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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 18 de julio de 2012 470710 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 808-2012-DE/SG Lima, 16 de julio de 2012 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 487 de fecha 12 de junio de 2012, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, personal militar de los Estados Unidos de América, ingresará a territorio nacional del 04 al 18 de agosto de 2012, a fi n de participar en la campaña anual de Atención Médico-Terapéutica en el área de las enfermedades tropicales que el Centro de Investigación de Enfermedades Tropicales, NAMRU -6, llevará a cabo en las localidades de Jen Jen, Hipólito y el Porvenir en el Río Momón, distrito de Punchana, provincia de Maynas y departamento de Loreto; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú, y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio peruano, sin armas de guerra, al personal militar de los Estados Unidos de América detallado a continuación, del 04 al 18 de agosto de 2012, a fi n de participar en la campaña anual de Atención Médico-Terapéutica en el área de las enfermedades tropicales que el Centro de Investigación de Enfermedades Tropicales, NAMRU -6, llevará a cabo en las localidades de Jen Jen, Hipólito y el Porvenir en el Río Momón, distrito de Punchana, provincia de Maynas y departamento de Loreto. 1. CAPITÁN RAVEN MARSHALL 2. TENIENTE CORONEL YVETTE GUZMÁN 3. TENIENTE CORONEL CHRISTOPHER ROHDE 4. TENIENTE NEHKONTI ADAMS 5. TENIENTE TONY MACEDONIA 6. TENIENTE SHANE THOMAS 7. TENIENTE ADAM MARUSZEWKSI 8. CAPITÁN DE FRAGATA CHRISTOPHER ORSELLO 9. CAPITÁN ALICE BARSOUMIAN Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO URQUIZO MAGGIA Ministro de Defensa 815470-2 ENERGIA Y MINAS Establecen plazo adicional para la presentación de la Declaración Anual Consolidada - DAC correspondiente al año 2011 y sus anexos RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 135-2012-MEM/DGM Lima, 17 de julio de 2012 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Directoral Nº 083-2012-MEM/ DGM, publicada el 16 de mayo de 2012, se precisó que el plazo de presentación de la Declaración Anual Consolidada – DAC correspondiente al año 2011 vencería de acuerdo al cronograma, considerando el último digito del número de Registro Único de Contribuyentes - RUC de los titulares de la actividad minera; Que, considerando situaciones excepcionales que han impedido a algunos titulares mineros presentar en forma oportuna dicha declaración, es conveniente establecer un plazo adicional para su presentación a fi n de que los titulares mineros cumplan esta obligación establecida en el artículo 50º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; Que, en consecuencia, es necesario otorgar un plazo adicional para todos los titulares que no presentaron dentro del plazo establecido en la Resolución Directoral Nº 083-2012-MEM/DGM con el fi n de asegurar la correcta presentación de la Declaración Anual Consolidada – DAC correspondiente al año 2011 y sus anexos; De conformidad con lo establecido en el inciso w) del artículo 101º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Establézcase un plazo adicional, de manera excepcional y por única vez, para la presentación de la Declaración Anual Consolidada – DAC correspondiente al año 2011 y sus anexos hasta el 23 de julio de 2012. Artículo 2º.- Publicar en la página web del Ministerio de Energía y Minas: http://extranet.minem.gob.pe la relación de titulares mineros que al 23 de julio del 2012 no hayan cumplido con presentar su Declaración Anual Consolidada – DAC del año 2011. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDGARDO E. ALVA BAZÁN Director General de Minería 815490-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Dan por concluida designación de Secretaria Técnica de la Comisión de Gracias Presidenciales RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0182-2012-JUS Lima, 16 de julio de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0217-2008- JUS, de fecha 15 de abril de 2008, se designó a la señora abogada Noelia Roxana Gómez Paulet como Secretaria