TEXTO PAGINA: 57
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 8 de diciembre de 2012 480355 Que, de acuerdo a los Lineamientos de Política para el Ordenamiento Territorial aprobada con R.M. 020-2010- MINAM, el Ordenamiento Territorial se defi ne como un instrumento que forma parte de la política de Estado sobre desarrollo sostenible, proceso político y técnico administrativo de toma de decisiones concertadas con los actores sociales, económicos, políticos y técnicos, para la ocupación ordenada y uso sostenible del territorio, la regularización y promoción de la localización y desarrollo sostenible de los asentamientos humanos; de las actividades económicas, sociales y el desarrollo físico espacial sobre la base de la identifi cación de potencialidades y limitaciones, considerando criterios ambientales, económicos, socioculturales, institucionales y geopolíticos. Así mismo, hace posible el desarrollo integral de la persona como garantía para una adecuada calidad de vida; Que, el literal c) del artículo 50º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - prescribe que es función específi ca de los Gobiernos Regionales, en materia de población - programar y desarrollar acciones que impulsen una distribución territorial de la población en función a las potencialidades del desarrollo regional y en base a los planes de ordenamiento territorial y de la capacidad de las ciudades para absorber fl ujos migratorios; mientras que el artículo 53º del mismo cuerpo legal establece que son funciones del Gobierno Regional formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia ambiental y de ordenamiento territorial, en concordancia con los planes de los Gobiernos Locales; Que, el desarrollo territorial es un proceso coherente integrador y armónico donde todos los actores sociales públicos y privados se construyen como sujetos capaces de articular esfuerzos voluntades poderes, con miras a gestionar sus propias transformaciones particulares en colectivas un contexto de civilidad moderna y desde un Estado Social de Derecho en donde las personas se sienten participes y protagonistas de las relaciones sociales no solo receptores de derechos, sino también sujetos de obligaciones y nuevas responsabilidades sociales constituyéndose de tal manera en un espacio en el que convergen los intereses, la identidad y cultura de una comunidad, vale decir un espacio en el que se dan acciones y relaciones económicas, sociales y políticas que le dan características particulares a cada territorio constituyéndose en una de las vías principales para gestionar los procesos conducentes a reducir la pobreza y exclusión; Que, el Gobierno Regional de San Martín, es una persona jurídica de derecho público, con autonomía política económica y administrativa en asuntos de su competencia. Su fi nalidad es conducir, regular y promover el desarrollo económico y social regional y coordina con el Gobierno Nacional y Gobiernos Locales para lograr el desarrollo integral de las personas a través de la promoción, protección y el desarrollo de un entorno saludable, con pleno respeto a los derechos y deberes fundamentales de su población; Que, en el marco de los alcances del Decreto Supremo Nº 087-2004-PCM que aprueba el reglamento de la Zonifi cación Ecológica y Económica (ZEE), cuyo artículo 3º literal c) prescribe que el ordenamiento territorial se sustenta en los estudios técnicos de la ZEE en el ámbito nacional, regional y local; el Gobierno Regional San Martín aprueba la Zonifi cación Ecológica Económica (ZEE) mediante Ordenanza Regional Nº 012-2006- GRSM-CR, su reglamento de aplicación con Decreto Regional Nº 002-2009-GRSM/PGR, convirtiéndose en el instrumento de planifi cación que orienta la intervención en el territorio de acuerdo a sus potencialidades, y complementariamente declara de necesidad e intereses regional la implementación del Ordenamiento Territorial en el Departamento mediante Ordenanza Regional Nº 008_2009-GRSM/CR; Que, la ZEE como instrumento de planifi cación territorial, manifi esta que la potencialidad del territorio departamental es 15% Productiva, 20% de Recuperación y 65% de Conservación, lo que demuestra que el enfoque de desarrollo que debemos asumir para el departamento no es el mismo que el que deben tener los departamentos de la Costa o la Sierra del país, haciéndose necesario generar un modelo de desarrollo con Enfoque Territorial, que deja de lado las políticas sectoriales disociadas, abriendo paso a un nivel