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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MARZO DEL AÑO 2011 (24/03/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 52

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 24 de marzo de 2011 439568 competencia en vista que la, Administrada Habilitó y vendió lotes sin contar con la Habilitación urbana aprobada. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ANDRES ALCALDE ARIAS Gerente Municipal 617654-1 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 387-MSS Mediante Ofi cio Nº 336-2011-SG-MSS la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 387-MSS, publicada en la edición del 19 de marzo de 2011. DICE: Artículo Tercero.- SE ADMITIRÁN solicitudes de Licencias de Edifi cación para viviendas unifamiliares, para obras menores establecidas en el TUPA y las Licencias de Funcionamiento hasta 100 m2. DEBE DECIR: Artículo Tercero.- SE ADMITIRÁN solicitudes de Licencias de Edifi cación para viviendas unifamiliares, para obras menores establecidas en el TUPA y las Licencias de Funcionamiento. 618616-1 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Exoneran de proceso de selección la contratación de servicios de recolección, transporte, planta de transferencia y traslado de residuos sólidos del distrito ACUERDO DE CONCEJO Nº 014-2011-MVMT Villa María del Triunfo, 21 de marzo del 2011 EL CONCEJO DISTRITAL DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO, En Sesión extraordinaria de Concejo de la fecha, bajo la presidencia de la Señora Alcaldesa SILVIA BARRERA VASQUEZ, contando con el quórum reglamentario, visto el Informe N° 044-2011-GAJ/MVMT de la Gerencia de Asesoría Jurídica y visto el Informe N° 045-2011-GSCGA/ MVMT de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, sobre la situación de desabastecimiento inminente de los servicios de Recolección, Transporte, Planta de Transferencia y Traslado hasta la Disposición Final de Residuos Sólidos del distrito; CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo contaba con el Servicio de Planta de Transferencia y Transporte hasta el destino fi nal de Residuos Sólidos, ello como consecuencia de la Suscripción del Contrato N° 0023/2009/MVMT derivado del Concurso Público N° 001-2009-CE/MVMT y que fuera suscrito por esta entidad edilicia con el consorcio Servicios Generales Rambell EIRL - Corporación de Limpieza y Transporte, el pasado 30 de noviembre del 2009; que asimismo contaba con el Servicio de Recolección, Transporte de Residuos hasta la Planta de Transferencia y Barrido de Calles en las Avenidas Principales del Distrito de Villa María del Triunfo, como consecuencia de la Suscripción del Contrato N° 022-2009-MVMT y adenda suscritos el 08.MAR.2010 y el 09.AGO.2010, respectivamente con la empresa Corporación de Limpieza y Transporte S.A; Que, es el caso que según información emitida por el área usuaria Gerencia de Servicios a Ciudad y la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial, dichas empresas unilateralmente suspendieron los mencionados servicios a partir del 01.MAR.2011 a pesar de ser requeridas por esta entidad a través de órgano competente el pasado 07.MAR.2011 por conducto notarial cada una para la restitución de dichos servicios, situación por la cual se emitiera el Informe N° 043-2011- GSCGA/MVMT de fecha 11.MAR.2011 de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, instrumento en el cual se precisara el incumplimiento de las citadas empresas en la restitución de los servicios mencionados antes mencionados, situación que a la postre generase la resolución total de los contratos precisados en el considerando que antecede; Que, la Subgerencia de Limpieza Pública de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, en su informe N° 050-2011-SGLP/MVMT precisa que esta situación no sólo era extraordinaria sino imprevisible, dado que la ausencia de servicios que estaban de manera perenne a razón de encontrarse vigentes los respectivos contratos, situación que además compromete la continuidad de funciones normales y cotidianas de los servicios de limpieza de esta jurisdicción afectando por tanto la tranquilidad y salud pública, precisando además la existencia de altos grados de riesgos por la ausencia de recojo de residuos sólidos planteando por tanto, la necesidad de la atención del recojo de los residuos sólidos; situación por la cual recomienda la declaración de una situación desabastecimiento inminente y en este contexto, recomienda la contratación de una empresa mediante una modalidad más abreviada ello para la prestación de los servicios de recolección y transporte hasta el destino fi nal de residuos sólidos de 220 TM diarias; Que, la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental eleva su correspondiente informe N° 045- 2011-GSCGA/MVMT a la Gerencia Municipal respecto a la situación generada y, en este contexto, se remite lo actuado a la Gerencia de Administración, quien a su vez envía los antecedentes a la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial de la Gerencia de Administración mediante el Informe N° 215-2011-GA/MVMT, la cual precisa en su informe N° 170-2011-SGLCP-GA/MVMT que en el presente caso los servicios se encuentran el supuesto de SITUACIÓN DE DESABASTECIMIENTO INMINENTE, procediendo por tanto la EXONERACION POR SITUACION DE DESABASTECIMIENTO, por lo que informa que se realice el trámite correspondiente ante la Gerencia de Asesoría Jurídica y el traslado a Secretaría General para solicitar al Concejo Municipal, la declaración correspondiente con la exoneración de Proceso de selección del Servicios de Recojo y Recolección de Residuos Sólidos hasta la Planta de Transferencia y el Servicio de Planta de Transferencia y Transporte hasta el destino fi nal de Residuos Sólidos, por 120 días calendarios o hasta la fi rma del contrato del proceso de selección correspondiente; asimismo se señala que el monto del servicio calculado por el plazo antes señalado de acuerdo a los términos de referencia alcanzado y la cotización obtenida ascendería a la suma de S/. 1´980,000.00 (UN MILLON NOVECIENTOS OCHENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, en este contexto, la Gerencia de Administración mediante el Informe N° 217-2011-GA/MVMT, requirió disponibilidad y/o certifi cación presupuestal para atender lo planteado por la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial, respecto al monto de S/. 1´980,000.00 (UN MILLON NOVECIENTOS OCHENTA MIL Y 00/100