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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (30/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 107

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 30 de diciembre de 2012 484849 resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en la Ordenanza Municipal Nº 017-2012/MDV y el numeral 6 del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo 1º.- Prorrogar la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 017-2012/MDV de 24 de octubre de 2012 que establece benefi cios para el pago del Impuesto Predial, arbitrios municipales y multas administrativas, hasta el 21 de diciembre de 2012. Artículo 2º.- Encargar a la Gerencia de Rentas Municipales y a las subgerencias dependientes de dicha unidad orgánica, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía, debiendo todas las dependencias de la Municipalidad prestar el apoyo y facilidades para su cabal cumplimiento. Artículo 3º.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. OMAR ALFREDO MARCOS ARTEAGA Alcalde 883613-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA Autorizan viaje de Alcalde y Regidor a Colombia, en comisión de servicios ACUERDO MUNICIPAL Nº 163-2012-MPA Arequipa, 2012, noviembre, 13 VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal realizada el 10 de noviembre de 2012, el Informe Nº 108- 2012-MPA-SGRECI presentado por el señor Freddy Padilla Guzmán, Sub Gerente de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional, respecto a la invitación al señor Alcalde de Arequipa a la Cumbre de Bogotá “Ciudades y Cambio Climático” a desarrollarse en la ciudad de Bogotá - Colombia; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado modifi cado por la Ley de la Reforma Constitucional 27680 y concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, establece que las Municipalidades son los órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante el Informe Nº 108-2012-MPA-SGRECI presentado por el señor Freddy Padilla Guzmán, Sub Gerente de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional, señala que se ha recibido de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C la cordial Invitación para participar en la CUMBRE DE BOGOTÁ “CIUDADES Y CAMBIO CLIMÁTICO”, que se celebrará en Bogotá los días 19, 20 y 21 de noviembre del presente año, en la cual se pretende difundir Herramientas Útiles y Promover la Integración de Acciones Concretas de Manejo del Cambio Climático y Gestión del Riesgo en las Agendas Políticas de las Ciudades de América Latina; Que, ante la invitación realizada por la Alcaldía Mayor de Bogotá, se señala que los organizadores de este evento cubrirán los gastos de pasajes aéreos, transporte, alojamiento, alimentación y actividades paralelas, visitas técnicas. El señor Alcalde de Arequipa puso a consideración del Pleno del Concejo Municipal para que los regidores que deseen asistir al evento lo manifi esten y puedan acompañar al señor Alcalde, siendo el regidor Joel Quiroz Álvarez quien acompañará al señor Alcalde a la Cumbre de Bogotá, el mismo que sufragará los gastos que irrogue este viaje; Que, de acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, Artículo 9º Inc. 11, son atribuciones del Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la Municipalidad, realicen el Alcalde, los Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario; Que, en este orden de análisis y teniendo en cuenta el motivo de la comisión de servicios, el mismo que se encuentra enmarcado dentro de las funciones de la Municipalidad Provincial de Arequipa y estando a lo anteriormente expuesto, el Concejo Municipal en Sesión Extraordinaria realizada el día 10 de noviembre de 2012, adoptó por Mayoría el siguiente: ACUERDO: Artículo 1º.- Autorizar el viaje en Comisión de Servicios al Dr. ALFREDO ZEGARRA TEJADA, Alcalde de Arequipa, del 18 al 21 de noviembre del año en curso, con la fi nalidad de que participe en la CUMBRE DE BOGOTÁ “CIUDADES Y CAMBIO CLIMÁTICO”, que se celebrará en la ciudad Bogotá – Colombia, los días 19, 20 y 21 de noviembre del presente año. Artículo 2º.- Los gastos de pasajes aéreos, estadía y alimentación, que irrogue el Dr. Alfredo Zegarra Tejada, Alcalde de Arequipa, serán asumidos por los organizadores del evento. Artículo 3º.- Autorizar el viaje en Comisión de Servicios al Lic. JOEL QUIROZ ALVAREZ, Regidor de la Municipalidad Provincial de Arequipa, del 18 al 21 de Noviembre del año en curso, con la fi nalidad de que participe en la CUMBRE DE BOGOTÁ “CIUDADES Y CAMBIO CLIMÁTICO”, que se celebrará en la ciudad de Bogotá – Colombia, los días 19, 20 y 21 de noviembre del presente año. Artículo 4º.- Los gastos que irrogue el viaje en Comisión de Servicios del Lic. Joel Quiroz Álvarez, Regidor de la Municipalidad Provincial de Arequipa, serán asumidos por su persona. Artículo 5º.- Encomendar a la Sub Gerencia de Relaciones Públicas y Prensa, la publicación del presente Acuerdo Municipal en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALFREDO ZEGARRA TEJADA Alcalde de Arequipa 883552-1 Autorizan viaje de Asesor de Alcaldía a China, en comisión de servicios ACUERDO MUNICIPAL Nº 164-2012-MPA Arequipa, 13 de noviembre de 2012 VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal realizada el 10 de noviembre de 2012, el Informe Nº 123- 2012-MPA-SGRECI presentado por el señor Freddy Padilla Guzmán Sub Gerente de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional, respecto a la invitación al señor Alcalde de Arequipa a participar en la Conferencia Internacional de Innovación Urbana a desarrollarse en la ciudad de Guangzhou - China; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado modifi cado por la Ley de la Reforma Constitucional 27680 y concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, establece que las Municipalidades son los órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante el Informe Nº 123-2012-MPA- SGRECI presentado por el señor Freddy Padilla Guzmán Sub Gerente de Relaciones Exteriores y