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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 30 de agosto de 2012 473731 Investigaciones de la Amazonía Peruana (IIAP), con las atribuciones establecidas en el Art. 20° del Reglamento de Organización y Funciones del IIAP. Tercero.- Elegir a los miembros del Directorio del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana (IIAP), a los siguientes profesionales: 1.- Ing. Edgar Díaz Zúñiga, M. Sc. 2.- Ing. Italo Orlando Cardama Vásquez, M. S.c. 3.- Ing. Enrique Arévalo Gardini, M. Sc. Cuarto.- Los miembros electos que se mencionan en los artículos PRIMERO, SEGUNDO y TERCERO del presente acuerdo, son elegidos por el período de tres (3) años, conforme lo dispone el artículo 12° de la Ley 23374 y el artículo 15° del Reglamento de Organización y Funciones del IIAP. Asumirán sus funciones a partir del 24 de abril de 2012, fecha establecida en el Acta de Instalación del Primer Consejo Superior del IIAP. Quinto.- Encárguese al Dr. Nilton Medina Ávila, Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, inscribir el presente acuerdo en la Ofi cina Registral de Iquitos LUIS EXEQUIEL CAMPOS BACA Presidente del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana – IIAP OSEAS BARBARÁN SÁNCHEZ Confederación de Nacionalidades Amazónicas del Perú – CONAP. EDILBERTO ÑIQUE ALARCÓN Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC JOSÉ BERLEY ARISTA ARBILDO Gobierno Regional de Amazonas FRANCISCO VÁSQUEZ SAAVEDRA Gobierno Regional de San Martín FREDDY VRAKO METZGER Gobierno Regional de Madre de Dios CARLOS HENDERSON LIMA Gobierno Regional de Ucayali JUAN ARTURO FLORES MARTINEZ Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA ALFREDO DELGADO CASTRO Instituto Veterinario de Investigaciones Tropicales y de Altura - IVITA. ADDA CHUECAS CABRERA Iglesia Católica SEGUNDO RODRÍGUEZ DELGADO Universidad Nacional Agraria de la Selva – UNAS ALFREDO QUINTEROS GARCÍA Universidad Nacional de San Martín - UNSM LUIS BERNARDO GUZMÁN CABRERA Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios - UNAMAD VICENTE MARINO CASTAÑEDA CHÁVEZ Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas – UNT AMAZONAS MARIO AURELIO COYLA ZELA Universidad Nacional Intercultural de la Amazonía - UNIA JULIO RUÍZ MURRIETA Universidad Científi ca del Perú – UCP Atentamente, KENETH REÁTEGUI DEL AGUILA Presidente del IIAP 835146-1 SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES Disponen exclusión de la “Décima Emisión del Segundo Programa de Certificados de Depósitos Negociables de Banco Ripley Perú S.A.” del Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA GENERAL SMV Nº 074-2012-SMV/11.1 Lima, 21 de agosto de 2012 EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISIÓN DE CONDUCTAS VISTOS: El Expediente Nº 2012027609, así como el Informe Interno Nº 635-2012-SMV/11.1 de fecha 21 de agosto de 2012, de la Intendencia General de Supervisión de Conductas; CONSIDERANDO: Que, con fecha 03 de agosto de 2012, Banco Ripley Perú S.A. solicitó a la Bolsa de Valores de Lima S.A. el deslistado del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima, así como la exclusión del Registro Público del Mercado de Valores de los valores denominados “Décima Emisión del Segundo Programa de Certifi cados de Depósito Negociales de Banco Ripley Perú S.A.”, por haber cancelado en su totalidad las obligaciones derivadas de los mismos; Que, con fecha 06 de agosto de 2012 y de acuerdo con el literal a) del artículo 132º de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo Nº 861 y sus normas modifi catorias, la Bolsa de Valores de Lima S.A. comunicó a la Superintendencia del Mercado de Valores la decisión de admitir el deslistado de los valores indicados en el considerando precedente y de elevar el expediente administrativo para los fi nes correspondientes; Que, respecto de la solicitud objeto de análisis, con fecha 18 de julio de 2006, en la condición de Entidad Califi cada de la que gozaba Financiera Cordillera S.A. (posteriormente, Banco Ripley Perú S.A.) y, de acuerdo con lo dispuesto por el segundo párrafo del literal a) del artículo 14º del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolución CONASEV Nº 141-1998-EF/94.10, se aprobó automáticamente el trámite anticipado, se inscribió automáticamente programa de emisión de valores denominado “Segundo Programa de Certifi cados de Depósito Negociables de Financiera Cordillera S.A.”, hasta por un monto total en circulación de S/. 100 000 000.00 (Cien Millones y 00/100 Nuevos Soles) en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, mediante Resolución Directoral de Emisores Nº 013-2007-EF/94.06.3 de fecha 15 de junio de 2007, se dispuso el registro de la Actualización Nº 5 por variación fundamental del Prospecto Marco correspondiente al “Segundo Programa de Certifi cados de Depósito Negociables de Financiera Cordillera S.A.”, mediante la cual se incrementó el monto del Programa a S/. 150 000 000,00 (Ciento Cincuenta Millones y 00/100 Nuevos Soles); Que, mediante escritos del 17 de julio y del 22 de setiembre de 2008, Banco Ripley Perú S.A. solicitó la renovación del trámite anticipado del “Segundo Programa de Certifi cados de Depósito Negociables de Banco Ripley Perú S.A.” Que, en el marco del referido Programa, con fecha 18 de diciembre de 2009, mediante Resolución Directorial de Emisores Nº 090-2009-EF/94.06.3, se inscribieron los valores denominados “Décima Emisión del Segundo Programa de Certifi cados de Depósito Negociables Banco Ripley Perú S.A.” hasta por un monto máximo en circulación de hasta S/. 100 000 000 (Cien Millones y 00/100 Nuevos Soles);