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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MARZO DEL AÑO 2011 (24/03/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 51

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 24 de marzo de 2011 439567 (18) meses computados a partir de la fecha de notifi cación de la presente Resolución, las Obras de Habilitación Urbana Tipo “B”, como son las obras de agua potable, alcantarillado, electrifi cación y pavimentación de pistas y veredas, ornamentación del parque y Señalización de la Habilitación Urbana del terreno de 27,288.63m2, debiendo sujetarse al plano fi rmado y sellado por la Gerencia de Desarrollo Urbano y Sub Gerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, de acuerdo a las especifi caciones siguientes: Diseño.- Se basará en el cuadro de áreas siguientes: CUADRO GENERAL DE AREAS DESCRIPCION AREA m2 Area Bruta del terreno 27,288.63 Area Util 17,024.06 Parque (Recreación Pública) 2,583.13 Parque Zonal (SERPAR) 545.77 Area de Vías 7,135.67 CUADRO DE MANZANAS Y LOTES MANZANA LOTES AREA (m2) A 1 al 22 3,449.16 B 1 al 29 4,011.20 C 1 al 34 4,552.70 D 1 al 33 5,011.00 TOTAL 118 17,024.06 CUADRO DE APORTES REGLAMENTARIOS APORTES ORDENANZA Nº 292-MML PROYECTO DEFICIT Recreación Pública 10% 2,728,86 m2 2,583,13 m2 145,73 m2 Ministerio de Educación 2% 545,77 m2 -------- 545,77 m2 SERPAR 2% 545,77 m2 545,77 m2 ----- PAVIMENTOS.- Las características de las obras de pavimentación serán las siguientes: Sub-rasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de Sub-rasante, será necesario efectuar una evaluación de la superfi cie del terreno natural eliminando el que contenga restos orgánicos, escarifi cando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20m, mediante la adición de material granular, mezclándose con riesgos sucesivos y cercanos al optimo contenido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el 95% de la densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice C.B.R. mínimo de 20. Las partículas solidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2”. Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base afi rmada de 0.20m. de espesor, compactado, provenientes de cantera seleccionada, que contenga proporciones adecuadas de material grueso con diámetro máximo de 1 ½ “, fi nos y gigantes, en proporciones adecuadas. La mezcla y compactación se efectuará con riesgos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 98% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice de C.B.R. de 80. Se procurará una superfi cie lisa y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicación de una futura capa asfática de 2” de espesor. Superfi cie de Rodadura.- Estará constituída por una capa asfáltica en caliente de 2” de espesor como mínimo, que se aplicará previa imprimación de la superfi cie de base con asfalto líquido RC-250. Aceras.- Serán de concreto de calidad de f’c=175Kg/ cm2 de 0.10m. de espesor y su colocación se efectuará sobre un terraplén de material limpio de buena calidad y debidamente compactado. El desnivel con relación a la calzada terminada será de 0.20m, y el acabado será con mezcla cemento-arena fi na en porción 1:2 de un (01) centímetro de espesor. Los radios de abanicos en las esquinas serán de 6.00m. Sardineles.- En ambos lados de las calzadas, confi nando y protegiendo sus bordes, y a nivel de dichas calzadas, se construirán sardineles de concreto de calidad f’c=175Kg/cm2, y de dimensiones 0.15 x 0.30m. En los extremos libres de las aceras o extremos en contacto con jardines se construirán sardineles de concreto de calidad y acabado fi nal igual a las aceras, en forma monolítica y homogénea con ellas y de dimensiones 0.15 x 0.30m. Rampas y Bermas para personas con discapacidad.- En los lugares señalados en el plano de trazado y Localización, se construirán rampas en las bermas, que conectarán los niveles superiores de las aceras y de las calzadas, de acuerdo a lo dispuesto en la Norma Técnica NTE – U.190 “ADECUACION URBANISTICA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD” aprobada por Resolución Ministeriral Nº 069-2001-MTC/15.04 de fecha 07de febrero del 2001. Obras Sanitarias.- Serán ejecutadas de conformidad con los proyectos de Agua Potable y Alcantarillado que serán aprobados por SEDAPAL. Electricidad.- Los interesados ejecutarán las obras de acuerdo al proyecto que apruebe la Empresa Concesionaria EDELNOR debiendo poner en conocimiento la fecha de inicio y término de las mismas. Instalaciones Telefónicas.- Para las instalaciones telefónicas, el interesado deberá coordinar con la gerencia de Proyectos de Plantas Externas deTelefónica del Perú S.A, para la instalación de ductos y cámaras y la reserva de áreas para centrales. Artículo Tercero.- DISPONER que la Empresa Inmobiliaria Constructora Los Edifi cadores S.A. (ICOESA) el pago de los défi cits de aportes reglamentarios a redimirse en dinero para el Ministerio de Educación del área de 145.73 m2 y Recreación Pública del área de 545.77 m2, antes de la recepción de obras, a favor del Ministerio de Educación y Municipalidad Distrital de San Martín de Porres respectivamente, dejando en garantía los lotes 2 al 6 de la Manzana “A” de la Urbanización “Residencial San Nicolás” Artículo Cuarto.- REMITIR una copia del Expediente de la Regularización de la Habilitación Urbana Ejecutada y la Resolución correspondiente a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su ratifi cación, a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos para la inscripción de los Lotes resultantes, al Ministerio de Educación, al Servicio de Parques – SERPAR LIMA y a EMILIMA. Artículo Quinto.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano para su publicación, en un plazo que no debe exceder de los 30 días siguientes de notificada la misma, a cargo del propietario del predio objeto de Habilitación Urbana. Artículo Sexto.- ENCARGAR, a la Gerencia de Desarrollo Urbano a través de la Sub Gerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas incorporar la presente Habilitación Urbana al Plano Urbano del Distrito y poner a conocimiento la presente Resolución a la Gerencia de Administración Tributaria para el registro de los predios resultantes y a la Gerencia de Desarrollo Económico Local y Fiscalización para que proceda de acuerdo a su