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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JULIO DEL AÑO 2012 (05/07/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 85

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 5 de julio de 2012 470063 el Artículo 191º de la Ley de Procedimiento Administrativo General Nº 27444, por lo que se le comunica al administrado mediante Ofi cio N°1117-2012-MML-GDU-SPHU de fecha 30 de mayo de 2012 (fs.148), siendo recepcionado por la administrada con fecha 31de mayo de 2012; Que, con Documento Simple Nº 101897-12, de fecha 04 de junio de 2012 (fs.150 al 173), el administrado cumple con adjuntar documentación a fi n de subsanar las observaciones formuladas por lo que se procede a evaluar lo presentado; Que, mediante Informe Nº 199-2012-MML-GDU-SPHU, de fecha 07 de junio de 2012(fs. 174 al 178), la División de Control de Obras de esta Subgerencia manifi esta, que la presente Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada con Autorización de Obras Faltantes del terreno de 9,147.39 m², califi cado con zonifi cación Zona de Tratamiento Especial 3 - ZTE-3, ubicado en Jr. Amazonas (antes Callejón de Falco Martinete), jurisdicción del Cercado, cumple con los Planes Urbanos en lo referente a zonifi cación, por cuanto el predio materia de evaluación respeta la zonifi cación con la que se encuentra califi cada el predio como Zona de Tratamiento Especial 3 –ZTE 3, de conformidad a lo establecido en la Ordenanza N° 893-MML, asimismo de conformidad con el Art. 2º de la Ordenanza Nº 893-MML, para el área de Tratamiento Normativo IV, se aplicará el Anexo Nº 02, Cuadro Nº 01 de la misma Ordenanza, estableciendo como uso permitido el de Vivienda; a vías por cuanto el terreno no se encuentra afecto a una vía perteneciente al Sistema Vial Metropolitano, de conformidad a la Ordenanza N° 341- MML, sin embargo es preciso indicar que en la presente propuesta se están respetando las secciones viales aprobadas en las Habilitaciones Urbanas colindantes, que cuentan con Recepción de Obras conforme se indica en el Plano de Replanteo de Lotización L-01, por lo que en virtud a lo establecido en el Art. 12º de la Ordenanza Nº 341-MML y para determinar el alineamiento defi nitivo de las vías se ha tomado en cuenta las Habilitaciones Urbanas aprobadas de los terrenos colindantes que conforman la manzana y que defi nieron la sección de vía para la Av. Prolongación Calle Nº 01 una sección variable de 10.80 ml a 11.00 ml, para el Jr. Amazonas con sección variable de 8.00 ml a 12.00 ml; las cuales se encuentran pavimentadas, faltando construir los módulos de veredas y bermas; por lo que se le autoriza a la ejecución de las mismas en el plazo que establece la normatividad vigente que corresponde a 36 meses y aportes reglamentarios, por cuanto estos han sido calculados respetando la zonifi cación del terreno y en virtud a lo dispuesto en el Art. 10º de la Ordenanza Nº 836-MML, teniendo en cuenta que sobre el terreno se pretende demoler las construcciones existentes y ejecutar un proyecto del Programa MI Vivienda se acepta la redención en dinero de los défi cits de aportes por lo que la propuesta resulta conforme; por lo que es opinión de la suscrita, se remita los actuados al Área legal a fi n de que emita el acto administrativo que corresponda aprobar lo solicitado; Que, mediante Informe Nº 218-2012-MML-GDU- SPHU-AL, de fecha 07 de junio de 2012 (fs. 179 y 180), el Área Legal de esta Subgerencia señala, que se encuentra acreditada la propiedad a favor de la empresa INMOBILIARIA PALCER SAC, el mismo que consta inscrito en la Partida Electrónica N° 12746602 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima - Zona Registral Nº IX (fs.11 al 13); debidamente representados por la señora ROSANNA JUDITH BENAVIDES MORAZZANI, en calidad de Gerente General según Vigencia de Poder que acredita, en virtud del cual viene tramitando el presente procedimiento administrativo de Habilitación Urbana; Que, de acuerdo a la evaluación técnica y legal, señalada en los Informes Nº 199 -2012-MML-GDU-SPHU- DCO y