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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MARZO DEL AÑO 2011 (24/03/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 55

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 24 de marzo de 2011 439571 presente Acuerdo en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el SEACE, dentro del término de ley, bajo responsabilidad. Artículo Séptimo.- DISPONER que la Gerencia Municipal cumpla con la supervisión del presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese y cúmplase SILVIA BERRERA VÁSQUEZ Alcaldesa 617711-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA Aprueban el nuevo Reglamento de Aplicación de Multas y Sanciones Administrativas - RAMSA de la Municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL N° 004-2011/MDV Ventanilla, 31 de enero de 2011 EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal Distrital, de fecha 31 de enero de 2011; y, CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Fiscalización y Control, solicita la aprobación del proyecto del nuevo “Régimen de Aplicación de Multas y Sanciones Administrativas, que tiene por objeto normar el procedimiento para detectar la comisión de infracciones, la imposición y ejecución de sanciones administrativas para las mismas, previstas en el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad Distrital de Ventanilla. Que, el ámbito de aplicación del Reglamento se circunscribe a la jurisdicción del Distrito de Ventanilla, siendo de estricto cumplimiento para todas aquellas personas naturales y/o jurídicas que cometan una infracción establecida en el Cuadro de Infracciones y sanciones Administrativas dentro de esta jurisdicción, aún si su domicilio estuviera ubicado fuera del Distrito de Ventanilla. Que, es importante señalar, que la mencionada unidad orgánica, a través de sus Sub Gerencias, es la Gerencia encargada de cautelar el cumplimiento de las disposiciones municipales, para lo cual cuenta con atribuciones para planifi car, conducir, supervisar y evaluar las operaciones de fi scalización, y realiza actividades de investigación, difusión y de control de sanciones. Que, la capacidad Sancionadora de los Gobiernos Locales, se encuentra contemplada en el artículo 46º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades que precisa que las normas municipales son de carácter obligatorio y su incumplimiento acarrea las sanciones administrativas pertinentes. Que, asimismo en el numeral 3 del artículo 230º de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que la potestad sancionadora de todas las entidades está regulada y normada con sujeción, cumplimiento y respeto irrestricto a las garantías contempladas en el principio del debido proceso. Que, mediante Dictamen Nº 001-2011/MDV-CSCyF de la Comisión de Seguridad Ciudadana y Fiscalización, se aprobó recomendar al honorable Concejo, la aprobación de la Ordenanza Municipal que contiene el nuevo “Régimen de Aplicación de Multas y Sanciones Administrativas” – RAMSA de la Municipalidad Distrital de Ventanilla. Que, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, concordante con el artículo II del Título preliminar de la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades. Que, el articulo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, asimismo, indica que mediante ordenanza, se crean, modifi can, suprimen o exonerar, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley. Estando a lo expuesto y con el Dictamen Favorable de la Comisión de Seguridad Ciudadana y Fiscalización, y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal Distrital con el VOTO POR UNANIMIDAD; y con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta; Aprobó la siguiente Ordenanza: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL NUEVO REGLAMENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS - RAMSA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA TITULO I DISPOSICIONES GENERALES DEL RÉGIMEN DE APLICACIÓN DE MULTAS Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS Artículo 1°.- FINALIDAD. El Reglamento de Aplicación de Multas y Sanciones Administrativas tiene por fi nalidad crear actitud cívica orientada al respeto y cumplimiento de las disposiciones municipales por parte de particulares, empresas e instituciones, que permitan la convivencia en comunidad y propicien el desarrollo integral y armónico del Distrito de Ventanilla. Artículo 2°.- OBJETO. El presente Reglamento tiene por objeto establecer normas y condiciones generales que sustenten el procedimiento administrativo sancionador, garantizando al ciudadano la correcta aplicación de sanciones ante el incumplimiento de las normas municipales o de leyes, que establezcan infracciones cuya sanción se encuentre reservada a los gobiernos locales. El presente Reglamento de Aplicación de Multas y Sanciones Administrativas, en adelante RAMSA, tiene por objetivo normar el procedimiento para detectar la comisión de infracciones, la imposición y ejecución de sanciones administrativas para las mismas, previstas en el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, cuya aplicación es competencia de la Municipalidad. Artículo 3°.- ÁMBITO DE APLICACIÓN. El ámbito de aplicación del Reglamento se circunscribe a la jurisdicción del Distrito de Ventanilla, siendo de estricto cumplimiento para todas aquellas personas naturales y/o jurídicas que cometieran cualquier infracción establecida en el Cuadro Infracciones y Sanciones Administrativas dentro de esta jurisdicción, aún si su domicilio estuviera ubicado fuera del Distrito de Ventanilla. Artículo 4°.- ORGANO COMPETENTE La Gerencia de Fiscalización y Control, a través de sus subgerencias, se encarga de cautelar el cumplimiento de las disposiciones municipales. Cuenta con atribuciones para planifi car, conducir, supervisar y evaluar las operaciones de fi scalización, así como, las actividades de investigación, difusión y de control de sanciones. Asimismo, tiene competencia para formular y proponer normas técnicas en materia de su competencia.