Norma Legal Oficial del día 04 de agosto del año 2012 (04/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, sabado 4 de agosto de 2012

NORMAS LEGALES

471933

el Decreto Supremo N° 013-93-TCC y su modificatoria; el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado mediante Decreto Supremo N° 020-2007-MTC y su modificatoria aprobada mediante Decreto Supremo N° 001-2010-MTC; y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 021-2007-MTC; y, Con la opinion favorable del Director General de Concesiones en Comunicaciones y la conformidad del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Resolver el Contrato de Concesion Unica suscrito con la empresa TV & CABLE ISEL S.A.C., para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones, aprobado mediante la Resolucion Ministerial N° 764-2007MTC/03; quedando sin efecto la mencionada resolucion, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Declarar que ha quedado cancelada la inscripcion, en el Registro de Servicios Publicos de Telecomunicaciones, de la Ficha N° 008 otorgada a favor de la empresa TV & CABLE ISEL S.A.C., mediante la Resolucion Directoral N° 013-2008-MTC/27, quedando sin efecto la mencionada resolucion, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 3º.- La Direccion General de Concesiones en Comunicaciones aplicara a la empresa TV & CABLE ISEL S.A.C., la penalidad estipulada en el numeral 22.04 de la clausula Vigesimo MORDAZA del contrato de Concesion Unica, aprobado por Resolucion Ministerial N° 764-2007MTC/03. Articulo 4º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, para los fines de su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 822442-5

Constituyen Grupo de Trabajo para la Gestion del Riesgo de Desastres del Ministerio de Transportes y Comunicaciones - GTRGRD-MTC
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 405-2012 MTC/01 MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2012 CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 29664 se creo el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres - en adelante SINAGERD, como sistema interinstitucional, sinergico, descentralizado, transversal y participativo, con la finalidad de identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, asi como evitar la generacion de nuevos riesgos, y preparacion y atencion ante situaciones de desastre mediante el establecimiento de principios, lineamientos de politica, componentes, procesos e instrumentos de la Gestion del Riesgo de Desastres; Que, el numeral 5.1 del articulo 5 de la Ley Nº 29664, establece que la Politica Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres es el conjunto de orientaciones dirigidas a impedir o reducir los riesgos de desastres, evitar la generacion de nuevos riesgos y efectuar una adecuada preparacion, atencion, rehabilitacion y reconstruccion ante situaciones de desastres, asi como a minimizar sus efectos adversos sobre la poblacion, la economia y el ambiente; Que, el articulo 16 de la Ley Nº 29664, establece que los ministros son las maximas autoridades responsables de la implementacion de los procesos de la Gestion del Riesgo de Desastres dentro de sus respectivos ambitos

de competencia; asimismo, dicha MORDAZA establece que las entidades publicas constituyen grupos de trabajo para la Gestion del Riesgo de Desastres, integrados por funcionarios de los niveles directivos superiores y presididos por la MORDAZA autoridad ejecutiva de la entidad, senalando que esta funcion es indelegable; Que, mediante Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM se aprobo el Reglamento de la Ley Nº 29664 que crea el SINAGERD, el cual establece en el numeral 13.4 de su articulo 13, que los Titulares de las entidades y sectores del Gobierno Nacional, constituyen y presiden los Grupos de Trabajo de la Gestion del Riesgo de Desastres, como espacios internos de articulacion para la formulacion de normas y planes, evaluacion y organizacion de los procesos de Gestion del Riesgo de Desastres en el ambito de su competencia; dichos Grupos de Trabajo coordinaran y articularan la gestion prospectiva, correctiva y reactiva en el MORDAZA del SINAGERD y estaran integrados por los responsables de los organos y unidades organicas competentes; Que, el articulo 17 del Reglamento de la Ley Nº 29664 aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, senala ademas que la MORDAZA autoridad ejecutiva de cada entidad publica de nivel Nacional, los Presidentes Regionales y los Alcaldes, constituyen y presiden los grupos de trabajo de la Gestion del Riesgo de Desastres para la formulacion de normas y planes, evaluacion, organizacion, supervision, fiscalizacion y ejecucion de los procesos de Gestion del Riesgo de Desastres en el ambito de su competencia; agregando que los grupos de trabajo estan integrados por funcionarios de los niveles directivos superiores de cada entidad publica o gobierno subnacional; Que, asimismo cabe precisar que es de suma importancia el establecimiento del Grupo de Trabajo para la Gestion del Riesgo de Desastres del Ministerio de Transportes y Comunicaciones - GTRGRD-MTC considerando que su instalacion permitira que la Administracion asuma nuevas responsabilidades en la formulacion de las respectivas normas y planes, asi como en la implementacion de la Politica de un Plan de Gestion de Riesgo de Desastres el mismo que es considerado como un MORDAZA social cuyo fin ultimo es la prevencion; Que, teniendo en cuenta las normas anteriormente citadas, resulta necesario proceder con la conformacion del Grupo de Trabajo para la Gestion del Riesgo de Desastres del Ministerio de Transportes y Comunicaciones - GTRGRD-MTC, como espacio de articulacion para la formulacion de normas y planes, evaluacion y organizacion de los procesos de Gestion del Riesgo de Desastres, de conformidad a lo senalado en la Ley Nº 29664 - Ley que crea el SINAGERD y su Reglamento; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29664, la Ley Nº 29370, el Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM y el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Constitucion del Grupo de Trabajo para la Gestion del Riesgo de Desastres del Ministerio de Transportes y Comunicaciones - GTRGRD-MTC Constituir el Grupo de Trabajo para la Gestion del Riesgo de Desastres del Ministerio de Transportes y Comunicaciones - GTRGRD-MTC, el mismo que estara conformado de la siguiente manera: - El Ministro de Transportes y Comunicaciones, quien lo presidira. - El Viceministro de Transportes. - El Viceministro de Comunicaciones. - El Secretario General. - El Director General de Transporte Terrestre. - El Director General de Transporte Acuatico. - El Director General de Aeronautica Civil. - El Director General de Asuntos Socio Ambientales. - El Director General de Caminos y Ferrocarriles. - El Director General de Regulacion y Asuntos Internacionales de Comunicaciones. - El Director General de Autorizaciones en Telecomunicaciones. - El Director General de Concesiones en Comunicaciones.

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