Nº 218-2012-MML-GDU-SPHU-AL, ambas de fecha 07 de junio 2012; la presente Habilitación Urbana, cumple los requisitos establecidos en la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 29090 y las Ordenanzas N° 893- MML. N° 341-MML y 836-MML, por lo que corresponde a esta Subgerencia declarar la Aprobación de la presente Habilitación por incumplir con los requisitos previsto en la normatividad vigente; Con el visto bueno de la División de Control de Obras y del Área Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y las Leyes Nº 29090, Ley Nº 27444, Reglamento Nacional de Edifi caciones- RNE, Ordenanzas Metropolitanas Nº 893-MML, 341-MML y 836-MML. SE RESUELVE: Artículo 1°.- APROBAR la solicitud de la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada con Autorización de Obras Faltantes, de conformidad al Plano signado con el Nº 003-2012-MML-GDU-SPHU, del terreno de 9,147.39 m², califi cado con zonifi cación Zona de Tratamiento Especial 3 - ZTE-3, ubicado en Jr. Amazonas (antes Callejón de Falco Martinete), jurisdicción del Cercado, provincia y departamento de Lima, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- AUTORIZAR a la empresa Inmobiliaria Palcer SAC, para ejecutar en un plazo de treinta y seis (36) meses contados a partir de la recepción de la presente Resolución, las obras de pavimentación de aceras, construcción de bermas y veredas, de acuerdo a la sección viales aprobadas, de la Habilitación Urbana del terreno de 9,147.39 m², cuyos proyectos se aprueban debiendo sujetarse al plano fi rmado y sellado por la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas y Memoria Descriptiva, de acuerdo al cuadro de áreas y especifi caciones técnicas: Área bruta del terreno 9,147.39 m² Área afecta a aportes 9,147.39 m² Área para Recreación Pública 0.00 m² Área para Ministerio de Educación 0.00 m² Área reservada para Edelnor 15.00 m² Área de vías 0.00 m² Área útil 9,132.39 m² Aportes Reglamentarios Teniendo en cuenta que sobre el terreno se pretende demoler las construcciones existentes y ejecutar un proyecto del Programa MI Vivienda, los aportes que se propone, es como se detalla a continuación: CUADRO DE APORTES REGLAMENTARIOS APORTES (Área = 9,147.39 m²) ORD. N° 836-MML PROYECTO (m²) DÉFICIT (m²) Mi vivienda m² Recreación Pública 10 % 731.79 ---------- 731.79* Ministerio de Educación 2 % 182.95 ---------- 182.95* *Nota.- Los défi cit de los aportes reglamentarios para Recreación Pública y Ministerio de Educación serán redimidos en dinero; en aplicación a lo dispuesto en el artículo 10° de la Ordenanza N° 836-MML, y por ser las áreas resultantes menores a las normativas. Pavimentos.-Las características de las obras de pavimentación serán los siguientes: Sub-rasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de sub-rasante, será necesario efectuar una evaluación de la superfi cie del terreno natural eliminando el que contenga restos orgánicos, escarifi cando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m., mediante la adición de material granular, mezclándose con riegos sucesivos y cercanos al óptimo contenido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el 95% de la densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice C.B.R. mínimo de 20. Las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2”. Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base afi rmada de 0.20 m. de espesor, compactado, proveniente de cantera seleccionada, que contenga proporciones adecuadas de material grueso con diámetros máximo de 1 ½”, fi nos y ligantes, en proporciones adecuadas. La mezcla y compactación se efectuará con riegos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 98% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice de C.B.R. de 80. Se procurará una superfi cie lisa y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicación de una futura capa asfáltica de 2” de espesor. Superfi cie de Rodadura.- Estará constituida por una capa asfáltica en caliente de 2” de espesor como mínimo, que se aplicará previa imprimación de la superfi cie de base con asfalto líquido RC-250.