Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2012 (07/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, sabado 7 de enero de 2012

NORMAS LEGALES

458803

VISTO: El Informe Tecnico N° 03-2012-PRODUCE/DIGSECOVIDif de fecha 02 de enero del 2012 y los modelos de "Convenio de Fiel y Cabal Cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Resolucion Ministerial N° 415-2011-PRODUCE que establece el Regimen Provisional de Pesca del Recurso Merluza correspondiente al ano 2012." CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Ministerial N° 415-2011PRODUCE publicada el dia 30 de diciembre del 2011 se establecio el Regimen Provisional de Pesca del Recurso Merluza para el ano 2012, autorizando la actividad extractiva del recurso merluza desde las 00:00 horas del dia 01 de enero del 2012 en el area maritima comprendida desde el extremo norte del dominio maritimo del Peru y las 06°00' Latitud Sur, siendo que la vigencia del mencionado Regimen Provisional de Pesca sera hasta el 31 de diciembre del 2012; Que, segun el literal a.2) del articulo 6° de la Resolucion Ministerial N° 415-2011-PRODUCE, el titular del permiso de pesca de la embarcacion arrastrera debera suscribir un convenio de fiel y cabal cumplimiento de las disposiciones contenidas en dicha Resolucion con la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia (DIGSECOVI), el que podra ser suscrito con la Direccion Regional de la Produccion con competencia pesquera de su jurisdiccion, debiendo esta MORDAZA remitir a la DIGSECOVI los convenios originales que hayan sido suscritos; Que, asimismo en el literal b.1) del articulo 6° de la Resolucion Ministerial mencionada en el considerando precedente establecio que los titulares de las plantas de procesamiento que cuenten con licencia de operacion vigente para consumo humano directo que decidan procesar el recurso merluza en el MORDAZA del presente Regimen Provisional deberan suscribir un convenio de fiel y cabal cumplimiento de las disposiciones contenidas en dicha Resolucion Ministerial con la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia, el que podra ser suscrito en la Direccion Regional con competencia pesquera de la jurisdiccion debiendo esta MORDAZA remitir a la DIGSECOVI los convenios originales que hayan sido suscritos; Que, el articulo 14° de la Resolucion Ministerial N° 415-2011-PRODUCE dispone que la DIGSECOVI es la encargada de publicar los modelos de convenio de fiel y cabal cumplimiento que suscriban con los titulares de los permisos de pesca y con los titulares de los establecimientos industriales pesqueros que decidan participar en el Regimen Provisional de Pesca del recurso merluza; Que, conforme lo establece el articulo 16° de la citada Resolucion Ministerial, las personas naturales o juridicas que hayan suscrito los convenios de fiel y cabal cumplimiento, estan sujetas en caso de incumplimiento a todas las penalidades pactadas en dichos convenios, sin perjuicio de las sanciones que correspondan aplicar conforme a ley y demas normas que conforman el ordenamiento juridico pesquero; Que en tal sentido, resulta necesario aprobar los modelos de convenio correspondientes, los cuales tienen como finalidad puntualizar las obligaciones que devienen de las operaciones de pesca y del procesamiento pesquero teniendo como materia prima el recurso merluza durante el tiempo de vigencia del Regimen Provisional de Pesca del Recurso Merluza; De conformidad con lo establecido en la Resolucion Ministerial N° 415-2011-PRODUCE y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2006PRODUCE SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar el modelo de "Convenio de Fiel y Cabal Cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Resolucion Ministerial N° 415-2011-PRODUCE que establece el Regimen Provisional de Pesca del Recurso Merluza correspondiente al ano 2012", que suscribira el titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera arrastrera con permiso de pesca para el recurso merluza, que decida participar en el citado Regimen Provisional,

el mismo que en Anexo 1, forma parte integrante de la presente resolucion directoral. Articulo 2°.- Aprobar el modelo de "Convenio de Fiel y Cabal Cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Resolucion Ministerial N° 415-2011-PRODUCE que establece el Regimen Provisional de Pesca del Recurso Merluza correspondiente al ano 2012", que suscribira el titular de la planta de procesamiento que cuente con licencia de operacion vigente para consumo humano directo, que decida participar en el citado Regimen Provisional, el mismo que en Anexo 2, forma parte integrante de la presente resolucion directoral. Articulo 3°.- Disponer la publicacion del texto integro de los modelos de convenios mencionados en los articulos precedentes de la presente resolucion directoral, en el MORDAZA institucional del Ministerio de la Produccion. Articulo 4°.- Los armadores y los titulares de los establecimientos industriales pesqueros (EIP) o sus representantes legales podran apersonarse a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia o la Direccion Regional con competencia pesquera de su jurisdiccion, para la suscripcion del convenio correspondiente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Seguimento, Control y Vigilancia 738378-1

SALUD
Aceptan renuncia y encargan funciones de Director General del Hospital "Maria Auxiliadora" de la Direccion de Salud II MORDAZA Sur
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 020-2012/MINSA MORDAZA, 6 de enero del 2012 Visto, el Expediente N° 12-001108-001 que contiene el Oficio N° 0019-2012-DG-DISA-II-LS/MINSA suscrito por el Director General de la Direccion de Salud II MORDAZA Sur; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N° 532-2010/ MINSA, de fecha 25 de junio de 2010, se designo al Medico Cirujano MORDAZA MORDAZA Coello MORDAZA, en el cargo de Director de Programa Sectorial II, Nivel F4, en el Hospital "Maria Auxiliadora" de la Direccion de Salud II MORDAZA Sur del Ministerio de Salud; asi mismo, con Resolucion Ministerial N° 436-2011/MINSA, de fecha 31 de MORDAZA de 2011, se le encargo, las funciones de Director General, Nivel F-5, del citado establecimiento de salud; Que, mediante documento de visto el Director General de la Direccion de Salud II MORDAZA Sur manifiesta que el Medico Cirujano MORDAZA MORDAZA Coello MORDAZA ha formulado renuncia a los cargos que viene desempenando en el Hospital MORDAZA Auxiliadora; Que, en atencion a lo solicitado en el referido documento, resulta necesario atender el pedido formulado por el Director General de la Direccion de Salud II MORDAZA Sur y adoptar las acciones de personal que resulten pertinentes a fin de asegurar el normal funcionamiento del mencionado Hospital; Con el visado del Director General de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; en la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 276; en el Reglamento de la MORDAZA

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