Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2012 (13/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 13 de MORDAZA de 2012

Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es :www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

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Declaran improcedente solicitud de cambio de titular de licencia de operacion para operar una planta de enlatado de productos hidrobiologicos presentada por Seafrost S.A.C.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 100-2012-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 16 de febrero del 2012 VISTO: El escrito de Registro Nº 00070715-2011 y sus Adjuntos 1 y 2 de fecha 23 de agosto y 09 de noviembre de 2011, y 04 de enero de 2012 presentados por la empresa SEAFROST S.A.C.; y,
CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 405-2009PRODUCE/DGEPP de fecha 03 de junio de 2009, se otorgo a la empresa MARINASOL S.A., licencia para la operacion de una planta de enlatado de productos hidrobiologicos, con destino al consumo humano directo, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en la Av. Los Pescadores Nº 586, Manzana E, Lote 1 ­ MORDAZA Industrial 27 de Octubre, distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, con la siguiente capacidad instalada: 3545 cajas/turno; Que, el articulo 51º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, establece que: "Durante la vigencia de la licencia para la operacion de cada planta de procesamiento, la transferencia en propiedad o cambio de posesion del establecimiento industrial pesquero, conlleva la transferencia de dicha licencia en los mismos terminos y condiciones que fuera otorgada". Que, con los escritos del Visto, la empresa SEAFROST S.A.C. solicita el cambio de titular de la licencia otorgada a MARINASOL S.A. por Resolucion Directoral Nº 4052009- PRODUCE/DGEPP, para operar una planta de enlatado de productos hidrobiologicos, en virtud al Contrato de Arrendamiento Financiero celebrado con el Banco Continental; Que, en la consulta efectuada a la pagina web de SUNARP respecto de la Partida Nº 0200479 correspondiente al Registro de Propiedad Inmueble de la OR de Chimbote, consta que el predio ubicado en Av. Los Pescadores Nº 586 Manzana E, Lote 01 ­ MORDAZA Industrial 27 de Octubre ha sido adquirido por el BANCO CONTINENTAL; Que, asimismo, en la Escritura Publica Nº 997 del Contrato de Arrendamiento Financiero de fecha 30 de marzo de 2011 otorgado por el BANCO CONTINENTAL a favor de SEAFROST S.A.C. ante la Notaria MORDAZA MORDAZA, consta el arrendamiento financiero del inmueble ubicado Av. Los Pescadores Nº 586, Manzana E, Lote 01 ­ MORDAZA Industrial 27 de Octubre, distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de Chimbote, inscrito en la Partida Nº 02000479 del Registro de Predios de la OR de Chimbote; Que, sin embargo, en la Escritura Publica Nº 134 del Contrato de Arrendamiento Financiero de fecha 30 de marzo de 2011 otorgado por el BANCO CONTINENTAL a favor de SEAFROST S.A.C. ante la Notaria MORDAZA MORDAZA, consta el arrendamiento financiero de los muebles y equipos ubicados en la Manzana D Lote 1 ­ MORDAZA Industrial Paita; Que, en tal virtud, y atendiendo a que, el establecimiento industrial pesquero es la infraestructura fisica donde se instala una planta a traves del Oficio Nº 3972-2011- PRODUCE/ DGEPP-Dch de fecha 07 de diciembre de 2011, se requirio a la administrada que acredite la posesion de los muebles y equipos instalados en la Av. Los Pescadores 586 Mz "E" Lote 01 ­ MORDAZA Industrial 27 de Octubre, distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de Chimbote, otorgandole un plazo de diez (10) dias habiles, caso contrario, la solicitud

presentada sera declarada improcedente. Dicho oficio fue notificado el 21 de diciembre de 2011; Que, la administrada ha presentado el Acta de Constatacion Notarial de fecha 29 de diciembre de 2011, efectuada por el Dr. MORDAZA MORDAZA La MORDAZA, Notario Publico de Chimbote, dando fe de los bienes y equipos que se encuentran dentro la planta cuya solicitud de cambio de titularidad se encuentra en tramite. Asimismo, manifiesta que por error se ha consignado en el Anexo 1 del Contrato de Arrendamiento Financiero sobre activo fijo, maquinarias y equipos que la ubicacion de dichos bienes se encuentra la Carretera Paita ­ MORDAZA, Mz. D, Lote 01, MORDAZA Industrial Paita, distrito de Paita, provincia y departamento de MORDAZA, ante lo cual, ha solicitado al Banco Continental que proceda de inmediato a subsanar dicho error a traves de la correspondiente modificacion del contrato; Que, dicho documento constata la existencia de bienes en el domicilio sito en la Av. Los Pescadores Nº 586 Mz. E ­ Lote 01 ­ MORDAZA Industrial 27 de Octubre, distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, sin embargo, no acredita la posesion legal de los muebles y equipos instalados en la Av. Los Pescadores 586 Mz "E" Lote 01 ­ MORDAZA Industrial 27 de Octubre, distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de Chimbote, toda vez que, no se ha modificado la Escritura Publica Nº 134 del Contrato de Arrendamiento Financiero de fecha 30 de marzo de 2011, en el extremo de la ubicacion de los muebles y equipos; Que, por lo expuesto, la administrada no ha cumplido con el requisito sustantivo establecido en el articulo 51º del Reglamento de la Ley General de Pesca, razon por la cual, corresponde declarar improcedente lo solicitado, no obstante haber cumplido con presentar la totalidad de los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 29 del Texto Unico de Procedimiento Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion, mediante Informe Tecnico Nº 088-2012-PRODUCE/DGEPPDchi e Informe Legal Nº 131-2012- PRODUCE/DGEPP ratificado con Memorando Nº 171-2012-PRODUCE/DGEPP; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009PRODUCE y sus modificatorias; SE RESUELVE:

Articulo 1º.- Declarar improcedente la solicitud presentada por la empresa SEAFROST S.A.C. para el cambio de titular de la licencia de operacion otorgada a la empresa MARINASOL S.A. mediante Resolucion Directoral Nº 405-2009-PRODUCE/DGEPP, para operar una planta de enlatado de productos hidrobiologicos, por las consideraciones expuestas en la presente resolucion. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a la Direccion Regional de la Produccion de MORDAZA y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe.
Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

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Otorgan a Pesquera Isa S.R.L. permiso de pesca para operar embarcacion en la extraccion de anchoveta
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 101-2012-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 16 de febrero del 2012 Visto el escrito de Registro Nº 00039156-2011 de fecha 06 de MORDAZA de 2011, presentado por PESQUERA ISA S.R.L.; y,

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