NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (28/09/2011)
CANTIDAD DE PAGINAS: 72
TEXTO PAGINA: 38
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 28 de setiembre de 2011 450688 en el vigésimo sétimo considerando de la resolución impugnada, el Consejo Nacional de la Magistratura señala que “En tal sentido, no se advierte que en el caso sub materia se hayan actuado actos procesales de alguna naturaleza que justifi quen la decisión que se cuestiona al Juez procesado, más aún si contrario al sustento de la citada resolución, el escrito por el que el inculpado se apersonó al proceso y señaló su domicilio procesal no es posterior sino anterior al auto de apertura de instrucción, pues fue ingresado a la Mesa de Partes del Juzgado el 25 de octubre de 2004, mientras que el auto de apertura de instrucción data del 28 de octubre del mismo año; surgiendo de ello que el Juez procesado al momento de haber califi cado la denuncia fi scal y dispuesto la apertura de instrucción, tuvo a la vista el citado escrito, por lo que su contenido no lo persuadió en sentido contrario al mandato de detención decretado, y menos le pudo haber servido posteriormente como sustento de la variación de la medida coercitiva, con lo cual se desvanecen sus argumentos de descargo” ; Décimo Segundo.- Que, en defi nitiva, se advierte que el recurso de reconsideración interpuesto por el doctor Catacora Acevedo contiene argumentos reiterativos que fueron oportunamente valorados al momento de adoptar la decisión de destituirlo del cargo por la muy grave inconducta incurrida, habiéndose emitido una resolución debidamente motivada en la que se tuvieron en cuenta tanto los descargos expresados por el recurrente como los medios probatorios aportados, sustentándose su recurso principalmente en la discrepancia de criterio con la valoración realizada por este colegiado; Décimo Tercero.- Que, por consiguiente, se verifi ca que el doctor Catacora Acevedo sustenta su cuestionamiento a la resolución impugnada en la revisión de los cargos que fueron materia de su destitución y en argumentos de defensa que fueron analizados y valorados por el Pleno del Consejo en su oportunidad, por lo que los argumentos esgrimidos resultan inconsistentes sin que los mismos desvirtúen lo decidido por el Consejo, siendo que la medida disciplinaria es racionalmente adecuada a los actos de inconducta debidamente acreditados, motivo por el cual el recurso de reconsideración interpuesto deviene en infundado; Por las consideraciones expuestas, estando a lo acordado por unanimidad por el Pleno del Consejo, en sesión de 12 de mayo de 2011; y de acuerdo a lo establecido en el artículo 37 incisos b) y e) de la Ley 26397; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar infundado el recurso de reconsideración interpuesto por el doctor Alfredo Vladimir Catacora Acevedo contra la Resolución N°101-2010- PCNM, dándose por agotada la vía administrativa. Regístrese y comuníquese. GONZALO GARCÍA NÚÑEZ. Presidente Consejo Nacional de la Magistratura 695429-2 MINISTERIO PUBLICO Dan por concluidas designaciones, designan y nombran fiscales en los Distritos Judiciales de Lima, Lima Sur, Piura, Sullana y Huánuco RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1881-2011-MP-FN Lima, 27 de septiembre de 2011 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por necesidad del servicio y estando a las facultades concedidas por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del doctor RICARDO CESAR ROJAS LEON, Fiscal Adjunto Provincial Titular Penal de Lima, Distrito Judicial de Lima, en el Despacho de la Sexta Fiscalía Provincial Penal de Lima, materia de la Resolución Nº 680-2011-MP- FN, de fecha 28 de abril del 2011. Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación del doctor WALTHER JAVIER DELGADO TOVAR, Fiscal Adjunto Provincial Titular Penal de Lima, Distrito Judicial de Lima, en el Pool de Fiscales de Lima, materia de las Resoluciones Nº 701-2007-MP-FN y Nº 160-2011-MP-FN, de fechas 25 de junio del 2007 y 8 de febrero del 2011, respectivamente. Artículo Tercero.- DESIGNAR al doctor WALTHER JAVIER DELGADO TOVAR, Fiscal Adjunto Provincial Titular Penal de Lima, Distrito Judicial de Lima, en el Despacho de la Sexta Fiscalía Provincial Penal de Lima. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Lima, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los Fiscales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 696412-1 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1882-2011-MP-FN Lima, 27 de septiembre de 2011 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 036-2011-MP-FN-JFS, de fecha 10 de mayo del 2011 se creó con carácter transitorio y hasta el 30 de junio del 2011, el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Transitoria de Lurín, en el Distrito Judicial de Lima Sur; Que, por Resolución Nº 061-2011-MP-FN-JFS, de fecha 24 de junio del 2011, se resolvió prorrogar la vigencia de la citada resolución, hasta el 31 de diciembre del 2011; Que, al encontrarse vacante una plaza de Fiscal Provincial, con carácter transitorio en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Transitoria de Lurín, se hace necesario cubrir provisionalmente dicho cargo; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- NOMBRAR al doctor RICARDO CESAR ROJAS LEON, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Lima Sur, designándolo en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Transitoria de Lurín, con retención de su cargo de carrera. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Lima Sur, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano,