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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (28/09/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 47

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 28 de setiembre de 2011 450697 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ratifican procedimientos adminis- trativos, servicios brindados en exclusividad y derechos de trámite aprobados mediante Ordenanza Nº 159- MDLCH de la Municipalidad Distrital de Lurigancho - Chosica ACUERDO DE CONCEJO Nº 873 Lima, 8 de septiembre de 2011 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 8 de setiembre del 2011, el Ofi cio Nº 001-090-00006327 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria- SAT, adjuntando el expediente de ratifi cación de la Ordenanza Nº159-MDLCH de la Municipalidad Distrital de Lurigancho-Chosica, que aprueba los derechos de trámite por los procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la citada Municipalidad. y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratifi cadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad. Que, en aplicación de lo normado por la Ordenanza Nº 1533 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicada el 27 de junio de 2011, la Municipalidad Distrital de Lurigancho-Chosica aprobó la Ordenanza materia de la ratifi cación, remitiéndola al Servicio de Administración Tributaria, incluyendo sus respectivos informes y documentos sustentatorios, con carácter de Declaración Jurada, y la citada entidad en uso de sus competencias y atribuciones, previa revisión y estudio, emitió el Informe Técnico Legal Nº 004-181-00000311, opinando que procede la ratifi cación solicitada, por cumplir con los requisitos exigidos y las normas aplicables, de conformidad con la Ordenanza Nº 1533 y la Directiva Nº 001-006-00000015, publicada el 30 de junio de 2011. Que, los ingresos que la citada Municipalidad prevé percibir como producto de la aplicación de los derechos de trámite por los procedimientos administrativos, materia de la ratifi cación, fi nanciarán el 98.77% de los costos por la prestación de los mismos y la diferencia deberá ser cubierta con otros ingresos que perciba dicha entidad. De acuerdo con lo opinado por el Servicio de Administración Tributaria-SAT y por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y de Organización en el Dictamen Nº 171-2011-MML/CMAEO. ACORDO: Artículo Primero.- Ratifi car los procedimientos administrativos, los servicios brindados en exclusividad y los derechos de trámite, listados en el Anexo A adjunto al informe Nº 004-181-00000312 del Servicio de Administración Tributaria, que fueran aprobados en la Ordenanza N° 159-MDLCH por la Municipalidad Distrital de Lurigancho - Chosica; en la medida que su establecimiento se ha efectuado de conformidad con: (i) las normas que defi nen las competencias municipales; (ii) los criterios legales establecidos en materia de simplifi cación administrativa; (iii) las exigencias y formalidades previstas en las normas vinculadas con el mejoramiento del clima de negocios (Leyes Nº 28976 y 29090); y, (iv) en cumplimiento de los mecanismos que facilitan el acceso a la información pública que poseen las entidades del Estado. Artículo Segundo.- El presente Acuerdo ratifi catorio se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicación; así como del texto íntegro de la Ordenanza Nº 159-MDLCH, en especial del Anexo A que contiene el listado de los derechos de trámite por los procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad por dicha Municipalidad Distrital, en las formas y mecanismos establecidos en el marco legal vigente. La aplicación de la Ordenanza materia de la presente ratifi cación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital de Lurigancho - Chosica. Artículo Tercero.- Cumplido el citado requisito de publicación, el Servicio de Administración Tributaria- SAT, a través de su página web www sat.gob.pe hará de conocimiento público el presente Acuerdo, el Dictamen de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización y el Informe del Servicio de Administración Tributaria. Regístrese, comuníquese y cúmplase. SUSANA VILLARÁN DE LA PUENTE Alcaldesa 695928-1 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Aprueban proyecto integral para la habilitación urbana nueva por etapas de terreno ubicado en el distrito RESOLUCIÓN SUBGERENCIAL N° 311-2011-MDLM-GDUPC-SGOPHU La Molina, 10 de agosto de 2011 LA SUBGERENTE DE OBRAS PRIVADAS Y HABILITACIONES URBANAS VISTO: El expediente N° 07523-1-2011, de fecha 27 de junio de 2011, seguido por la empresa INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA MANCO CAPAC S.A., representada por Oscar Antonio Langberg La Rosa, según Asiento C0005 de la Partida N° 03024760 del Libro de Sociedades, con domicilio en Avenida La Molina N° 3345, Interior 007, Manzana B, Lote 11, Urbanización El Mástil de La Laguna, en el distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima, mediante el cual solicita la Modifi cación de la Habilitación Urbana aprobada mediante la Resolución Gerencial N° 000307-2003-MDLM-GDU de fecha 28 de octubre de 2003 respecto del terreno de 31,792.00 m², constituido por el Sub Lote 5-A de la Parcelación Semi Rústica El Sol de La Molina, distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima, y; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Gerencial N° 000307- 2003-MDLM-GDU de fecha 28 de octubre de 2003 se resuelve Aprobar el Proyecto de Habilitación Urbana Nueva para Uso Residencial de Baja Densidad R1 de conformidad al Plano N° 008-2003-MDLM-GDU-SGOPriv, constituido por cuatro (4) manzanas para el Sublote 5- A de 31,792.00 m² que forma parte de la Parcelación Semirústica El Sol de La Molina, provincia y departamento de Lima; Que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 7° de la Ley N° 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones, las Licencias de Habilitación, constituyen actos administrativos mediante los cuales las municipalidades otorgan autorización para la ejecución de