Norma Legal Oficial del día 26 de mayo del año 2011 (26/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, jueves 26 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES
6. Verificacion de la informacion

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7. Procedimiento administrativo sancionador (PAS).- Procedimiento iniciado en ejercicio de la funcion fiscalizadora y sancionadora, ante una posible infraccion tipificada en el Reglamento General de Supervision, Fiscalizacion y Sancion vigente. 8. Registro de conducta.- Accion por medio del cual la GSF al concluir una accion de supervision, registra la conducta transgresora de la normatividad por parte de una EPS, con la finalidad de identificar el comportamiento historico de la EPS. 9. Sede de la EPS.- Local donde funciona la sede central de la EPS, asi como los locales donde estan ubicadas las oficinas zonales, gerencias zonales, oficinas locales, administraciones, etc., incluyendo las plantas de tratamiento de agua potable, las plantas de tratamiento de aguas residuales, pozos y demas infraestructura de la EPS. 10. UIT.- Unidad Impositiva Tributaria, cuyo valor sera el vigente en la fecha de pago de la multa. Los demas terminos utilizados en el presente Reglamento se entenderan de acuerdo con las definiciones contenidas en el Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento. ANEXO Nº 2 Transferencia de Informacion Periodica de las EPS hacia la SUNASS 1. Alcance y Finalidad El presente procedimiento tiene por finalidad establecer un mecanismo rapido y efectivo de transferencia de informacion periodica de las EPS, que permita a la SUNASS el ejercicio de su funcion reguladora, supervisora y fiscalizadora. 2. Tipos de Informacion Informacionfija: Esta constituida por los datos que no varian frecuentemente en el tiempo, tales como la denominacion social de la empresa, los accionistas de la EPS, el ambito de operaciones y las caracteristicas basicas de los sistemas. Informacion variable: Es aquella que varia en el tiempo como resultado de las operaciones realizadas para la prestacion de los servicios, como por ejemplo el numero de conexiones, el volumen de produccion, la continuidad y presion del servicio, etc. 3. Caracter informacion. de declaracion jurada de la

La verificacion de la informacion presentada por las EPS, se realizara mediante acciones de supervision que realice el regulador, segun lo dispuesto en el presente Reglamento. ANEXO Nº 4 TABLA DE INFRACCIONES Y SANCIONES
Item TIPIFICACION GRAVEDAD SANCION Tope max. Multa Ing. Tarif. mensual prom. de EPS A 1 2 REGIMEN TARIFARIO Y METAS DE GESTION Aplicar estructuras tarifarias distintas Muy grave a las aprobadas por la SUNASS. Aplicar formulas tarifarias y tarifas Muy grave distintas a las aprobadas por la SUNASS. Esta infraccion incluye, entre otros supuestos los siguientes: 2.1 No aplicar los ajustes por IPM de acuerdo con la regulacion tarifaria. 2.2 No aplicar incrementos tarifarios por cumplimiento de metas de gestion aprobados por la SUNASS. Incumplir con las metas de gestion Muy grave establecidas por la SUNASS, en los supuestos siguientes: 3.1 En un porcentaje menor al 85% del Indice de Cumplimiento Global (ICG) de las Metas de Gestion correspondientes al ano regulatorio respectivo, o 3.2 En un porcentaje menor al 80% del indice de cumplimiento individual (ICI) a nivel de EPS, de cada una de las Metas de Gestion del respectivo ano regulatorio. Utilizar las previsiones destinada a Muy Grave inversiones futuras, establecidas en la Resolucion que aprueba la Estructura Tarifaria, Formula Tarifaria y Metas de Gestion, para fines distintos y que se encuentran reservados de acuerdo con el Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, salvo caso fortuito o fuerza mayor. Multa hasta de 500 UIT Multa hasta de 500 UIT 20% 20%

3

Multa hasta de 500 UIT

20%

4

Multa hasta de 250 UIT

10%

4-A Cobrar conceptos distintos a los Muy grave autorizados por la SUNASS 5 Cobrar precios mayores a los Muy Grave establecidos para los servicios colaterales de manera reiterada. Grave

Multa hasta de 500 UIT Multa hasta de 250 UIT Multa hasta de 250 UIT

20% 10%

Toda informacion que las EPS presenten a la SUNASS tiene caracter de declaracion jurada. La informacion se presume veraz mientras no se demuestre lo contrario. El Gerente General de la EPS es el responsable de la veracidad de la informacion suministrada y del cumplimiento de la presente Directiva. 4. Seguridad y respaldo de la informacion. Las EPS estan obligadas a mantener un mecanismo de seguridad y respaldo de la fuente de la informacion remitida a la SUNASS, para proteger su integridad. Este mecanismo debe asegurar la disponibilidad de los datos, tanto fisicos como electronicos, por un periodo de cinco (5) anos desde su elaboracion, para que la SUNASS pueda comprobar su veracidad. 5. Sobre la informacion requerida por la SUNASS La Gerencia de Supervision y Fiscalizacion a traves de Circulares dirigidas al Gerente General de las EPS, establecera la informacion que deberan remitir. Las circulares contendran como minimo: - La relacion de la informacion solicitada, - Detalle de la informacion solicitada, - Codificacion y descripcion de variables y datos, - El medio (escrito o electronico) de reporte, y - El plazo y periodo de envio de la informacion.

5-A Incumplir las metas de gestion en un porcentaje menor al 80% del indice de Cumplimiento Individual (ICI) a nivel de localidad de cada una de las Metas de Gestion del respectivo ano regulatorio. B 6 FACTURACION Y MEDICION Mantener instalados medidores que la EPS conoce que estan inoperativos por sobreregistro, de manera reiterada. Efectuar cobros por conceptos expresamente establecidos como libres de pago, por servicios no prestados, por montos materia de un procedimiento de reclamo, u otra causa, de acuerdo a la normativa vigente, de manera reiterada. Incumplir con el procedimiento de facturacion establecido por la SUNASS como practica reiterada. No reinstalar los medidores de consumo de agua potable en los plazos establecidos por la SUNASS, de manera reiterada.

10%

Grave

Multa hasta de 250 UIT

10%

7

Grave

Multa hasta de 250 UIT

10%

8

Grave

Multa hasta de 250 UIT Multa hasta de 250 UIT

10%

9

Grave

10%

10 Que los comprobantes de pago no contenga la informacion minima establecida por la SUNASS.

Grave

Multa hasta de 250 UIT

10%

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