Norma Legal Oficial del día 04 de agosto del año 2012 (04/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, sabado 4 de agosto de 2012

NORMAS LEGALES

471945

Que, en merito a lo indicado, concierne a la Presidencia de la Corte de MORDAZA, disponer las acciones administrativas respectivas a fin de dar cumplimiento a lo arriba citado; en consecuencia, corresponde ordenar y ejecutar las medidas pertinentes para tal fin, con sujecion a los lineamientos dispuestos de la acotada resolucion administrativa. Que, efectivamente, la MORDAZA citada es MORDAZA en su articulo MORDAZA, al disponer para efectos de redistribucion, que no se remitiran expedientes en tramite ni en ejecucion de un organo jurisdiccional transitorio a otro organo jurisdiccional transitorio; lo que significa que los expedientes tramitados y ejecutados por los convertidos 2° y 3° Juzgados de Paz Letrados Transitorios de MORDAZA, deberan ser devueltos a sus juzgados permanentes de origen a fin que estos continuen con el tramite respectivo. Que, en consecuencia, el Presidente de la Corte, como MORDAZA autoridad administrativa del Distrito Judicial de MORDAZA, conforme a las facultades conferidas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y en aplicacion del Articulo 90° incisos 3) y 9) del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE:

Desarrollo y Gerencia de Administracion Distrital, para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA LAMA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 823470-1

Disponen ejecucion de la prueba piloto de asignacion de peritos judiciales a los Juzgados Laborales Transitorios, con fines de descarga procesal
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA Presidencia RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 568-2012-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 2 de agosto del 2012

Articulo Primero.- DISPONER que los convertidos 2° y 3° Juzgados de Paz Letrados Transitorios de MORDAZA remitan la totalidad de sus expedientes en tramite y ejecucion a la Mesa de Partes de los Juzgados de Paz Letrados de MORDAZA, para su redistribucion, envio que debera concluir indefectiblemente el dia 15 de agosto del 2012. Articulo Segundo.- DISPONER que el personal de la Mesa de Partes de los Juzgados de Paz Letrados de MORDAZA, distribuyan los expedientes a su juzgado de origen, en el dia, bajo responsabilidad funcional del Jefe de dicho organo administrativo. Articulo Tercero.- DISPONER que todos los expedientes a redistribuir se encuentren con todos sus cuadernos y anexos completos, debidamente cosidos, foliados en numeros y letras y con sus cargos de notificacion completos, bajo responsabilidad funcional del Magistrado, por la demora incurrida. Articulo Cuarto.- Los escritos ingresados hasta el 31 de MORDAZA del 2012, deberan encontrarse debidamente proveidos, notificados, cosidos y foliados en el expediente, bajo responsabilidad funcional del Magistrado del Juzgado Transitorio convertido. Articulo Quinto.- Los escritos ingresados a partir del 01 de Agosto del 2012, deberan coserse y foliarse en el expediente. Dichos escritos deberan ser proveidos por el Juzgado de Paz Letrado Permanente de origen (receptor). Articulo Sexto.- CUMPLAN los magistrados de los convertidos 2° y 3° Juzgados de Paz Letrados Transitorios de MORDAZA, con informan a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo sobre el cumplimiento de lo ordenado en la presente resolucion, bajo responsabilidad funcional. Articulo Setimo.- PONER la presente resolucion en conocimiento de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, a fin que vele por su cumplimiento; debiendo dicho organo de control, proceder conforme a sus funciones y atribuciones en caso de inobservancia. Articulo Octavo.- DISPONER que la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA realice el seguimiento, evaluacion y monitoreo de la carga procesal redistribuida y ejecute las demas coordinaciones necesarias para el cabal cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion, debiendo dar cuenta a la Presidencia, bajo responsabilidad funcional del Jefe de dicha Unidad. Articulo Noveno.- PONER la presente resolucion en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General, Oficina de Control de la Magistratura - OCMA, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura - ODECMA, Unidad de Planeamiento y

VISTOS: El Oficio Nº 248-2012-SG-CED-CSJLI/PJ; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el oficio de vistos, el Secretario General del Consejo Ejecutivo Distrital comunica que en sesion de fecha diecinueve de MORDAZA ultimo, dicho organo de gestion ha aprobado la Prueba Piloto de Asignacion de Peritos Judiciales a los Juzgados Laborales Transitorios, con fines de descarga procesal, por el plazo de cuarenta y cinco dias calendarios, el cual consiste en la asignacion de un servidor a cada uno de los Juzgados Labores Transitorios, personal que se encargara de elaborar informes periciales y liquidaciones; disponiendose ademas, que dichos Peritos se mantengan fisicamente en sus actuales ubicaciones a fin de provechar la logistica con la que cuentan; facultando a la Presidencia de la Corte, emita las disposiciones pertinentes para la ejecucion de dicha prueba. Que, ha sido puesto en conocimiento de la Presidencia de la Corte, la problematica generada por la falta de Peritos Judiciales en los juzgados laborales transitorios, lo cual ocasiona atraso en la tramitacion de los procesos y demora en la expedicion de la sentencia. Que, para tal fin, con fechas cuatro, nueve y doce de MORDAZA de los corrientes se ejecutaron sendas reuniones de trabajo con los Jueces de los Juzgados Laborales Permanentes, Coordinadores de los Juzgados Laborales Permanentes y Transitorios y servidores judiciales designados, respectivamente; con el fin de disenar un metodo de trabajo que permita brindar solucion al problema arriba citada; sesiones que concluyeron con el asentimiento de los Jueces del 12º, 17º, 20º, 24º, 27º y 28º Juzgados de Trabajo Permanentes de ceder un trabajado calificado, a fin que desarrolle las funciones de Perito Judicial en el 1º, 2º, 3º, 4º, 5º y 8º Juzgados Laborales Transitorios, a razon de un servidor por Juzgado; habiendose determinado en la reunion de fecha doce de MORDAZA la eleccion de dicho personal. Que, a fin de materializar la ejecucion de la Prueba Piloto ordenada, es necesario emitir las disposiciones administrativas pertinentes para su debida implementacion y ejecucion. Que, el Presidente de la Corte, como MORDAZA autoridad administrativa del Distrito Judicial de MORDAZA, tiene la obligacion de cautelar la pronta administracion de justicia, conforme lo dispone el articulo 90º inciso 4) del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER a partir del trece de agosto al veintiseis de setiembre del presente ano, la

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