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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 7 de enero de 2012 458802 afectadas por el recorrido de la Línea de Transmisión de 64 kV Moyopampa – Tablero General de Distribución de Santa Rosa, a que se refi ere la Resolución Suprema Nº 4; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 623-2003- MEM/DM, publicada el 11 de octubre de 2003 en el Diario Ofi cial El Peruano, se extinguió la servidumbre sobre áreas afectadas por el recorrido de la Línea de Transmisión de 64 kV Moyopampa – Punto de Bifurcación en Campoy – Av. Argentina, a que se refi ere la Resolución Suprema Nº 4; Que, la Ofi cina Registral de Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, ha observado las solicitudes de levantamiento de servidumbre presentadas por algunos propietarios de predios que actualmente se localizan en la zona gravada con la servidumbre a que se refi ere la Resolución Suprema Nº 4, manifestando la entidad registral que las Resoluciones Ministeriales Nº 325-2003-MEM/DM y 623-2003-MEM/DM, se limitaron a extinguir la servidumbre que se impuso, únicamente, sobre los predios de los propietarios que motivaron la expedición de dichas Resoluciones Ministeriales; Que, en mérito a los documentos mencionados en el rubro Vistos y sus acompañados, considerando asimismo el Informe Nº 302-2011-DGE-DCE, de fecha 17 de noviembre de 2011, resulta necesario complementar las Resoluciones Ministeriales Nº 325-2003-MEM/DM y Nº 623-2003-MEM/DM, para dejar establecido que se declara extinguida la servidumbre a que se refi ere la Resolución Suprema Nº 4, sobre todos los predios que fueron afectados por las instalaciones eléctricas mencionadas en la Resolución Suprema Nº 4; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar extinguida la servidumbre a que se refi ere la Resolución Suprema Nº 4, de fecha 21 de mayo de 1954, quedando liberados del gravamen la totalidad de predios que fueron afectados por las instalaciones eléctricas mencionadas en dicha Resolución Suprema. Artículo 2º.- La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 738395-1 PRODUCE Aceptan renuncia y designan Secretario Técnico de la Comisión de Lucha contra los Delitos Aduaneros y la Piratería RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 013-2012-PRODUCE Lima, 6 de enero de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 135-2007- PRODUCE de fecha 22 de mayo de 2007, se designó al señor GONZALO ANTONIO DE LA PIEDRA HIGUERAS como Secretario Técnico de la Comisión de Lucha contra los Delitos Aduaneros y la Piratería; Que, el referido funcionario ha presentado renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que corresponde dictar el acto de administración por el cual se acepte dicha renuncia; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 27595, Ley de lucha contra los Delitos Aduaneros y la Piratería; el Decreto Legislativo Nº 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y, el Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia formulada por el señor GONZALO ANTONIO DE LA PIEDRA HIGUERAS como Secretario Técnico de la Comisión de Lucha contra los Delitos Aduaneros y la Piratería, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ URQUIZO MAGGIA Ministro de la Producción 738377-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 014-2012-PRODUCE Lima, 6 de enero de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 27595 se creó la Comisión de Lucha contra el Contrabando y la Defraudación de Rentas de Aduanas, cuya denominación actual es Comisión de Lucha contra los Delitos Aduaneros y la Piratería, conforme a lo dispuesto mediante Ley N° 28289; Que, el artículo 2° de la norma en mención, modifi cada por Ley N° 29013, Ley que modifi ca la conformación de la Comisión de Lucha contra los Delitos Aduaneros y la Piratería, establece que el Ministerio de la Producción asume la Secretaría Técnica de la Comisión, siendo que mediante Resolución del Presidente de la Comisión se designa al Secretario Técnico; Que, en tal sentido, resulta conveniente designar al funcionario que se desempeñará como Secretario Técnico de la Comisión de Lucha contra los Delitos Aduaneros y la Piratería; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 27595, Ley de lucha contra los Delitos Aduaneros y la Piratería; el Decreto Legislativo Nº 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y, el Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha, al señor JORGE WASHINGTON CARDENAS SAEZ como Secretario Técnico de la Comisión de Lucha contra los Delitos Aduaneros y la Piratería. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ URQUIZO MAGGIA Ministro de la Producción 738377-2 Aprueban modelo de “Convenio de Fiel y Cabal Cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Resolución Ministerial N° 415-2011- PRODUCE que establece el Régimen Provisional de Pesca del Recurso Merluza correspondiente al año 2012” RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 001-2012-PRODUCE/DIGSECOVI Lima, 4 de enero del 2012