia de la referida resolución, venció el 25 de junio del 2006; Que, con el escrito de registro Nº 2006-015253 del 14 de junio del 2006, la COMPAÑÍA RADIODIFUSORA JULIACA S.C.R.LTDA., solicita la renovación de la autorización otorgada mediante Resolución Ministerial Nº 281-96-MTC/15.17, y a su vez, comunica que mediante escritura pública del 03 de noviembre de 1999, se llevó a cabo la transformación de sociedad comercial de responsabilidad limitada a sociedad anónima cerrada, siendo su denominación COMPAÑÍA RADIODIFUSORA JULIACA S.A.C.; Que, con Resolución Viceministerial Nº 083-2004- MTC/03, ratifi cada por Resolución Viceministerial Nº 746- 2008-MTC/03, y modifi cada por Resolución Viceministerial Nº 264-2009-MTC/03, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias en la banda de Frecuencia Modulada (FM) para las distintas localidades del departamento de Moquegua, entre las cuales se encuentra la localidad de Moquegua, la cual comprende el distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, del departamento de Moquegua; Que, mediante Informe Nº 4528-2006-MTC/18.01.2 del 05 de diciembre del 2006, la Sub-Dirección de Control Provincias de la Dirección de Monitoreo e Inspección de Telecomunicaciones, dio cuenta de la inspección técnica realizada el 15 de noviembre del 2006, a la estación autorizada mediante Resolución Ministerial Nº 281-96- MTC/15.17, concluyendo que la estación se encuentra técnicamente apta para continuar operando el servicio autorizado; Que, se ha verifi cado mediante las Hojas Informativas Nros. 05000, 00501; 00503 y 00504-2011-MTC/28, de fecha 24 de enero del 2011, que la COMPAÑÍA RADIODIFUSORA JULIACA S.A.C. y los señores John Percy Rojas Tito, María Rosario Fernández García y Pedro Wilbert Rojas Arteaga, respectivamente, no registran deudas por ningún concepto con este Ministerio; Que, las autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión se otorgan por el plazo máximo de diez (10) años, renovables por períodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 15º de la Ley de Radio y Televisión concordado con el artículo 67º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión; Que, el artículo 68º del citado Reglamento dispone que la solicitud pueda presentarse hasta el día de vencimiento del plazo de vigencia de la respectiva autorización otorgada; Que, el artículo 69º del antes mencionado Reglamento establece las condiciones a las cuales se sujeta la renovación de las autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión; en tanto que el artículo 71º y la Cuarta Disposición Final y Transitoria de dicho cuerpo legal consignan los requisitos necesarios para el otorgamiento de la renovación solicitada; Que, mediante Informe Nº 0267-2011-MTC/28, la Dirección General de Autorizaciones en