Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 2012 (08/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 8 de diciembre de 2012

Articulo 2º.- Autorizacion para adecuacion de Cronograma Autoricese a AUTODEMA, a realizar las acciones y disposiciones administrativas que correspondan a efecto de adecuar el Cronograma de plazos que se desprende de los Flujos de MORDAZA aprobados en la Tercera Disposicion Complementaria y Final de la Ordenanza Regional Nº 166-AREQUIPA; a efecto del acogimiento y cumplimiento de etapas subsecuentes por parte de los adjudicatarios que asi lo requieran, asi como para la realizacion de actos que MORDAZA competencia de AUTODEMA. La adecuacion MORDAZA senalada, debera garantizar, bajo responsabilidad de los funcionarios de AUTODEMA y bajo sancion de nulidad de pleno derecho, que en ningun caso, se exceda el plazo general contemplado en la Ordenanza Regional Nº 166-AREQUIPA computado desde su vigencia, por lo que solo debera considerarse el plazo general restante a la fecha en que se realice el acogimiento, pago, o etapa que corresponda en cada caso particular. Articulo 3º.- Adscripcion Voluntaria 3.4. El acogimiento a las disposiciones aprobadas en la presente Ordenanza es a pedido de parte, de forma integral y bajo el procedimiento establecido por AUTODEMA en coordinacion con los adjudicatarios. 3.5. Unicamente podran solicitar acogerse a la presente Ordenanza, los parceleros deudores que acepten cumplir las condiciones establecidas en la presente Ordenanza; para lo cual, una vez aprobada su solicitud, se procedera a la suscripcion de la Adenda Contractual, de ser el caso. 3.6. La relacion juridico-contractual con AUTODEMA de los senores parceleros que no presenten su solicitud en terminos, forma y plazos establecidos por AUTODEMA dentro del MORDAZA de la presente MORDAZA, indefectiblemente seguiran rigiendose por los contratos de compraventa y/o adendas suscritos originariamente, asi como por las disposiciones contenidas en la Ordenanza Regional Nº 166-AREQUIPA, descontandose para los efectos pertinentes los pagos parciales realizados, de ser el caso. Articulo 4º.- Vigencia La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y el Diario Regional de Avisos Judiciales. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES PRIMERA.- AUTODEMA informara, de manera trimestral, al Consejo Regional las acciones que MORDAZA adoptado en torno al cumplimiento de la presente Ordenanza. SEGUNDA.- AUTODEMA, en coordinacion con la Banca, debera determinar un procedimiento formal de depositos a su cuenta bancaria, con la finalidad de garantizar que estos no se den de manera indiscriminada y fuera de los plazos y formas que MORDAZA previsto en cumplimiento de la presente Ordenanza. En MORDAZA, a los diecinueve dias del mes de noviembre del 2012. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MOGROVEJO Presidenta del Consejo Regional de MORDAZA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de noviembre del dos mil doce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional MORDAZA 875641-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Declaran de prioridad y como Politica de Gestion Publica Regional la Lucha contra la Corrupcion para el desarrollo regional y crean el Consejo Regional Anticorrupcion de la Region MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 146-2012-GRJ/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL JUNIN. POR CUANTO: El Consejo Regional de MORDAZA, en Sesion Ordinaria celebrada a los 06 dias del mes de noviembre de 2012, en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional de MORDAZA, de conformidad con lo previsto en la Constitucion Politica del Peru; Ley de Bases de la Descentralizacion; Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y demas Normas Complementarias. CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º y 192º de la Constitucion Politica del Estado, en concordancia con el articulo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, senalan que los Gobiernos Regionales son personas juridicas de Derecho Publico Interno que gozan de autonomia Politica, Economica y Administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la promocion de la etica, transparencia y la erradicacion de la corrupcion constituye una politica de estado consignado en el Acuerdo Nacional ­ vigesimo sexta politica de Estado, recogido en el eje 3 "Estado y Gobernabilidad del Plan del Bicentenario: Peru hacia al 2021, el cual precisa que la lucha contra la corrupcion se desarrolla en todos los niveles de Gobierno por lo que debe ser declarado de prioridad la lucha contra la corrupcion en la region Junin; Que, el Estado Peruano al ratificar la Convencion Interamericana contra la Corrupcion suscrita por los estados miembros de la OEA aprobado con Resolucion Legislativa Nº 26757 del 24 de marzo de 1996, convino en aplicar medidas dentro de sus propios sistemas institucionales, acciones destinadas a crear, mantener y fortalecer los mecanismos para estimular la participacion de la sociedad civil y organizaciones no gubernamentales impulsando esfuerzos interinstitucionales orientados a prevenir la corrupcion; Que, asimismo el Estado Peruano, al ratificar la convencion de las Naciones Unidas contra la corrupcion aprobada mediante Resolucion Legislativa Nº 28357 del 06 de octubre de 2004, conforme a los principios fundamentales de su ordenamiento juridico formulara y aplicara o mantendra en MORDAZA politicas publicas articuladas e idoneas contra la corrupcion que promuevan la participacion de la sociedad civil y reflejen los principios de supremacia de la Ley, la adecuada gestion de los asuntos y bienes publicos, asimismo la integridad a la transparencia y obligacion de rendir cuentas. Que, la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, en el literal a) del articulo 15º establece que son atribuciones del Consejo Regional, el aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, la corrupcion es una conducta estructural que esta instalada en todos los niveles e instancias de la administracion publica y privada a nivel nacional e internacional; por este hecho no se administra adecuadamente los recursos publicos, siendo los mas afectados los sectores del primer y MORDAZA quintil de pobreza; motivo por el que es percibido como uno de los principales problemas del MORDAZA Que, la lucha contra la corrupcion, es una politica del Estado que compromete a los tres niveles de Gobierno a

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