Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 2012 (08/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 8 de diciembre de 2012

Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y demas Normas Complementarias. CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º y 192º de la Constitucion Politica del Estado, en concordancia con el articulo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, senalan que los Gobiernos Regionales son personas juridicas de Derecho Publico Interno que gozan de autonomia Politica, Economica y Administrativa en los asuntos de su competencia; en su articulo 13º prescribe que la educacion tiene como finalidad el desarrollo integral de la persona humana; y, en su articulo 14º senala que la educacion promueve el conocimiento, el aprendizaje y la practica de las humanidades, la ciencia, la tecnica, las artes, la educacion fisica y el deporte; y en su articulo 17º estipula que la educacion inicial, primaria y secundaria son obligatorias. En las instituciones del Estado, la educacion es gratuita; Que, los articulos 5º y 45º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que, es mision del Gobierno Regional de acuerdo a su competencia exclusiva, compartida y delegada, en el MORDAZA de las politicas Nacionales y Sectoriales, contribuir al desarrollo integral y sostenible de la Region; en los literales a), c) y k) del articulo 47º de legislacion acotada establece que el Gobierno Regional tiene como funciones especificas en materia de educacion, cultura, ciencia, tecnologia, deporte y recreacion de formular, aprobar, ejecutar, evaluar y administrar las politicas regionales de educacion, cultura, ciencia y tecnologia, deporte y recreacion de la region; diversificar los curriculos nacionales, incorporando contenidos significativos de su realidad sociocultural, economica, productiva y ecologica y respondiendo a las necesidades e intereses de los educandos; y, promover y difundir las manifestaciones culturales y potenciar las instituciones artisticas y culturales de la region, en coordinacion con los Gobiernos Locales; Que, el Concurso de Cuentos, Leyendas, Mitos y Fabulas tiene como objetivo desarrollar en los estudiantes las capacidades comunicativas para argumentar y debatir, fomentar una conciencia critica y democratica, y establecer MORDAZA de participacion de los estudiantes en temas de su interes que afirmen su identidad cultural; Que, mediante Acuerdo Regional Nº 004-2012-GRJ/ CR de 24 de enero de 2012 que encarga a la Comision Permanente de Educacion, Cultura y Desarrollo Social el estudio, evaluacion y emision del dictamen respecto al proyecto de Ordenanza Regional que "Oficializa el Concurso Regional de Cuentos, Leyendas, Mitos y Fabulas"; con Oficio Nº 1961-2012-DREJ-DGP, el Director Regional de Educacion remite el Informe Tecnico Nº 001-2012-DREJ-DGP-A.PECUD, que realiza aportes y observaciones al proyecto de MORDAZA regional y opina favorable su aprobacion; mediante Informe Legal Nº 3482012-GRJ/ORAJ, la Directora de la Oficina Regional de Asesoria Juridica con el que emite opinion legal facultativa recomendando que para su aprobacion se MORDAZA en cuenta el informe de disponibilidad presupuestal de la Gerencia Regional de Desarrollo Social y de la de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; y a traves del Oficio Nº 3716-2012-DREJ-DGP-CNES-EES, el Director Regional de Educacion remite el Informe Nº 070-2012DGP-CNES-EES, con el que suprime el articulo MORDAZA de su propuesta en lo relacionado a la asignacion de presupuesto; Que, contando con el Dictamen Nº 015-2012-GRJCR/CPECyDS favorable, de la Comision Permanente de Educacion, Cultura y Desarrollo Social y de conformidad con las atribuciones conferidas por los articulos 9º, 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional Junin; ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA INSTITUCIONALIZACION DEL CONCURSO DE CUENTOS, LEYENDAS, MITOS Y FABULAS DE LA REGION JUNIN" Articulo Primero.- APRUEBESE la Institucionalizacion del Concurso de Cuentos, Leyendas, Mitos y Fabulas de la Region MORDAZA, que se llevara a cabo cada ano en el ambito de la Direccion Regional de Educacion.

Articulo Segundo.- DISPONGASE que la Direccion Regional de Educacion y las Unidades de Gestion Educativas Locales garanticen que el Concurso de Cuentos, Leyendas, Mitos y Fabulas de la Region MORDAZA se consideren en el Plan Anual de Trabajo (PAT) y en el Programa Curricular Anual (PCA) de todas las Instituciones Educativas de la Region. Articulo Tercero.- ENCARGUESE al Ejecutivo Regional a traves de la Direccion Regional de Educacion, la formulacion y aprobacion mediante Decreto Regional del Reglamento de la presente MORDAZA Regional en sesenta (60) dias posteriores a su vigencia. Comuniquese al Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. Dado en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional MORDAZA, a los 06 dias del mes de noviembre de 2012. MORDAZA MORDAZA GALVAN Consejero Delegado Gobierno Regional MORDAZA POR TANTO: Mando registrese, publiquese y cumplase. Dado en el Despacho de la Presidencia del Gobierno Regional MORDAZA, a los 09 dias del mes de noviembre de 2012. MORDAZA ROY MORDAZA MORDAZA Presidente Gobierno Regional MORDAZA 875138-1

GOBIERNO REGIONAL DE SAN MORDAZA
Aprueban la Politica Territorial Regional de San MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 015-2012-GRSM/CR Moyobamba, 19 setiembre del 2012 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los Articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion - Ley Nº 27680; la Ley de Bases de la Descentralizacion - Ley Nº 27783; la Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, sus modificatorias - Ley Nº 27902; Ley Nº 28013; Ley Nº 28926; Ley Nº 28961; Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053, y demas normas complementarias. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Constitucion Politica del Estado, Ley Nº 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion; Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de Descentralizacion, establece que los Gobiernos Regionales tienen la facultad de adoptar y concordar las politicas, planes y normas en los asuntos de sus competencias; Que, el articulo 20º de la Ley Nº 28611 Ley General del Ambiente, prescribe que la planificacion y el ordenamiento territorial tienen por finalidad complementar la planificacion economica, social y ambiental con la dimension territorial, racionalizar las intervenciones sobre el territorio y orientar su conservacion y aprovechamiento sostenible;

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