Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (30/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 92

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 30 de diciembre de 2012 484834 y Rentas, y la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Concejo Municipal, aprobó por UNANIMIDAD, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 487-MDMM que Actualiza el monto de Emisión Mecanizada 2012 del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, ratifi cada mediante el Acuerdo de Consejo Nº 420 publicado en el diario El peruano con fecha 27 de marzo de 2012, manteniéndose el monto para el ejercicio fi scal 2013 en: • S/. 5.19 (Cinco y 19/100 nuevos soles) el monto anual del derecho por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2013, incluida su distribución a domicilio. • S/.0.23 (veintitrés céntimos de nuevo sol), por cada predio adicional. Artículo Segundo.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del 1º de enero del 2013. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y al Departamento de Informática y Estadística, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- Póngase a conocimiento de los interesados, que el texto íntegro de la ordenanza y el acuerdo ratifi catorio se encuentran publicados en el portal de la Municipalidad de Magdalena del Mar www. munimagdalena.gob.pe y el portal del Servicio de Administración Tributaria – SAT, página web www.sat. gob.pe. Artículo Sexto.- Deróguese toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 883797-1 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 208-MDPP que otorga Beneficios Tributarios y no Tributarios en el distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 010-2012/MDPP Puente Piedra, 28 de diciembre del 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA VISTO: el Informe Nº 274-2012-GAT/MDPP de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 375-2012/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y el Memorándum Nº 910-2012-GM/MDPP de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo la Alcaldía el órgano ejecutivo de la Municipalidad, con las funciones y atribuciones que le señala la ley; Que, mediante Ordenanza Nº 208 publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 01 de diciembre de 2012, se aprobó el Otorgamiento de Benefi cios Tributarios y no Tributarios en la jurisdicción de Puente Piedra, por medio del cual se establecieron una serie de disposiciones con la fi nalidad de incentivar el pago de obligaciones por parte de los contribuyentes de nuestro distrito; Que, en la Quinta Disposición Final de la mencionada Ordenanza, se faculta al señor Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuación y mejor aplicación de la presente Ordenanza, así como para establecer la prórroga en la vigencia de la misma; Que, mediante Informe Nº 059-2012-SGREC/GAT/ MDPP de fecha 18 de diciembre del 2012, la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva, informa que estando por culminar el Otorgamiento de Benefi cios Tributarios y no Tributarios en la jurisdicción de Puente Piedra, establecido en la Ordenanza Nº 208-CDPP, y teniendo en cuenta que muchos de los contribuyentes aún no han tenido la oportunidad de cumplir con sus obligaciones tributarias, se hace necesario prorrogar dicho plazo hasta el 31 de enero del 2013; Que, estando a lo expuesto, con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica, la Gerencia de Administración Tributaria y en uso de las facultades conferidas al Señor Alcalde en el Artículo 20º numeral 6 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de enero de 2013, la vigencia de la Ordenanza Nº 208-MDPP que “Otorga Benefi cios Tributarios y No Tributarios en la Jurisdicción de Puente Piedra” fecha de vencimiento de los benefi cios establecidos en la Ordenanza Nº 201-2012/ MDPP. Artículo Segundo.- DISPONER que el presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía y a la Gerencia Municipal su supervisión. Regístrese, publíquese y cúmplase. ESTEBAN F. MONZON FERNANDEZ Alcalde 883801-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Modifican anexos de la Ordenanza Nº 240-MDSM que declara de interés local el reajuste de especificaciones normativas de zonificación en el distrito de San Miguel ORDENANZA Nº 243-MDSM San Miguel, 20 de diciembre del 2012 El Concejo Municipal, en sesión ordinaria celebrada en la fecha: CONSIDERANDO: Que, el artículo 1º de la ordenanza Nº 240-MDSM declara de interés local el reajuste de especifi caciones normativas de zonifi cación en el Distrito de San Miguel, y el artículo 3º, modifi ca el ítem B:8 anexo Nº 02 Especifi caciones Normativas de la Zonifi cación correspondientes al Área de Tratamiento Normativo II de Lima Metropolitana- Distrito de San Miguel de la ordenanza Nº 1098-MML en los siguientes términos: ”Las actividades existentes en funcionamiento, localizadas de manera formal, podrán mantener el uso autorizado hasta por un plazo máximo de 60 (sesenta) meses, siempre que sean compatibles con el uso aprobado para la zona”, modifi cando a su