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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE AGOSTO DEL AÑO 2012 (30/08/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 61

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 30 de agosto de 2012 473727 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terrenos ubicados en los departamentos de Cajamarca e Ica SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 102-2012/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 15 de agosto de 2012 Visto el Expediente N° 117-2012/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 1 995,00 m², ubicado en el Sector “Chulit Bajo” distrito y provincia de Chota, departamento de Cajamarca; y CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales, encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, con fecha 18 de abril de 2012, se suscribió el Convenio N° 129-2012 “Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento –MVCS, el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal –COFOPRI y la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales –SBN”, que tiene como objeto establecer los lineamientos administrativos y de operatividad que deberán seguir las partes, para efectuar la primera inscripción de dominio de los predios que serán destinados para la implementación y funcionamiento de los Centros de Servicios de infraestructura y de equipamiento complementarios a la unidad habitacional del Programa Apoyo al Hábitat Rural -TAMBOS, que promueve y ejecuta el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento con la fi nalidad de mejorar la calidad de vida de la población rural a nivel nacional; Que, de acuerdo al Certifi cado de Búsqueda Catastral de fecha 27 de febrero de 2012, la Zona Registral N° II - Sede Chiclayo, elaborado sobre la base del Informe Técnico N° 33-2012/Z.R.N°II-OC-CHO, se dio cuenta que el terreno de 10 110,29 m², se encuentra comprendido en zona donde no se ha encontrado ningún antecedente o referencia de Inscripción defi nitiva, de acuerdo al avance de actualización de la base gráfi ca de predios de la Ofi cina Registral de Chota; Que, el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal –COFOPRI, con fecha 28 de mayo de 2012, realizó la inspección técnica al predio de 1 995,00 m², que forma parte del predio de 10 110,29 m², y ha dado cuenta que el terreno tiene una topografía casi plana, con una pendiente del 2% y con una naturaleza de terreno a nivel del subsuelo del tipo limo-arcilloso y viene siendo bordeado por la Quebrada Seca, la carretera que viene de Chota; Que, el Artículo 23° de la Ley N° 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 1 995,00 m², de conformidad con el Artículo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Artículo 44° del “Reglamento de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010- VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modifi catorias y el Convenio N° 129-2012 “Convenio de Cooperación interinstitucional entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento MVCS, El Organismo de Formalización de la Propiedad Informal- COFOPRI y la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales SBN#, suscrito con fecha 28 de mes de abril de 2012; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 111-2012/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 30 de julio de 2012; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 1 995,00 m², ubicado en el Sector Chulit Bajo, distrito y provincia de Chota, departamento de Cajamarca, de acuerdo al plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2°.- La Ofi cina Registral de Chota de la Zona Registral N° II de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAQUEL ANTUANET HUAPAYA PORRAS Subdirectora (e) de Administración del Patrimonio Estatal 834232-1 SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 103-2012/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 15 de agosto de 2012 Visto el Expediente N° 115-2012/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 2 211,00 m², ubicado en el Sector “El Castillo” distrito de San Silvestre de Cochán, provincia de San Miguel, departamento de Cajamarca; y CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales, encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, con fecha 18 de abril de 2012, se suscribió el Convenio N° 129-2012 “Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento –MVCS, el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal –COFOPRI y la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales –SBN”, que tiene como objeto establecer los lineamientos administrativos y de