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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 5 de julio de 2012 470062 POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria del Concejo de fecha 26 de junio de 2012, el Dictamen N° 66-2012-MML-CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano Vivienda y Nomenclatura; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE PUCUSANA APROBADO POR LA ORDENANZA Nº 1086-MML Artículo Primero.- Modifi car el Plano de Zonifi cación del Distrito de Pucusana, Provincia y Departamento de Lima, aprobado mediante Ordenanza Nº 1086-MML publicada en el Diario El Peruano el 26 de octubre del 2007, de conformidad con lo detallado a continuación: 1.1. De Zona Agropecuaria – AP a Industria Liviana – I2 para el Terreno Rústico constituido por una sección del Fundo Quipa, denominado Parcela 3 (Sector Sur de la Parcela Matriz) de propiedad del Inmobiliaria LEBLON SAC. 1.2. De Residencial de Densidad Media – RDM a Industria Liviana – I2 para la Parcela A, Predio Rústico Fundo parte de la Parcela Uno del Fundo Quipa, y Parcela Nº 5, de propiedad del Sr. Joaquín Ormeño Cabrera. 1.3. De Residencial de Densidad Media – RDM a Industria Liviana – I2 para la Sub Parcela B de la Parcela Nº 1 del Predio Rústico del Fundo denominado Quipa, de la Sucesión Testamentaria del Sr. Jaime Carlos Segovia Otero. 1.4. De Zona Agropecuaria – AP a Industria Liviana – I2 y Residencial de Densidad Media – RDM para el Lote 2 Fundo Colorado, Unidad Catastral Nº 24178, de propiedad del Sr. Raúl Lostaunau del Solar. Artículo Segundo.- Disponer que en el proceso de Habilitación Urbana y/o Licencia de Edifi cación correspondientes, los propietarios de los predios antes mencionados, deberán cumplir con considerar una vía separadora de usos (franja arborizada) entre el uso industrial y el residencial, con una sección mínima de 3.00 ml., que servirán como áreas de amortiguamiento, a efectos de mitigar el impacto ambiental con los terrenos colindantes califi cados como Residencial de Densidad Media (RDM). Articulo Tercero.- Modifi car el Plano del Sistema Vial Metropolitano y el Anexo 2 de la Ordenanza N° 341-MML, en lo que respecta a las Vías Colectoras denominadas: Vía de Ingreso a Pucusana, tramo: Panamericana Sur – Av. Lima, con una sección vial normativa de 50.00 ml. de ancho; Av. Lima, tramo: Vía de Ingreso a Pucusana – Av. Leoncio Prado, con una sección vial de 22.00 ml.; Vía de Acceso a Litoral Norte, tramo: Panamericana Sur – Vía de Ingreso a Pucusana, con una sección vial de 30.00 ml.; Acceso Poseidón, tramo: Vía de Ingreso a Pucusana – Vía de Acceso a Litoral Norte, con una sección de 30.00 ml.; Separadora Usos, tramo: Vía de Ingreso a Pucusana – Panamericana Sur, con una sección de 61.00 ml.; Vía Colectora, tramo: Vía de Ingreso a Pucusana – Panamericana Sur, con una sección de 30.00 ml.; Vía Colectora, tramo: Vía Colectora s/n – Panamericana Sur, con una sección vial de 30.00 ml.; Vía Colectora Separadora, tramo: Vía Colectora s/n – Panamericana Sur, con una sección vial de 30.00 ml.; Vía Colectora, tramo: Vía de Ingreso a Pucusana – Vía Colectora s/n, con una sección vial de 35.00 ml.; Vía Colectora, tramo: Vía de Ingreso a Pucusana – Vía Colectora s/n, con una sección vial de 30.00 ml.; Vía de Interconexión Chilca, tramo: Vía de Ingreso a Pucusana – Limite Provincial Chilca, con una sección vial de 30.00 ml. , del Distrito de Pucusana, Provincia y Departamento de Lima, según se muestran en las Láminas Nos. 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08, 09, 10, 11 y 12 que como Anexo forman parte integrante del presente Ordenanza, las cuales podrán ser publicadas en el portal electrónico de la Municipalidad Metropolitana de Lima. (www.munlima.gob.pe) Artículo Cuarto.