Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2012 (05/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano MORDAZA, jueves 5 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

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competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para la contribucion al desarrollo integral y sostenible de la region; sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificacion administrativa. Que, en concordancia con lo dispuesto en el inciso a) del articulo 15° de la Ley N° 27867- Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional tiene entre sus atribuciones aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de su competencia y funciones. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 018-2010GRU-CR aprobada en sesion ordinaria de fecha 21 de octubre del 2010, el Consejo Regional de Ucayali aprobo CONSTITUIR el Consejo Regional de Calificacion del Gobierno Regional de Ucayali, conforme su articulo primero, el que esta conformado por funcionarios del Gobierno Regional de Ucayali, Direccion Regional de Salud, MORDAZA de la Municipalidad Provincial del MORDAZA Portillo, Oficina Nacional de Pensiones, un representante del Ministerio del Interior y el Director de la Oficina de Cooperacion Tecnica Internacional del Gobierno Regional de Ucayali. Que, dentro de la conformacion de los miembros del senalado Consejo Regional de calificacion se encuentra "El MORDAZA de la Municipalidad Provincial de MORDAZA Portillo o su representante como representante de los Alcaldes de la Region". Que, mediante Oficio Nº 946-2011-GRU-P-GGRGRDS de fecha 11 de MORDAZA del 2011 y Oficio Nº 296-2011GRU-P de fecha 01 de agosto del 2011, asi como los demas anexos, se solicita la modificatoria de la Ordenanza Regional Nº 018-2010-GRU-CR de fecha 21 de octubre del 2011, en el extremo que debe decir "El MORDAZA de la Municipalidad Provincial de MORDAZA Portillo o el MORDAZA de otra Provincia y en su defecto un MORDAZA Distrital, como representante de los Alcaldes de la Region". El cual es corroborado con el Informe Legal Nº 003-2011-CR-GRU-AL-LBT de fecha 11 de agosto del 2011, que declara procedente la modificacion de la Ordenanza Regional Nº 018-2011-GRU-CR. Que en Sesion Extraordinaria de fecha 10 de noviembre del 2011 se aprobo con el MORDAZA unanime de sus Consejeros Regionales la Ordenanza Regional Nº 014-2011-GRU/ CR que MODIFICA el articulo primero de la Ordenanza Regional Nº 018-2010-GRU-CR de fecha 21 de octubre del 2010, debiendo tener el siguiente texto: CONSTITUIR a partir de la fecha, el Consejo Regional de Calificacion del Gobierno Regional de Ucayali, el cual estara conformado de la siguiente manera: - El Gerente Regional de Desarrollo Social en representacion del Presidente del Gobierno Regional, que lo presidira, - (...) El MORDAZA de la Municipalidad Provincial de MORDAZA Portillo o el MORDAZA de otra Provincia y en su defecto un MORDAZA Distrital, como representante de los Alcaldes de la Region (...); Ordenanza Regional que fuera observada por el senor Presidente del Gobierno Regional de Ucayali mediante Oficio Nº 011-2012GRU-P de fecha 12 de enero del presente ano, en merito a la Opinion Legal Nº 003-2012-GRU-P-GGR-ORAJ-OVAM de fecha 06 de enero del 2012 que senala que la redaccion de la ordenanza se contrapone a lo preceptuado en el Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 001-99-PCM, y atendiendo a que en la Region Ucayali no existe designado un Presidente de los Alcaldes Provinciales, debido a que la Asociacion de Municipalidades no se encuentra en funcionamiento, por lo que no corresponde efectuarse la modificatoria de la Ordenanza Regional Nº 018-2010-GRU/CR. Que, con la observacion planteada por el Ejecutivo Regional, mediante acuerdo regional Nº 005-2012 aprobado en sesion Ordinaria de fecha 24 de enero del 2012 se acordo derivar a la Comision de Asuntos Legales del Consejo la observacion planteada asi como la Ordenanza Regional Nº 014-2011-GRU/CR para su evaluacion y dictamen. Que, mediante Dictamen Nº 004-2012-GRUCRU-CAL de fecha 17 de MORDAZA del 2012 la Comision de Asuntos Legales del Consejo opino que no es procedente la observacion de la ordenanza regional Nº 014-2011-GRUCR, porque se estaria confundiendo en forma erronea lo que es El Consejo Regional de Calificacion y la Asociacion de Municipalidades del Peru (AMPE), a la que se refiere la opinion legal Nº 013-2012-GRU-P-GGR-ORAJ-OVAM, indicando ademas que a fin de evitar una interpretacion erronea de lo indicado en el articulo 1º de la ordenanza regional Nº 014-2011-GRU-CR, opina que se modifique su redaccion, por la que sigue a continuacion: Articulo 1º.- (...) "Un MORDAZA Provincial elegido entre ellos, o su represente (tambien elegido entre ellos), como representante de los Alcaldes de la Region" (...).

Que, de conformidad con las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado, Articulos 9° y 10° de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, modificada por las Leyes N° 27902, N° 28968 y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, el Consejo Regional de Ucayali en Sesion Ordinaria de fecha 19 de MORDAZA del 2012, aprobo por unanimidad la siguiente Ordenanza Regional. ORDENA: Articulo Primero.- MODIFICAR el articulo primero de la Ordenanza Regional Nº 018-2010-GRU-CR de fecha 21 de octubre del 2010, debiendo tener el siguiente texto: CONSTITUIR a partir de la fecha, el Consejo Regional de Calificacion del Gobierno Regional de Ucayali, el cual estara conformado de la siguiente manera: · El Gerente Regional de Desarrollo Social en representacion del Presidente del Gobierno Regional, que lo presidira. · El Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. · Un representante de la Direccion Regional de Salud de la Region Ucayali. · Un MORDAZA Provincial elegido entre ellos, o su represente (tambien elegido entre ellos), como representante de los Alcaldes de la Region". · Un representante de la Oficina de Normalizacion Previsional (ONP). · Un representante del Ministerio del Interior. · El Director de la Oficina de Cooperacion Tecnica Internacional del Gobierno Regional de Ucayali. Articulo Segundo.- DEJAR subsistentes los demas articulos de la Ordenanza Regional Nº 018-2010-GRU-CR de fecha 21 de octubre del 2010. Articulo Tercero.- ENCARGUESE a la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Ucayali, la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, en un diario de circulacion regional, asi como en el MORDAZA web del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe). Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Ucayali para su promulgacion. En Ucayali, a los diecinueve dias del mes de MORDAZA del ano dos mil doce. ORISON MORDAZA LEVEAU BARTRA Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Ucayali, a los veinte dias del mes de MORDAZA del ano dos mil doce. MORDAZA F. HENDERSON MORDAZA Presidente Regional (e)

809017-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Modifican el Plano de Zonificacion del distrito de Pucusana, aprobado por Ordenanza N° 1086-MML
ORDENANZA N°1614
LA ALCALDESA METROPOLITANA DE LIMA;

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