NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (28/09/2011)
CANTIDAD DE PAGINAS: 72
TEXTO PAGINA: 43
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 28 de setiembre de 2011 450693 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH Declaran de prioridad e interés regional la reducción de los indicadores de pobreza y pobreza extrema en el ámbito de la Región Ancash ORDENANZA REGIONAL Nº 013-2011-REGIÓN ANCASH/CR El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash, ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, el artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular y son personas jurídicas de derecho público, con autonomía desarrollo regional sostenible, promoviendo la inversión pública y privada en el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo. Que, la misión de los Gobiernos Regionales es organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de la política nacional y sectorial en el propósito de contribuir con el desarrollo integral y sostenible de la región, para lo cual mantener relaciones de coordinación, y cooperación y de apoyo mutuo y permanente con el gobierno nacional y los gobiernos locales, articulando el interés nacional con los de las regiones y localidades, conforme se ha señalado en el artículo 4º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales en concordancia con lo señalado en el artículo 49 de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización. Que, de conformidad con lo previsto en los artículos 197 y 198 de la Constitución Política del Estado, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional, Capítulo XIV, Título IV sobre Descentralización - Ley Nº 27680, Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cado por la Ley Nº 27902, Nº 28968, Nº 29053 y demás normas complementarias. Que, el artículo 1º de nuestra Constitución Política, establece que la defensa humana y el respeto de su dignidad, son el fi n supremo de la sociedad y el Estado. Que, el artículo 4º de nuestra Constitución Política, señala que la comunidad y el Estado protegen especialmente, al niño, al adolescente, a la madre y al anciano en situación de abandono. Que, el artículo 44º del texto Constitucional, preceptúa que son deberes primordiales del Estado, entre otros, garantizar la plena vigencia de los Derechos Humanos y promover el bienestar general, que se fundamenta en la justicia y el desarrollo integral y equilibrado de la Nación. Que, los artículos 47, 48, 49, y 58 de la Ley 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establecen que es competencia de los gobiernos Regionales: Formular, Aprobar y Evaluar las Políticas, Programas saneamiento, en concordancia con las Políticas Nacionales y Planes Sectoriales y los Planes de Desarrollo de los Gobiernos Locales. Que, el Estado Peruano se comprometió a lograr 2000, el cual compromete el esfuerzo Nacional, Regional y Local, para lograr metas en materia de reducción de la pobreza, del hambre, de la desnutrición, de la mortalidad materna e infantil, entre otras, las mismas que deben ser exhibidas entre el año 2010 y el 2015. Que, la Décima Quinta Política del Estado “Promoción de la Seguridad alimentaria y Nutrición” establece que el Estado asegura el acceso de alimentos y una adecuada nutrición, especialmente a los niños menores de 5 años y lactantes, mujeres gestantes y niños en etapa escolar, pobres extremos y vulnerables, así como familias en situación de pobreza o riesgo, promoviendo una amplia participación, vigilancia y autogestión de la sociedad civil organizada y de las familias a benefi ciar. Que, a través del Decreto Supremo Nº 002-2003- PCM, aprueba las “Bases para la Estrategia de Superación de la Pobreza y Oportunidades Económicas para los pobres”, estableciendo que es indispensable contar con una estrategia que se sustente en la generación de oportunidades económicas para las personas en situación de pobreza, a partir de un crecimiento económico con una equitativa distribución de la riqueza; un proceso de descentralización, un manejo efi ciente del gasto social y la debida y oportuna atención de las demandas y necesidades de las personas de menores recursos; Que, con Decreto Supremo Nº 066-2004-PCM, se aprueba la “Estrategia Nacional de Seguridad Alimentaria 2004 – 2015”, y la “Estrategia Regional de Seguridad Alimentaria 2004 – 2015” (ERSA), que describe las opciones de política y las técnicas para enfrentar los desafíos que deben defi nirse en los espacios territoriales más pertinentes. Siempre teniendo al ser humana como centro de las decisiones, lo cual ofrece mayor garantía de efi cacia y viabilidad social y política; Que, por Decreto Supremo Nº 055-2007-PCM, aprueba la estrategia Nacional denominada “CRECER” que establece la intervención articulada de entidades del Gobierno Nacional, Regional y Local vinculadas con la lucha contra la desnutrición crónica infantil; Que, en la ciudad de Lima, en el mes de febrero de 2007 y en el marco de una serie de coordinaciones y acciones intersectoriales en el tratamiento de la lucha contra la pobreza, los presidentes de los Gobiernos Regionales establecieron el compromiso de reducir los indicadores con cinco puntos porcentuales durante el período Gubernamental. Asimismo, en el marco del fondo para la igualdad, el Gobierno se ha planteado, como meta para el año 2011, mejorar las condiciones de vida en las zonas rurales pobres y dentro de ellas, reducir la desnutrición crónica rural en niños menores de cinco años (en 2005 era 39%), y reducir la pobreza rural (en 2005 era alrededor del 70%). Es así que para el logro de las metas propuestas de la política social se requiere el esfuerzo y dedicación de todo el estado en sus diferentes niveles de gobierno y la acción coordinada entre ellas. Que, el Plan de Reforma de Programas Sociales, aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2007- PCM, establece como objetivo general el de contribuir a la mejora de las condiciones de vida de la población y el de reducir los niveles de pobreza extrema; por lo cual plantea que, en el caso de la desnutrición, la política social debe afrontarse de manera multidisciplinaria, pues se señala que los niveles de actividad no deben darse sólo a nivel central, sino también a nivel de gobierno regional y local. Que, la Región Ancash se caracteriza por tener porcentajes signifi cativos de personas en condición de pobreza (31.5%) y pobreza extrema (9.7% en promedio), alcanzando una mayor incidencia en las zonas rurales y urbano marginales. Que, las condiciones antes descritas están determinadas por unos numerosos grupos de ciudadanos de Ancash, afectados en el ejercicio pleno de sus derechos fundamentales, como son: acceso a la salud, a la alimentación, a la educación, a la identidad, a un medio ambiente saludable, con los consiguientes efectos: • Malnutrición crónica, prioritariamente Desnutrición Crónica en menores de 3 años, Anemia en mujeres, niños y niñas y defi ciencia de micronutrientes (Hierro, Zinc, Yodo, Vitamina A y Acido Fólico). • Altos índices de morbilidad y mortalidad materna e infantil, infl uenciados por los determinantes sociales en salud negativos.