superior de articulación en el que se aborde procesos o situaciones considerando al territorio como un sistema, que integra un conjunto de variables que interactúan entre sí, las dimensiones Biofísica (agua, suelo, fl ora, fauna, etc.), Socio - Económica (el hombre y sus actividades económicas, sociales, culturales) y en materia Político Administrativa (jerarquía y rol funcional - operativo de los centros poblados y gobiernos locales) de manera que se garantice que las mejoras en los niveles de vida de las generaciones actuales, no cierren posibilidades a las generaciones futuras, fortaleciendo la Gobernanza Verde e Identidad Amazónica, articulando a los tres niveles de gobierno, a la gran Inversión Privada, a los Hombres y Mujeres de los Pueblos Originarios y Sociedad en general, hacia una clara ruta para el Desarrollo Humano, congruente con la realidad territorial Amazónica de San Martín; Que, en concordancia lo anteriormente mencionado con la visión del Gobierno Regional de San Martín “Región Promotora de Desarrollo Humano e Igualdad de Oportunidades, con instituciones y organizaciones fortalecidas y líderes comprometidos, con un desarrollo económico sustentado en un territorio ordenado y en el manejo autónomo y sostenible de sus recursos naturales, culturales y reconocido como destino turístico”, se hace necesario generar una política con Enfoque Territorial; Que, la POLITICA TERRITORIAL REGIONAL DE SAN MARTIN, es el conjunto de directrices que establecen el marco de referencia para el desempeño de actividades y servicios de los ejes social, económico, ambiental y político institucional sobre el territorio, tomando en cuenta sus potencialidades e identidad Amazónica, para lograr el desarrollo humano sostenible en el Departamento; Que, los principios rectores de la Política Territorial Regional son: Sostenibilidad, integralidad y fl exibilidad, complementariedad, gobernabilidad democrática, subsidiaridad, enfoque de género, respeto, competitividad, prevención, responsabilidad ambiental, inclusión y paz social, dominio latente y cooperación público – privada; Que, la Política Territorial Regional de San Martín, se desarrolla bajo los ejes Económico, Social, Ambiental y Político Institucional integrados entre sí, donde todos tienen las misma jerarquía, sobre la columna vertebral que es el territorio y de acuerdo a la Zonifi cación Ecológica Económica; Que, la interacción Económico - Ambiental debe generar una base productiva rentable y competitiva, promoviendo el aprovechamiento económico integral y sostenible a través de creación de cadenas productivas “verdes” y el uso de tecnologías limpias, tomando en cuenta las condiciones de fragilidad propias del departamento, así como también recibiendo las retribuciones correspondientes por los servicios ecosistémicos que presta; Que, la interacción Económico –Social, debe generar Valor Compartido, logrando efi ciencia en la economía y el proceso social, de manera que la creación del valor económico debe generar valor y progreso social; Que, la interacción entre lo Social y lo Ambiental, permitirá conservar nuestro patrimonio cultural y natural, así como también la reafi rmación de nuestra identidad amazónica siendo esta, parte del desarrollo integral de la persona; Que, la interacción Político – Social, debe generar gobernabilidad en el territorio considerando la identidad cultural de los Pueblos Originarios, sentando las bases para una educación con visión a futuro sin perder nuestra identidad Amazónica, con enfoque de género y en un ambiente de paz social; Que, la interacción Político – Económico, debe brindar las condiciones para promover la inversión pública y privada para la generación de riqueza con inclusión social, con una distribución equitativa y justa de los benefi cios que se generen en el departamento; Que, mediante Informe Legal Nº 031-2012-CR/ALE, de fecha 10 de agosto del presente, el Asesor Externo del Consejo Regional de San Martín opina por la procedencia que se someta a decisión del Pleno del Consejo Regional dicha propuesta de Política Territorial Regional de San Martín, que formula la Autoridad Regional Ambiental para que de estimarlo conveniente la aprueba mediante Ordenanza Regional; Que, según Acta Nº 007-2012-GRSM/CR-CRNGMA, de fecha 06 de setiembre del presente año, reunidas las comisiones de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, Planeamiento y Presupuesto y Desarrollo Económico del Consejo Regional de San Martín, se