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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JULIO DEL AÑO 2012 (18/07/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 18 de julio de 2012 470708 Disponen inscripción de la adhesión de la Municipalidad Distrital de Andamarca en la provincia de Concepción a la Mancomunidad Municipal Huaytapallana en el Registro de Mancomunidades Municipales RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 42-2012-PCM/SD Lima, 11 de julio de 2012 VISTOS: El Ofi cio Nº 018-2012/MM-H/PCD, del Presidente del Consejo Directivo de la Mancomunidad Municipal Huaytapallana, el Informe Técnico de Viabilidad de la Municipalidad Distrital de Andamarca en la provincia de Concepción, el Acta de Adhesión aprobada por el Consejo Directivo de la Mancomunidad Municipal Huaytapallana; la Ordenanza Municipal Nº 04-2012-MDA/A, de la Municipalidad Distrital de Andamarca en la provincia de Concepción; y el Informe Nº 042-2012–PCM/SD-OGI- VQA; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley N° 29341, en el artículo 2º, defi ne a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o más municipalidades, colindantes o no, con la fi nalidad de llevar a cabo la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras; promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, la Ley citada, en el artículo 5°, señala que la inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personería jurídica de derecho público a la mancomunidad municipal; Que, la Tercera Disposición Complementaria del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 046-2010- PCM, establece que la inscripción de la adecuación de constitución de la mancomunidad municipal le otorga personería jurídica de derecho público a ésta; Que, por Resolución de Secretaría de Descentralización N° 004-2012-PCM/SD, se dispuso la inscripción de la “Mancomunidad Municipal Huaytapallana”, integrada por municipalidades distritales de Santo Domingo de Acobamba y Pariahuanca, ubicadas en la provincia de Huancayo, y las municipalidades distritales de Llaylla, Pampa Hermosa y Coviriali, ubicadas en la provincia de Satipo, departamento de Junín, en el Registro de Mancomunidades Municipales; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales a lo previsto en la Ley N° 29341 y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobándose el nuevo Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales que, en su artículo 9°, establece el procedimiento de adhesión de una municipalidad a una mancomunidad municipal ya constituida; Que, con Ofi cio de vistos, se solicita la adhesión de la Municipalidad Distrital de Andamarca en la provincia de Concepción a la Mancomunidad Municipal Huaytapallana, acompañando el Informe Técnico de Viabilidad, Acta de Sesión de Consejo Directivo y Ordenanza Municipal Nº 04-2012-MDA/A de la referida municipalidad distrital; Que, acorde con el Informe Nº 042-2012–PCM/SD-OGI- VQA, los documentos presentados para la inscripción del acto de adhesión, cumplen con el procedimiento establecido en el artículo 9° del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría de Descentralización, que dispone la inscripción, en el Registro de Mancomunidades Municipales, de la adhesión de la Municipalidad Distrital de Andamarca en la provincia de Concepción a la Mancomunidad Municipal Huaytapallana; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley N° 29341; el Decreto Supremo N° 046- 2010-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD, que aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Formalización de Inscripción de Adhesión Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales la adhesión de la Municipalidad Distrital de Andamarca en la provincia de Concepción a la Mancomunidad Municipal Huaytapallana. Artículo 2º.- Registro de Anexos Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales, el Acta de Sesión de Consejo Directivo y la Ordenanza Municipal que ratifi ca la Adhesión de la Municipalidad Distrital de Andamarca en la provincia de Concepción a la Mancomunidad Municipal Huaytapallana. Artículo 3º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Ofi cial El Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.descentralizacion.gob.pe. Artículo 4º.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO MUÑOZ-NÁJAR FRIEDRICH Secretario de Descentralización Presidencia del Consejo de Ministros 815464-2 AGRICULTURA Encargan funciones de la Administración Local de Agua Bajo Apurímac - Pampas RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 289-2012-ANA Lima, 17 de julio de 2012 CONSIDERANDO: Que, conforme al Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG, las Administraciones Locales de Agua son unidades orgánicas que administran las aguas de uso agrario y no agrario en sus respectivos ámbitos territoriales; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 030-2012- ANA, se encargó las funciones de la Administración Local de Agua Bajo Apurímac – Pampas, al señor Presbítero Wilberto Pacherres Mendoza; Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la encargatura de funciones a que se refi ere el considerando precedente y en consecuencia encargar al nuevo profesional que asuma las funciones de la citada Administración Local de Agua; Que, conforme a lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG, la Jefatura de la entidad está facultada transitoriamente para encargar mediante Resolución Jefatural las funciones de las Administraciones Locales de Agua;