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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 7 de enero de 2012 458805 De conformidad con la Ley N° Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo, en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y el numeral 8) del artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora Lucy Teresa Vásquez Vinces en el cargo de Directora Nacional del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANDRÉS VILLENA PETROSINO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 737938-4 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Aprueban Reglamento de Fraccionamiento de Deudas ante la Autoridad Portuaria Nacional RESOLUCIÓN DE ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 030-2011-APN/DIR Callao, 12 de diciembre de 2011 Visto el Informe Legal Nº 917-2011-APN/UAJ de fecha 16 de noviembre de 2011, emitido por la Unidad de Asesoría Jurídica de la APN, mediante el cual se recomienda aprobar el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas ante la Autoridad Portuaria Nacional; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27943, Ley del Sistema Portuaria Nacional (LSPN) establece en su artículo 19 que la Autoridad Portuaria Nacional (APN) es un Organismo Público Descentralizado encargado del Sistema Portuario Nacional, adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dependiente del Ministro, con personería jurídica de derecho público interno, patrimonio propio, y con autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y fi nanciera, y facultad normativa por delegación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el artículo 26 de la Ley del Sistema Portuario Nacional prescribe que constituyen recursos de la Autoridad Portuaria Nacional, entre otros, las tasas e ingresos que le correspondan; Que, el artículo 30 del Reglamento de la LSPN, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC, establece que las autorizaciones de uso de área acuática y franja ribereña a la vez que otorgan el derecho exclusivo y goce del área otorgada, generan la obligación de su titular de pagar a la Autoridad Portuaria competente, un derecho de vigencia anual; Que, el procedimiento para el cálculo y la determinación de los montos que deben pagar los administrados por derecho de vigencia anual derivados de autorizaciones de uso de área acuática y franja ribereña se encuentran regulados por el Decreto Supremo Nº 041-207-MTC; Que, el artículo 128 del Reglamento de la LSPN, prescribe que las infracciones tipifi cadas en el Reglamento del Régimen General de Infracciones y Sanciones para la Actividad Portuaria, podrán ser sancionadas con multas, suspensión, cancelación o inhabilitación. Por su parte, el artículo 129 de la citada norma precisa que los ingresos por multas serán recursos de la APN y serán destinados al mejoramiento de la infraestructura del Sistema Portuario Nacional; Que, para el caso de las deudas de naturaleza tributaria, de acuerdo con el artículo 36 del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, la Administración Tributaria se encuentra facultada a conceder aplazamiento y/o fraccionamiento para el pago de la deuda tributaria al deudor que así lo solicite; Que, para el caso de las deudas derivadas de multas administrativas, el artículo 30 del Reglamento de General de Infracciones y Sanciones para la Actividad Portuaria aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2008-MTC, establece que el sancionado podrá solicitar a la APN el pago fraccionado de la multa, siempre y cuando éste sea mayor a una (1) UIT; Que, es necesario establecer un Reglamento de Fraccionamiento de deudas tributarias y/o no tributarias, que permita contar con un procedimiento específi co al cual deberán adecuarse los administrados que soliciten acogerse al benefi cio de fraccionamiento respecto de las deudas tributarias y/o no tributarias que mantengan ante la APN; Que, mediante Acuerdo de Directorio Nº 1077-245- 22/11/2011/D de fecha 22 de noviembre de 2011, se aprobó el Reglamento de Fraccionamiento de Deuda ante la Autoridad Portuaria Nacional; Que, el Reglamento de Organización y Funciones de la APN, aprobado por Decreto Supremo Nº 034-2004-MTC, establece en su artículo 7, numeral 2, que es atribución del Directorio ejercer las atribuciones de la APN sobre la base de su sistema de funcionamiento, emitiendo las directivas y normativa necesarias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas ante la Autoridad Portuaria Nacional, el cual consta de seis (6) títulos y treinta y nueve (30) artículos, que consta en el Anexo de la presente Resolución. Artículo 2º.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 3º.- Publicar en el Portal Electrónico de la Autoridad Portuaria Nacional el anexo de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANK BOYLE ALVARADO Presidente del Directorio Autoridad Portuaria Nacional 737952-1 VIVIENDA Crean el Programa de Apoyo al Hábitat Rural DECRETO SUPREMO Nº 001-2012-VIVIENDA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la población nacional está distribuida de manera desigual en el territorio peruano, presentando una alta concentración en un reducido número de ciudades y por el contrario, alta dispersión en el ámbito rural, con 94,926 centros poblados rurales, de los cuales, el 85% tiene hasta 150 habitantes, los que en conjunto albergan una población de aproximadamente 2.5 millones de habitantes en 1 millón de viviendas; Que, la alta dispersión poblacional de hasta 150 habitantes, ha motivado una falta de atención por parte del Estado en lo que se refi ere al acceso a una vivienda adecuada, así como a los servicios de infraestructura y equipamiento, con la consiguiente limitación de posibilidades de desarrollo y agravamiento de los niveles de pobreza, refl ejada en las necesidades básicas insatisfechas; Que, en el ámbito rural, el défi cit habitacional cualitativo es de 97.8% que equivale a 639,036 viviendas, de las