Norma Legal Oficial del día 24 de marzo del año 2011 (24/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, jueves 24 de marzo de 2011

NORMAS LEGALES

439571

presente Acuerdo en el Diario Oficial "El Peruano" y en el SEACE, dentro del termino de ley, bajo responsabilidad. Articulo Septimo.- DISPONER que la Gerencia Municipal cumpla con la supervision del presente Acuerdo. Registrese, comuniquese y cumplase MORDAZA BERRERA MORDAZA Alcaldesa 617711-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA
Aprueban el MORDAZA Reglamento de Aplicacion de Multas y Sanciones Administrativas - RAMSA de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL N° 004-2011/MDV Ventanilla, 31 de enero de 2011 EL SENOR MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: En Sesion Ordinaria del Concejo Municipal Distrital, de fecha 31 de enero de 2011; y, CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Fiscalizacion y Control, solicita la aprobacion del proyecto del MORDAZA "Regimen de Aplicacion de Multas y Sanciones Administrativas, que tiene por objeto normar el procedimiento para detectar la comision de infracciones, la imposicion y ejecucion de sanciones administrativas para las mismas, previstas en el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad Distrital de Ventanilla. Que, el ambito de aplicacion del Reglamento se circunscribe a la jurisdiccion del Distrito de Ventanilla, siendo de estricto cumplimiento para todas aquellas personas naturales y/o juridicas que cometan una infraccion establecida en el Cuadro de Infracciones y sanciones Administrativas dentro de esta jurisdiccion, aun si su domicilio estuviera ubicado fuera del Distrito de Ventanilla. Que, es importante senalar, que la mencionada unidad organica, a traves de sus Sub Gerencias, es la Gerencia encargada de cautelar el cumplimiento de las disposiciones municipales, para lo cual cuenta con atribuciones para planificar, conducir, supervisar y evaluar las operaciones de fiscalizacion, y realiza actividades de investigacion, difusion y de control de sanciones. Que, la capacidad Sancionadora de los Gobiernos Locales, se encuentra contemplada en el articulo 46º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades que precisa que las normas municipales son de caracter obligatorio y su incumplimiento acarrea las sanciones administrativas pertinentes. Que, asimismo en el numeral 3 del articulo 230º de la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que la potestad sancionadora de todas las entidades esta regulada y normada con sujecion, cumplimiento y respeto irrestricto a las garantias contempladas en el MORDAZA del debido proceso. Que, mediante Dictamen Nº 001-2011/MDV-CSCyF de la Comision de Seguridad Ciudadana y Fiscalizacion, se aprobo recomendar al honorable Concejo, la aprobacion de

la Ordenanza Municipal que contiene el MORDAZA "Regimen de Aplicacion de Multas y Sanciones Administrativas" ­ RAMSA de la Municipalidad Distrital de Ventanilla. Que, las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, concordante con el articulo II del Titulo preliminar de la Ley Nº 27972-Ley Organica de Municipalidades. Que, el articulo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, establece que las ordenanzas son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, asimismo, indica que mediante ordenanza, se crean, modifican, suprimen o exonerar, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley. Estando a lo expuesto y con el Dictamen Favorable de la Comision de Seguridad Ciudadana y Fiscalizacion, y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal Distrital con el MORDAZA POR UNANIMIDAD; y con la dispensa de la lectura y aprobacion del Acta; Aprobo la siguiente Ordenanza: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL MORDAZA REGLAMENTO DE APLICACION DE MULTAS Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS - RAMSA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA TITULO I DISPOSICIONES GENERALES DEL REGIMEN DE APLICACION DE MULTAS Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS Articulo 1°.- FINALIDAD. El Reglamento de Aplicacion de Multas y Sanciones Administrativas tiene por finalidad crear actitud civica orientada al respeto y cumplimiento de las disposiciones municipales por parte de particulares, empresas e instituciones, que permitan la convivencia en comunidad y propicien el desarrollo integral y armonico del Distrito de Ventanilla. Articulo 2°.- OBJETO. El presente Reglamento tiene por objeto establecer normas y condiciones generales que sustenten el procedimiento administrativo sancionador, garantizando al ciudadano la correcta aplicacion de sanciones ante el incumplimiento de las normas municipales o de leyes, que establezcan infracciones cuya sancion se encuentre reservada a los gobiernos locales. El presente Reglamento de Aplicacion de Multas y Sanciones Administrativas, en adelante RAMSA, tiene por objetivo normar el procedimiento para detectar la comision de infracciones, la imposicion y ejecucion de sanciones administrativas para las mismas, previstas en el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, cuya aplicacion es competencia de la Municipalidad. Articulo 3°.- AMBITO DE APLICACION. El ambito de aplicacion del Reglamento se circunscribe a la jurisdiccion del Distrito de Ventanilla, siendo de estricto cumplimiento para todas aquellas personas naturales y/o juridicas que cometieran cualquier infraccion establecida en el Cuadro Infracciones y Sanciones Administrativas dentro de esta jurisdiccion, aun si su domicilio estuviera ubicado fuera del Distrito de Ventanilla. Articulo 4°.- ORGANO COMPETENTE La Gerencia de Fiscalizacion y Control, a traves de sus subgerencias, se encarga de cautelar el cumplimiento de las disposiciones municipales. Cuenta con atribuciones para planificar, conducir, supervisar y evaluar las operaciones de fiscalizacion, asi como, las actividades de investigacion, difusion y de control de sanciones. Asimismo, tiene competencia para formular y proponer normas tecnicas en materia de su competencia.

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