Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2012 (07/01/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 24

458810

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 7 de enero de 2012

Operaciones del Programa Generacion de Suelo MORDAZA, en un plazo no mayor de sesenta (60) dias habiles, contado a partir del dia siguiente de la publicacion del presente Decreto Supremo. En tanto culmine la elaboracion y aprobacion del Manual de Operaciones del Programa Generacion de Suelo MORDAZA, se aplicara el Manual de Operaciones y demas instrumentos del Programa Mi Lote. Segunda.- Normas complementarias El Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento dictara las normas complementarias para la mejor aplicacion del presente Decreto Supremo. Tercera.- Continuidad administrativa El Programa Generacion de Suelo MORDAZA, se establece sobre la base del Programa Mi Lote, manteniendose la continuidad de la actividad administrativa y presupuestaria. Toda referencia al Programa Mi Lote se entiende realizada al Programa Generacion de Suelo MORDAZA, el cual asume el integro de sus obligaciones y derechos. Cuarta.- Programa Presupuestal El Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, en un plazo no mayor de noventa (90) dias calendario contado a partir de la entrada en vigencia de la presente MORDAZA, remitira a la Direccion General de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas el diseno del Programa Presupuestal con Enfoque de Resultados del Programa Generacion de Suelo MORDAZA, en el MORDAZA de los lineamientos para el diseno y formulacion de programas Presupuestales con Enfoque de Resultados, dispuestos en la Resolucion Directoral Nº 002-2011EF/76.01. Dado, en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los seis dias del mes de enero del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA VALDES DANCUART Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 738396-5

concurrente de los tres niveles de gobierno y la comunidad, a fin de contribuir a resolver las carencias y problematica de los MORDAZA urbano-marginales; Que, la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo consagra el MORDAZA de servicio al ciudadano por el cual las entidades del Gobierno Nacional estan al servicio de las personas y de la sociedad, actuan en funcion a sus necesidades, asi como del interes general de la Nacion, asegurando que su actividad se realice entre otros, con arreglo a la prevencion como gestion para enfrentar los riesgos que afecten la MORDAZA de las personas y para asegurar la prestacion de los servicios fundamentales; Que, el articulo 38 de la referida Ley, establece que los programas son estructuras funcionales creadas para atender un problema o situacion critica, o implementar una politica publica especifica en el ambito de competencia de la entidad a la que pertenecen; En uso de la facultad conferida por el numeral 8 del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru y de conformidad con la Ley N° 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Creacion del Programa Mejoramiento Integral de MORDAZA Crease el Programa Mejoramiento Integral de MORDAZA en el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, bajo el ambito del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo, con el proposito de contribuir a mejorar la calidad de MORDAZA de la poblacion MORDAZA residente en MORDAZA urbanomarginales, mediante la actuacion coordinada y concurrente del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, las Municipalidades y la Comunidad Barrial. Articulo 2º.- Objetivos del Programa Son objetivos del Programa: 2.1. Intervenciones fisicas: Dotar o complementar, de manera integral, los servicios de infraestructura y de equipamiento a los MORDAZA MORDAZA marginales. 2.2 Acompanamiento Social: Estimular los procesos de organizacion social y de desarrollo comunitario que aseguren la participacion, empoderamiento y emprendimiento de la comunidad asentada en los MORDAZA urbano-marginales. 2.3 Acompanamiento Institucional: Contribuir a fortalecer las capacidades o conocimientos, habilidades y actitudes de los gobiernos subnacionales, fundamentalmente locales, relacionadas con las materias inherentes al desarrollo del Programa de Mejoramiento Integral de Barrios. Articulo Programa 3º.Ambitos de intervencion del

Crean el Programa Integral de MORDAZA

Mejoramiento

DECRETO SUPREMO Nº 004-2012-VIVIENDA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, aproximadamente el 43.9% de la poblacion MORDAZA, equivalente a 9 136 000 habitantes, residen en MORDAZA urbano-marginales, caracterizados por su nivel de pobreza monetaria y no monetaria, carentes de servicios de infraestructura y de equipamiento; Que la experiencia nacional en materia de intervenciones integrales obtenida a partir del desarrollo de proyectos pilotos a nivel nacional, frente a las intervenciones aisladas, evidencia mejoras significativas en la calidad de MORDAZA de la poblacion asentada en MORDAZA urbano-marginales en terminos materiales, sociales y ambientales; Que, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento de conformidad con su Ley N° 27792, Ley de Organizacion y Funciones, es el ente rector de los asuntos de vivienda, urbanismo, desarrollo MORDAZA, construccion de infraestructura y saneamiento, para lo cual formula, aprueba, dirige, evalua, regula y supervisa las politicas de alcance nacional en dichas materias; Que, en el MORDAZA de las competencias a que se refiere el considerando precedente, resulta necesario crear un Programa destinado a la actuacion coordinada y

3.1 Los ambitos de intervencion del Programa seran los MORDAZA urbano-marginales en ciudades de mas de 20,000 habitantes. Por excepcion, aprobada por Resolucion Ministerial del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, se podra intervenir en otros ambitos urbanos, fundamentalmente, para el desarrollo de espacios publicos para el peaton. 3.2 Se accede al Programa, unica y exclusivamente, mediante postulacion concursal, segun criterios de elegibilidad socioeconomica, MORDAZA, dominial, ambiental y nivel de formulacion de proyecto. 3.3 Son requisitos indispensables para acceder al Programa, el que al menos el ochenta (80) por ciento de la poblacion del barrio urbano-marginal a ser beneficiario sea calificado como elegible segun el Sistema de Focalizacion de Hogares, presentarse de manera asociada y el que la solicitud de postulacion sea presentada por la organizacion que agrupa tanto a la comunidad MORDAZA como a la municipalidad correspondiente. Articulo 4º.- De la Direccion del Programa El Programa Mejoramiento Integral de MORDAZA estara a cargo de un Director Ejecutivo, designado mediante

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.