Norma Legal Oficial del día 18 de julio del año 2012 (18/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES
resultar acordes al volumen de operaciones negociadas; y, b.2) su actividad principal no consiste en la obtencion de rentas pasivas, ni en la intermediacion en la comercializacion de bienes con los miembros del mismo grupo economico. Para estos efectos, se entendera por actividad principal aquella que durante el ejercicio gravable anterior represento el mayor monto de sus operaciones."

El Peruano MORDAZA, miercoles 18 de MORDAZA de 2012

amortizacion de las acciones o participaciones en distintas oportunidades, se presume que la renta gravada se genero en el momento en que se realizo la amortizacion con la cual se supero el cincuenta por ciento (50%) MORDAZA senalado. En el supuesto previsto en el numeral 1 del parrafo anterior, los socios o accionistas que transfieren en propiedad, amortizan o cancelan sus acciones o participaciones seran responsables solidarios del pago del impuesto. El reglamento podra establecer supuestos en los que no se aplicaran las presunciones a que se refiere este articulo, siempre que dichos supuestos contemplen condiciones que impidan que la reorganizacion de sociedades o empresas se realice con la finalidad de eludir el Impuesto." "Articulo 106°.- (...) La renta gravada determinada como de la revaluacion voluntaria de activos en numeral 1 del articulo 104° de esta ley, compensada con las perdidas tributarias intervinientes en la reorganizacion." "CAPITULO XIV DEL REGIMEN DE TRANSPARENCIA FISCAL INTERNACIONAL Articulo 111º.- Ambito de aplicacion del regimen El regimen de transparencia fiscal internacional sera de aplicacion a los contribuyentes domiciliados en el MORDAZA, propietarios de entidades controladas no domiciliadas, respecto de las rentas pasivas de estas, siempre que se encuentren sujetos al Impuesto en el Peru por sus rentas de fuente extranjera. Articulo 112º.- Entidades controladas no domiciliadas Se entendera por entidades controladas no domiciliadas a aquellas entidades de cualquier naturaleza, no domiciliadas en el MORDAZA, que cumplan con las siguientes condiciones: 1. Para efectos del Impuesto, tengan personeria distinta de la de sus socios, asociados, participacionistas o, en general, de las personas que la integran,. Esten constituidas o establecidas, o se consideren residentes o domiciliadas, de conformidad con las normas del Estado en el que se configure cualquiera de esas situaciones, en un MORDAZA o territorio: a) b) De baja o nula imposicion, o En el que sus rentas pasivas no esten sujetas a un impuesto a la renta, cualquiera fuese la denominacion que se de a este tributo, o estandolo, el impuesto sea igual o inferior al setenta y cinco por ciento (75%) del Impuesto a la Renta que corresponderia en el Peru sobre las rentas de la misma naturaleza. consecuencia aplicacion del no podra ser de las partes

"Articulo 65°.- (...) Se exceptua de la obligacion de llevar el Libro de Ingresos y Gastos a los perceptores de rentas de cuarta categoria cuyas rentas provengan exclusivamente de la contraprestacion por servicios prestados bajo el regimen especial de contratacion administrativa de servicios CAS, a que se refiere el Decreto Legislativo N.° 1057 y MORDAZA modificatoria." "Articulo 105°-A.- En el caso previsto en el numeral 3 del articulo 104º de esta ley, se presume, sin admitir prueba en contrario, que: 1. La sociedad o empresa que adquiere uno o mas bloques patrimoniales escindidos por otra, genera renta gravada por la diferencia entre el valor de MORDAZA y el costo computable de los activos recibidos como consecuencia de la reorganizacion, si los socios o accionistas a quienes emitio sus acciones o participaciones por ser socios o accionistas de la sociedad o empresa escindida, transfieren en propiedad o amortizan dichas acciones o participaciones, o las cancelan por una posterior reorganizacion, siempre que: a) Las acciones o participaciones transferidas, amortizadas y/o canceladas representen mas del cincuenta por ciento (50%), en capital o en derechos de MORDAZA, del total de acciones o participaciones emitidas a los socios o accionistas de la sociedad o empresa escindida como consecuencia de la reorganizacion; y, La transferencia, amortizacion y/o cancelacion de las acciones o participaciones se realice hasta el cierre del ejercicio siguiente a aquel en que entro en vigencia la escision. De realizarse la transferencia, amortizacion y/o cancelacion de las acciones en distintas oportunidades, se presume que la renta gravada se genero en el momento en que se realizo la transferencia, amortizacion o cancelacion con la cual se supero el cincuenta por ciento (50%) MORDAZA senalado.

b)

2.

Lo previsto en este parrafo se aplicara sin perjuicio del impuesto que grave a los socios o accionistas por la transferencia o amortizacion de sus acciones o participaciones. 2. La sociedad o empresa que segrega uno o mas bloques patrimoniales dentro de una reorganizacion simple y amortiza las acciones o participaciones recibidas como consecuencia de la reorganizacion, genera renta gravada por la diferencia entre el valor de MORDAZA de los activos transferidos como consecuencia de la reorganizacion o el importe recibido de la sociedad o empresa cuyas acciones o participaciones se amortizan, el que resulte mayor, y el costo computable de dichos activos, siempre que: a) Las acciones o participaciones amortizadas representen mas del cincuenta por ciento (50%), en capital o en derechos de MORDAZA, del total de acciones o participaciones que fueron emitidas a la sociedad o empresa como consecuencia de la reorganizacion; y, La amortizacion de las acciones o participaciones se realice hasta el cierre del ejercicio siguiente a aquel en que entro en vigencia la reorganizacion. De realizarse la

3.

MORDAZA de propiedad de contribuyentes domiciliados en el pais. Se entendera que la entidad no domiciliada es de propiedad de un contribuyente domiciliado en el MORDAZA cuando, al cierre del ejercicio gravable, este -por si solo o conjuntamente con sus partes vinculadas domiciliadas en el pais- tengan una participacion, directa o indirecta, en mas del cincuenta por ciento (50%) del capital o en los resultados de dicha entidad, o de los derechos de MORDAZA en esta. Para efecto de lo previsto en el parrafo precedente, se tendra en cuenta lo siguiente: a) Los contribuyentes y sus partes vinculadas domiciliadas en el MORDAZA a que se refiere el parrafo anterior, no incluyen a aquellos que estan sujetos al Impuesto en el Peru solo por

b)

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