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planifi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el Plano de Zonifi cación del distrito de Pucusana, las modifi caciones aprobadas en el Artículo Primero de la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planifi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima efectuar las modifi caciones necesarias del Plano del Sistema Vial Metropolitano y de las Secciones Viales Normativas, de acuerdo a la modifi cación aprobada en el Artículo Tercero de la presente Ordenanza. Artículo Sexto.- Las entidades competentes de la Municipalidad Metropolitana de Lima y la Municipalidad Distrital de Pucusana, efectuarán el control urbano necesario para cautelar el Derecho de Vía aprobado, denegando cualquier solicitud que se efectúe sobre las áreas reservadas. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. En Lima, 26 de junio de 2012 SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE Alcaldesa 809158-1 Aprueban solicitud de regularización de habilitación urbana de terreno ubicado en el Cercado RESOLUCIÓN Nº 114- 2012- MML-GDU-SPHU Lima, 13 de junio de 2012 LA SUBGERENTE DE PLANEAMIENTO Y HABILITACIONES URBANAS VISTO, el Expediente N° 83724-2012 de fecha 07 de mayo de 2012, la empresa INMOBILIARIA PALCER SAC, solicitan la aprobación de la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada con Autorización de Obras Faltantes del terreno de 9,147.39 m², califi cado con zonifi cación Zona de Tratamiento Especial 3 - ZTE-3, ubicado en Jr. Amazonas (antes Callejón de Falco Martinete, jurisdicción del Cercado, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante Expediente N° 83724-2012, de fecha 07 de mayo de 2012 (fs.01 al 101), la empresa INMOBILIARIA PALCER SAC, debidamente representada por su Gerente General Rosanna Judith Benavidez Morazzani solicita la aprobación de la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada con Autorización de Obras Faltantes del terreno de 9,147.39 m², califi cado con zonifi cación Zona de Tratamiento Especial 3 - ZTE-3, ubicado en Jr. Amazonas (antes Callejón de Falco Martinete), jurisdicción del Cercado, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Informe Nº 162-2012-MML-GDU-SPHU, de fecha 14 de mayo de 2012 (fs. 102 a 105), la División de Control de Obras de ésta Subgerencia, concluye que se comunique a la administrada las observaciones detectadas a fi n de pueda subsanarlas otorgándosele para tal efecto un plazo de siete (07) días útiles, contados a partir de la recepción del presente, bajo apercibimiento de declarar en abandono el trámite, de conformidad a lo establecido en el Artículo 191º de la Ley de Procedimiento Administrativo General Nº 27444, por lo que se le comunica al administrado mediante Ofi cio N° 987-2012-MML-GDU-SPHU de fecha 15 de mayo de 2012, siendo recepcionado con fecha 16 de mayo de 2012; Que, a través del Documento Simple Nº 93683-12, de fecha 22 de mayo de 2012 (fs.109 al 144), el administrado cumple con adjuntar documentación a fi n de subsanar las observaciones formuladas por lo que se procede a evaluar lo presentado y encausa el procedimiento a Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada con Autorización de Obras Faltantes; Que, mediante Informe Nº 179-2012-MML-GDU-SPHU, de fecha 28 de mayo de 2012 (fs. 145 a 147), la División de Control de Obras de ésta Subgerencia, concluye que se comunique a la administrada las observaciones detectadas a fi n de pueda subsanarlas otorgándosele para tal efecto un plazo de tres (03) días útiles, contados a partir de la recepción del presente, bajo apercibimiento de declarar en abandono el trámite, de conformidad a lo establecido en