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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (30/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 95

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 30 de diciembre de 2012 484837 Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Unidad de Informática la publicación del presente dispositivo en el portal institucional de la Municipalidad. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. VIVIANA RODA SCHEUCH DE ARIÁS Alcaldesa 883207-1 MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR Fijan tope en el incremento del arbitrio municipal de recolección de residuos sólidos (Limpieza pública) para el Ejercicio 2013 ORDENANZA Nº 266-2012/MVES Villa El Salvador, 11 de diciembre de 2012 POR CUANTO; El Concejo Distrital de Villa El Salvador en Sesión Extraordinaria de la fecha; y, VISTO: El Proyecto de Ordenanza que “Fija Tope en el Incremento del Arbitrio Municipal de Recolección de Residuos Sólidos (Limpieza Pública) para el Ejercicio 2013”, el Informe N° 272-2012-GR/MVES de la Gerencia de Rentas, el Informe N° 461-2012-OAJ/MVES de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, el Informe N° 218-2012- GM/MVES de la Gerencia Municipal y el Dictamen Nº 07- 2012 -CRF/MVES emitido por la Comisión de Rentas y Fiscalización, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; establece que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la autonomía antes indicada y las funciones de gobierno de las Municipalidades, son ejercidas por los Concejos Municipales a través de la aprobación de Ordenanzas y Acuerdos, de conformidad a lo estipulado en el artículo 39° de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; lo cual guarda correspondencia con lo establecido en el artículo 200° numeral 4) de la Constitución Política del Perú, que otorga el rango de ley a las Ordenanza Municipales; Que, el artículo 74º de la Constitución Política del Perú en concordancia con la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, otorga a los gobiernos locales potestad tributaria para crear, modifi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, así como exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley; Que, al respecto la Ley de Tributación Municipal, aprobada por Decreto Supremo N° 156-2004-EF, establece en su artículo 69°, que la determinación por servicios públicos o Arbitrios debe sujetarse a los criterios de racionalidad que permitan determinar el monto por el servicio prestado; Que, en mérito a las normas legales expuestas la Municipalidad de Villa El Salvador emitió la Ordenanza Nº 258-MVES, modifi cada por la Ordenanza Nº 263- MVES que aprobó el régimen tributario de los Arbitrios Municipales para el Ejercicio 2013, la misma que a la fecha se encuentra en proceso de Ratifi cación ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) de la Municipalidad Metropolitana de Lima, de acuerdo a los procedimientos establecidos en la Ordenanza N°1533- MML; Que, la Ordenanza Nº 258-MVES modifi cada por la Ordenanza Nº 263-MVES han sido emitidas considerando los parámetros de carácter vinculante establecidos por el Tribunal Constitucional mediante las sentencias recaídas en los expedientes Nº 041-2004-AI/TC y N° 053-2004-AI/TC; sin embargo la Gerencia de Rentas en su Informe Nº 272- 2012 GR/MVES; hace notar la necesidad de subvencionar parte de los costos de Arbitrios de los predios que refl ejan un incremento sustancial en el presente ejercicio, a efectos de que el impacto sea asumido progresivamente en cada año por los contribuyentes hasta alcanzar un nivel óptimo que evite perjuicios económico para los mismos. En tal sentido se propone fi jar un tope del 20% en el incremento las Tasas de los Arbitrios Municipales de Recolección de Residuos Sólidos (Limpieza Pública), respecto a las Tasas aplicadas por dicho concepto en el año 2012 (Limpieza Pública), para todos los predios que excedan el porcentaje de incremento ya estimado; Que, la Comisión de Rentas y Fiscalización del Concejo Municipal de Villa El Salvador, en Sesión de Fecha 10 de Diciembre de 2012, y luego de la evaluación de la propuesta efectuada con Informe N° 272-2012-GR/ MVES de la Gerencia de Rentas, considera pertinente proponer al Pleno de Concejo topes diferenciados de acuerdo a la actividad que sea destinado el predio, siendo así opina recomendar un Tope en el Incremento del Arbitrio Municipal de Recolección de Residuos Sólidos (Limpieza Pública) para el Ejercicio 2013 de 20% para los predios destinados Actividades Industriales y 10% para predios destinados Actividades Comerciales, emitiendo bajo dichos parámetros su Dictamen Nº 07-2012-CRF/ MVES; considerando que son las únicas Actividades que Registran Incrementos sustanciales en sus tasas de aplicación; Que, en virtud de las normas legales glosadas y de las facultades otorgadas a las municipalidades en materia tributaria, se observa que se encuentra dentro de las competencias del corporativo fi jar el tope propuesto por la Comisión de Rentas y Fiscalización con Dictamen N° 07-2012-CRF/MVES, al incremento de Arbitrios de Recolección de Residuos Sólidos (Limpieza Pública) a fi n de no perjudicar a los contribuyentes del distrito y de esta forma coadyuvar a promover el cumplimiento de las obligaciones tributarias y por ende obtener una mayor recaudación que permita fi nanciar este servicio municipal; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en los artículos 40° y 9º numeral 8) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, contando con los pronunciamientos de la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 461-2012-OAJ/MVES, de la Gerencia de Rentas mediante Informe Nº 272-2012- GR/MVES y la Comisión de Rentas y Fiscalización mediante Dictamen Nº 07-2012 -CRF/MVES; el Concejo Municipal, luego del debate correspondiente y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de Acta, el Pleno del Concejo Municipal aprobó POR MAYORIA la siguiente: ORDENANZA QUE FIJA TOPE EN EL INCREMENTO DEL ARBITRIO MUNICIPAL DE RECOLECCION DE RESIDUOS SOLIDOS (LIMPIEZA PÚBLICA) PARA EL EJERCICIO 2013 Artículo Primero.- FIJAR el Tope del 20% a los predios destinados a las Actividades Industriales y 10 % a los predios destinados a las Actividades Comerciales, en cuanto a los incrementos por las Tasas del Arbitrio Municipal de Recolección de Residuos Sólidos (Limpieza Pública) establecidas en la Ordenanza Nº 258-MVES, modifi cada por la Ordenanza Nº 263-MVES respecto a las aplicadas en el año 2012, para dicho Arbitrio, benefi ciando a los predios que registran incrementos en sus Tasas de afectación. Artículo Segundo.- FACULTESE al Sr. Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía pueda dictar las normas complementarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ESTABLECER que el Subsidio generado por la aplicación de la presente Ordenanza será asumido íntegramente por la Municipalidad. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas, a la Ofi cina General de Administración y a la Sub Gerencia de la Unidad de Desarrollo Institucional, Tecnología de la Información y Estadística, el cumplimiento