Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2012 (07/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 7 de enero de 2012

la Ley MORDAZA de Aseguramiento Universal en Salud ­ Ley Nº 29344 y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 0082010-SA; Que, conforme a lo dispuesto en el inciso r) del articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNASA, aprobado por Decreto Supremo Nº 0092011-SA, es funcion del Consejo Directivo aprobar las normas que regulan los procedimientos de Atencion de los Reclamos y Quejas de los usuarios del AUS; Que, acorde con lo senalado en los incisos e) y w) del articulo 10º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNASA MORDAZA mencionado, es funcion del Despacho del Superintendente proponer al Consejo Directivo, para su aprobacion, las normas relacionadas con el MORDAZA de AUS, en materia de su competencia, de acuerdo al MORDAZA legal vigente, asi como expedir Resoluciones que le correspondan en cumplimiento de los acuerdos del Consejo Directivo; Con el visado del Superintendente Adjunto, de la Intendencia de Regulacion, Autorizacion y Registro, y de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, Estando a lo acordado por el Consejo Directivo en Sesion Ordinaria Nº 014-2011-CD/SUNASA de fecha 21 de MORDAZA de 2011 y ratificado en Sesion Ordinaria Nº 0232011-CD/SUNASA de fecha 13 de diciembre de 2011; asi como a las facultades conferidas por las normas precedentemente citadas. SE RESUELVE: Articulo 1º.- APROBAR el "Reglamento General para la Atencion de los Reclamos y Quejas de Usuarios de las IAFAS e IPRESS", que consta de tres (03) Titulos, cuarenta y cuatro (44) articulos, dos (2) Disposiciones Complementarias Transitorias y tres (03) Anexos, cuyo texto forma parte de la presente Resolucion: Anexo 1: Tabla de Clasificacion de Causas de Reclamos. Anexo 2: Formato del Reporte Mensual de Reclamos y su Instructivo (Anexo 2A). Anexo 3: Formato de Ficha de Reclamo en Salud. Articulo 2º.- El Superintendente dictara las disposiciones complementarias que resulten necesarias para el mejor cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion, pudiendo precisarla en sus alcances, asi como actualizar sus Anexos dando cuenta de ello al Consejo Directivo de la SUNASA. Articulo 3º.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. En la misma fecha, seran publicados en el MORDAZA web institucional de la SUNASA (www.sunasa. gob.pe), el Reglamento General para la Atencion de los Reclamos y Quejas de Usuarios de las IAFAS e IPRESS y sus anexos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente 737790-1

del 20 de diciembre de 2011 de la Oficina General de Asesoria Juridica; y CONSIDERANDO: Que, mediante el articulo 9º de la Ley de MORDAZA de Aseguramiento Universal en Salud, Ley Nº 29344, se crea la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud (SUNASA) sobre la base de la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud (SEPS) como el organismo publico tecnico especializado, adscrito al Ministerio de Salud, con autonomia tecnica, funcional, administrativa, economica y financiera, encargado de registrar, autorizar, supervisar y regular a las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS); Que, el articulo 7º de la Ley enumera a las IAFAS encargadas de administrar los fondos destinados al financiamiento de prestaciones de salud u ofrecer coberturas de riesgos de salud a sus afiliados, entre las que se encuentra el Seguro Integral de Salud (SIS), Seguro Social de Salud (EsSalud), Sanidades de las Fuerzas Armadas, Sanidad de la Policia Nacional del Peru, Entidades Prestadoras de Salud (EPS), Companias de Seguros Privados de Salud, Entidades de Salud que oferten servicios de salud prepagadas, Autoseguros y Fondos de Salud, y otras modalidades de aseguramiento publicos, privados o mixtos distintas a las senaladas anteriormente; Que, el articulo 10º del Reglamento de la Ley Nº 29344, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2010-SA, define a las IAFAS como instituciones o empresas publicas privadas o mixtas, creadas o por crearse como personas juridicas que tienen como objetivo la captacion y gestion de fondos para el aseguramiento de las prestaciones de salud incluidas en los planes que ofertan; siendo que para su constitucion estan obligadas a solicitar su autorizacion de organizacion y funcionamiento, asi como su registro ante la SUNASA; Que, el articulo 12º del citado Reglamento dispone que las IAFAS, segun su naturaleza deberan solicitar a la SUNASA, se le otorgue Autorizacion de Organizacion, para lo cual deberan cumplir con los requisitos que determine la SUNASA; asimismo, corresponde a la SUNASA definir por MORDAZA el MORDAZA de otorgamiento de la Autorizacion de Organizacion; Que, el articulo 13º del Reglamento senala que los organizadores de las IAFAS deberan solicitar a la SUNASA su Autorizacion de Funcionamiento, encontrandose exceptuadas de dicho tramite las IAFAS publicas creadas por Ley; Que, la Novena Disposicion Complementaria Transitoria del Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2010-SA, establece que las IAFAS existentes a la vigencia de dicho Reglamento, incluidos EsSalud, el SIS y los Fondos de Aseguramiento en Salud de las Fuerzas Armadas y Policiales, quedaran registradas como tales de pleno derecho y comprendidas en el ambito de supervision de la SUNASA, sin perjuicio de las normas de implementacion que esta establezca; Que, en atencion a lo expuesto, resulta imperativo precisar y desarrollar con mayor detalle los requisitos necesarios y los procedimientos aplicables para el otorgamiento de la Autorizacion de Organizacion y Funcionamiento, asi como implementar el Registro de IAFAS; Que, conforme a lo dispuesto en el inciso n) del articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNASA, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2011SA, en concordancia con los literales c) y m) del articulo 47º del Reglamento de la Ley Nº 29344, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2010-SA, es funcion del Consejo Directivo aprobar los Reglamentos para el ejercicio de la funcion de Registro y Autorizacion de la SUNASA; Que, acorde con lo senalado en los incisos e) y w) del articulo 10º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNASA MORDAZA mencionado, es funcion del Despacho del Superintendente proponer al Consejo Directivo, para su aprobacion, las normas relacionadas con el MORDAZA de AUS, en materia de su competencia, de acuerdo al MORDAZA legal vigente, asi como expedir Resoluciones que le correspondan en cumplimiento de los acuerdos del Consejo Directivo;

Aprueban Reglamento de Autorizacion de Organizacion, Funcionamiento y Registro de las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 161-2011-SUNASA/CD MORDAZA, 20 de diciembre de 2011 VISTOS: El Informe Nº 00329-2011/IRAR del 12 de diciembre de 2011 de la Intendencia de Regulacion, Autorizacion y Registro, el Informe Juridico Nº 007-2011-SUNASA/OGAJ

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