Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JULIO DEL AÑO 2012 (05/07/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 78

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 5 de julio de 2012 470056 lograr modos de convivencia entre hombres y mujeres con respeto, en libertad y paz, con igualdad de oportunidades. Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Extraordinaria Nº 14 - 2012, de fecha 06 de junio del 2012, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modifi catorias; Ha dado la Ordenanza siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE CREA EL SISTEMA REGIONAL DE PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DEL ACOSO ESCOLAR, LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER, NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES Artículo Primero.- Declárese de prioridad y necesidad pública regional, la atención a la problemática del acoso escolar y la violencia de género e intergeneracional contra las mujeres, niñas, niños y adolescentes, en el ámbito de la Región Piura, con el objetivo de brindarles la atención integral frente al maltrato, sensibilizando a los padres de familia, profesores y Directores de Instituciones Educativas, sobre la importancia del buen trato, promoviendo pautas de orientación personal que induzcan a cambios de actitudes y comportamiento de los menores para garantizar el desarrollo sostenible de la sociedad. Artículo Segundo.- Créase el Sistema Regional de Prevención y Atención del Acoso Escolar, la Violencia contra la Mujer, Niñas, Niños y Adolescentes, como un sistema intergubernamental de carácter intersectorial, que gestiona de manera concertada y articulada la formulación, implementación, seguimiento y evaluación de las políticas regionales y locales de atención integral de la violencia de género e intergeneracional contra las mujeres, niñas, niños y adolescentes, cuya fi nalidad es garantizar la protección, defensa y promoción del ejercicio pleno de los derechos de las mujeres, niñas, niños y adolescentes como personas. Artículo Tercero.- El Sistema Regional de Prevención y Atención del Acoso Escolar, la Violencia contra la Mujer, Niñas, Niños y Adolescentes, tiene por Objetivo General garantizar y proteger los derechos a la integridad y protección de mujeres, niños, niñas y adolescentes de la Región Piura; y como Objetivos Específi cos: a) Promover la articulación intergubernamental a nivel local, regional y nacional, para garantizar la promoción y protección de derechos a la integridad y protección de mujeres, niños, niñas y adolescentes con una activa participación de la sociedad civil, el sector privado y organismos cooperantes. b) Fortalecer la articulación de las instancias de gestión descentralizada de Salud, Educación, Trabajo, entre otros, desde el nivel regional hasta el nivel local, mejorando sus procesos de gestión para prevenir la violencia y atender a las víctimas de la violencia de género e intergeneracional. c) Afi anzar las capacidades de gestión institucional de los gestores de los servicios públicos de prevención, atención y rehabilitación de mujeres, niños, niñas y adolescentes víctimas de la violencia de género e intergeneracional, incorporando el enfoque de resultados en la mejora de la calidad y cobertura. d) Fortalecer la concertación interinstitucional entre los gestores de los servicios públicos, los actores de la sociedad civil y el sector privado, que coadyuven en la prevención, atención y rehabilitación de las víctimas de la violencia de género e intergeneracional. e) Promover y fortalecer la participación organizada y activa de la sociedad civil en la gestión y conducción de los servicios públicos de prevención, atención y rehabilitación de las víctimas de la violencia de género e intergeneracional, vigilando e incidiendo en la mejora de la calidad. Artículo Cuarto.- El Sistema Regional de Prevención y Atención del Acoso Escolar, la Violencia contra la Mujer, Niñas, Niños y Adolescentes, está bajo la rectoría de la Comisión de Alto Nivel presidida por la Gerencia Regional de Desarrollo Social, con la participación de los siguientes entes involucrados: A nivel Regional: • Gerencia Regional de Desarrollo Social, que presidirá la Comisión Regional de Alto Nivel. • Dirección Regional de Educación • Dirección Regional de Salud • Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo • Programa Nacional de Prevención y Atención de la Violencia Familiar y Sexual • Corte Superior de Justicia de Piura • Dirección Territorial de la Policía Nacional del Perú Piura. • Ministerio Público – Fiscalía de Piura. • Programas vinculados a la materia. • Organizaciones sociales, ONG y Sector Privado que contribuyen en la prevención, atención y rehabilitación. • Espacios de concertación regional temáticos. A nivel Local: • Municipalidades Provinciales y Distritales, a través de las Defensorías Municipales del Niño y el Adolescente - DEMUNA y Centro de Emergencia Mujer - CEM. • Unidad de Gestión Educativa Local - UGEL • Red y micro redes de Salud. • Colegio de Psicólogos del Perú – Piura. • Defensoría del Pueblo – Piura. • Organizaciones sociales, ONG y sector privado que contribuyen a la prevención, atención y rehabilitación. Artículo Quinto.- El Sistema Regional de Prevención y Atención del Acoso Escolar, la Violencia contra la Mujer, Niñas, Niños y Adolescentes, se organiza de la siguiente manera: • COMISION REGIONAL DE ALTO NIVEL.- es la máxima instancia deliberativa y de coordinación de acciones del Sistema. Se encargará de la implementación de las políticas y acciones. Estará conformada por actores del ámbito regional como sigue: Gobierno Nacional: Programa Nacional de Prevención y Atención de la Violencia Familiar y Sexual, Programa Nacional Wawa Wasi, Ministerio Público - Fiscalía Piura, Corte Superior de Justicia de Piura, Dirección Territorial de la Policía Nacional del Perú y otros programas nacionales vinculados a la materia. Gobierno Regional Piura: Gerencia Regional de Desarrollo Social, quien la presidirá, Dirección Regional de Educación, Dirección Regional de Salud y Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo y dos representantes de las Municipalidades Provinciales. Sociedad Civil y Espacios de Concertación: Organizaciones sociales, ONG y Sector Privado que contribuyen en la prevención, atención y rehabilitación, espacios de concertación regional temáticos- Comité Regional de Seguridad Ciudadana - CORESEC y otros espacios de concertación vinculados a la materia. • EQUIPO TECNICO REGIONAL .- Órgano responsable de la gestión concertada y articulada de las políticas públicas. Adscrita a la Gerencia Regional de Desarrollo Social y estará a cargo de un funcionario designado por el Presidente del Gobierno Regional Piura, así como por un representante de las áreas técnico- especializadas de la Dirección Regional de Educación, Dirección Regional de Salud, Dirección Regional de Trabajo, de Ministerio Público, de la Corte Superior de Justicia y de la Policía Nacional del Perú. • MESAS COOPERANTES .- Encargadas de formular estrategias de prevención, atención y rehabilitación de la violencia contra las mujeres, niñas, niños y adolescentes. Conformada por las Mesas Regional de Prevención y Atención de la Violencia Familiar, Comisión Regional de Lucha contra la Trata de Personas y Tráfi co Ilegal de Migrantes, Consejo Regional de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y otras vinculadas al tema. • COMISION LOCAL .- es la máxima instancia deliberativa y de coordinación de las acciones del Sistema a nivel local. Está conformada por: la Gerencia de Desarrollo Municipal de la Municipalidad Provincial y de la Distrital o la que haga sus veces, quien la presidirá, Centro de Emergencia Mujer, DEMUNA, Municipalidades Distritales, Programas Nacionales de ámbito provincial, Unidad de Gestión Educativa Local - UGEL, Centro de Salud o Red de Micro Salud, Gobernación, Organizaciones no Gubernamentales, y Organizaciones Sociales vinculadas al tema. • EQUIPO TECNICO LOCAL.- Recae en la Gerencia de Desarrollo Social Municipal y estará a cargo de un