Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2012 (05/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 88

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 5 de MORDAZA de 2012

Que, el Reglamento de la Ley General de Residuos Solidos, aprobado por Decreto Supremo N° 057-2004PCM, senala en el Articulo 8° numeral 2) que a las municipalidades distritales les corresponde asegurar una adecuada prestacion del servicio de limpieza, recoleccion y transporte de residuos en su jurisdiccion, debiendo garantizar la adecuada disposicion final de los mismos; Que, mediante Ordenanza N° 295-MML, de fecha 27/10/2000, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA creo el Sistema Metropolitano de Gestion de Residuos Solidos, siendo objeto de la misma establecer las disposiciones que rigen los aspectos tecnicos y administrativos del Sistema Metropolitano de Gestion de Residuos Solidos y determinar las responsabilidades de las personas naturales y juridicas de derecho publico y privado que desarrollan actividades vinculadas a la gestion de residuos solidos, estableciendose en su Articulo 2° que la misma es de cumplimiento obligatorio por las Municipalidades Distritales integrantes de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, por quienes generan residuos solidos en la provincia de MORDAZA y por las personas naturales y juridicas de derecho publico y privado que desarrollan actividades vinculadas a la gestion de residuos solidos; Que, por Ley N° 29419 de fecha 07/11/2009 se aprobo la ley que regula la actividad de los recicladores, estableciendo que los gobiernos locales provinciales y distritales deben encargarse de establecer las politicas y medidas destinadas a la gestion ecologicamente eficiente de los residuos solidos en su respectiva jurisdiccion; Que, mediante Ordenanza N° 154 de fecha 27/10/2008 se aprobo la Politica Ambiental Local, el Sistema Local de Gestion Ambiental y crea la Comision Ambiental Municipal del distrito de San MORDAZA de Lurigancho, con la finalidad de establecer los mecanismos de coordinacion necesarios que permitan definir normas, lineamientos y disposiciones para articular las diversas organizaciones y acciones hacia el fortalecimiento de una gestion ambiental orientada hacia el desarrollo humano sostenible, a fin de mejorar la calidad de MORDAZA de la poblacion; Que, mediante Ordenanza N° 155 de fecha 27/11/2008 se aprobo el Diagnostico Ambiental Local, el Plan de Accion Ambiental y la Agenda Ambiental Local del distrito de San MORDAZA de Lurigancho, cuya finalidad es dotar de un MORDAZA legal MORDAZA y especifico en materia de gestion ambiental; Que, mediante Ordenanza N° 196 de fecha 18/07/2010 la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho aprobo el Plan de Manejo de Residuos Solidos del distrito de San MORDAZA de Lurigancho; Que habiendo actualizado el diagnostico y el Estudio de Caracterizacion de Residuos Solidos en los meses de febrero y marzo del presente ano, es necesario actualizar el Plan de Manejo de Residuos Solidos, para lograr una adecuada gestion que permitira establecer objetivos, estrategias y metas necesarias en el corto y mediano plazo, asegurando un eficiente servicio de limpieza publica, desde la generacion hasta la disposicion final de los residuos solidos. Estando a lo expuesto precedentemente, en uso de las facultades conferidas por el Articulo 9° Numeral 8) y 9) de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el MORDAZA Unanime del Concejo Municipal y, con la dispensa del tramite de lectura y de aprobacion del acta; se aprobo lo siguiente:

Corporacion Municipal en la misma fecha de su publicacion oficial. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

809209-1

Suspenden el otorgamiento de autorizaciones para brindar servicio publico de transporte especial de pasajeros en vehiculos menores a nuevas personas juridicas
ORDENANZA Nº 234
San MORDAZA de Lurigancho, 25 de junio de 2012 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO Visto en la Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha el Memorandum Nº 741-2012-GM/MDSJL de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 232-2012-GAJ/MDSJL de la Gerencia de Asesoria juridica y el Informe Nº 214-2012SGTTV-GDE/MDSJL de la Subgerencia de Transporte, MORDAZA y Vialidad y, CONSIDERANDO: Que, Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de Gobierno Local, con autonomia Politica, Economica y Administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 preceptua que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion; Que, mediante Ordenanza N° 015 de fecha 5 de agosto de 2000, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" con fecha 31 de agosto de 2000, se aprueba el reglamento de Servicio Publico de Transporte Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores, la cual establece en su Articulo 6° que el numero de vehiculos autorizados para prestar Servicio en una MORDAZA establecida por la Autoridad sera determinada previo estudio tecnico. Y en su Art.32 se establece que no se otorgaran autorizaciones excepcionales o Provisionales por ningun motivo; Que, en la Primera Disposicion Complementaria y Transitoria de la Ordenanza N° 015, se faculta al Senor MORDAZA para que apruebe mediante Decreto las Disposiciones Complementarias necesarias para la mejor aplicacion y cumplimiento de la presente Ordenanza; Que, mediante Ordenanza N° 034 de fecha 19 de MORDAZA de 2004, mediante el cual se Modifica el Reglamento de Servicio Publico de Transporte Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores y el Reglamento para la Aplicacion de Sancion por Infraccion a Disposiciones que regulan dicho servicio, senala en su Tercera Disposicion Complementaria Transitorias que No se otorgaran autorizaciones a personas juridicas para la prestacion del Servicio Publico de Transporte Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores en zonas de trabajo cuya demanda de flota vehicular ya se encuentre cubierta segun lo establecido en el estudio tecnico; Que, mediante Decreto de Alcaldia N° 010 de fecha 06 de octubre de 2005, publicado en el diario "El Peruano" con fecha 10 de marzo de 2006, la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho aprueba el "Estudio Tecnico de Determinacion de la flota Vehicular segun la Demanda del Servicio Publico de Pasajeros en Vehiculos Menores en el Distrito de San MORDAZA de Lurigancho", elaborado por la Gerencia de Desarrollo Urbano; Que, mediante Decreto de Alcaldia N° 017 del 15 de

ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SOLIDOS DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Articulo Primero.- Aprobar el Plan de Manejo de Residuos Solidos (PMRS) del distrito de San MORDAZA de Lurigancho, periodo 2012 ­ 2016, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- Dejar sin efecto cualquier normatividad que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Servicios a la MORDAZA, a traves de la Sub Gerencia de Limpieza Publica el cumplimiento del Plan referido en el articulo primero, con la activa participacion de las demas Gerencias y Sub Gerencias de la Municipalidad. Articulo Cuarto.- Las actualizaciones del Plan referido en el articulo primero para la aplicacion de la presente Ordenanza, seran dictadas mediante Decreto de Alcaldia. Articulo Quinto.- Disponer la publicacion del anexo de la presente Ordenanza en el MORDAZA Electronico de esta

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