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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 8 de agosto de 2012 472120 PDI del Proyecto de Escuela de Posgrado de la Derrama Magisterial remitido por la Comisión Califi cadora, nombrada mediante Resolución Nº 528-2011-CONAFU de fecha 23 de noviembre del 2011, la que sugiere: Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Escuela de Posgrado de la Derrama Magisterial presentado por su Promotora, por haber alcanzado califi cación satisfactoria en concordancia con el Art.18, Inc. a) del Reglamento para la Autorización de Funcionamiento de Escuelas de Posgrado No pertenecientes a Universidades aprobado por Resolución Nº 204-2009-CONAFU; Que, el artículo 19º del Reglamento, establece: “El Pleno del CONAFU se pronunciará en el término de quince (15) días calendario, a partir de la recepción del Informe Final de la Comisión Califi cadora, sobre el PDEP presentado, aprobando o desaprobado el Proyecto de la Escuela de Postgrado”; Que, en Sesión Ordinaria de fecha 18 de Julio del 2012, el Pleno del CONAFU después de deliberar, mediante Acuerdo Nº 451-2012-CONAFU convinieron por UNANIMIDAD: Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Escuela de Posgrado de la Derrama Magisterial, bajo Régimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882; En atención a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento al artículo 18º del Estatuto del CONAFU que establece: “El Presidente del CONAFU tiene las siguiente atribuciones generales:…d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones” y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38º incisos d) y e) del referido Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Escuela de Posgrado (PDEP) presentado por la Promotora de la Escuela de Posgrado de la Derrama Magisterial. Artículo Segundo.- HACER de conocimiento a la Promotora del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Escuela de Posgrado de la Derrama Magisterial, que para la continuación de su evaluación del referido proyecto universitario se aplicará el Reglamento para la Autorización de Funcionamiento de Universidades bajo la competencia de CONAFU aprobado por Resolución Nº 534- 2008-CONAFU y toda la normatividad vigente de CONAFU. Artículo Tercero.- REQUERIR a la Promotora del Proyecto de Escuela de Posgrado de la Derrama Magisterial, el cumplimiento de los artículos 20º al 22º del Reglamento aprobado por Resolución Nº 534-2008- CONAFU de fecha 19 de diciembre del 2009. Artículo Cuarto.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores de la presente Resolución para los trámites administrativos correspondientes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. WILSON ROLANDO REÁTEGUI CHÁVEZ Presidente JORGE LUIS QUIÑONES ESPINOZA Secretario General 823892-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Amplían comisión de servicios dispuesta mediante R.J. Nº 191-2012/ JNAC/RENIEC y modificada por R.J. Nº 193-2012/JNAC/RENIEC RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 194-2012/JNAC/RENIEC Lima, 6 de agosto de 2012 VISTO: La Hoja de Elevación Nº 000089-2012/GOR/ RENIEC (06AGO2012) de la Gerencia de Operaciones Registrales; la Hoja de Elevación Nº 000074-2012/SJNAC/ RENIEC (06AGO2012) de la Sub Jefatura Nacional y el Informe Nº 001396-2012/GAJ/RENIEC (06AGO2012), emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que conforme a lo dispuesto en el artículo 183º de la Constitución Política del Perú, corresponde al Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, emitir los documentos que acrediten la identidad de las personas, habiendo implementado con tal propósito una política social de acercamiento a la ciudadanía orientada a atender las necesidades de documentación de la población menos favorecida y en situación de vulnerabilidad; Que mediante Resolución Jefatural Nº 191-2012/ JNAC/RENIEC (02AGO2012) modifi cada con Resolución Jefatural Nº 193-2012/JNAC/RENIEC (03AGO2012) se autorizó la Comisión de Servicios al personal de la Gerencia de Operaciones Registrales y de la Gerencia de Registros de Identifi cación para que en los días 03, 04 y 05 de agosto de 2012 viajen a la ciudad de Arica - Chile y los días 06, 07, 08 y 09 de agosto de 2012 a la ciudad de Tacna - Perú, a fi n que realicen la captura de las huellas dactilares, brinden asistencia registral y entrega de DNI a las 272 personas comprendidas en la Ley Nº 20.588, Ley de Indulto General emitida por el Gobierno de Chile; Que la Gerencia de Operaciones Registrales mediante el documento del visto, comunica que la Agencia Tacna de la Jefatura Regional - Arequipa, informa que el día de hoy 06 de agosto de 2012, están arribando 35 (treinta y cinco) personas comprendidas en la Ley Nº 20.588, Ley de Indulto General emitida por el Gobierno de Chile, razón por la cual solicita se amplíe la comisión de Servicios incluyendo el día 06 de agosto de 2012, dentro del viaje dispuesto a la ciudad de Arica - Chile; Que en ese sentido, se hace necesaria la ampliación de la Comisión de Servicios dispuesta a la ciudad de Arica - Chile incluyendo el día 06 de agosto de 2012; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM y el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 855-2010-JNAC/RENIEC (29SET2010); SE RESUELVE: Artículo Primero.- Ampliar la Comisión de Servicios al personal de la Gerencia de Operaciones Registrales y de la Gerencia de Registros de Identifi cación dispuesta en el artículo primero de la Resolución Jefatural Nº 191-2012/ JNAC/RENIEC y modifi cada por Resolución Jefatural Nº 193-2012/JNAC/RENIEC, incluyendo el día 06 de agosto de 2012, dentro del viaje dispuesto a la ciudad de Arica - Chile y los días 07, 08 y 09 de agosto a la ciudad de Tacna - Perú, a fi n que realicen la captura de las huellas dactilares, brinden asistencia registral y entrega del DNI correspondiente a las 272 personas comprendidas en Ley Nº 20.588, Ley de Indulto General emitida por el Gobierno de Chile. Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia de Administración considere el día 06 de agosto de 2012 para la asignación de gastos por viáticos diarios y por persona de $ 200.00 dólares (en concordancia con la normatividad vigente), así como considere dicha variación en lo respectivo a los pasajes y la Póliza de Seguros contra Accidentes de Viaje correspondientes en virtud a lo dispuesto en el artículo primero de la presente Resolución Jefatural. Regístrese, publíquese y comuníquese. JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional 824807-1