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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (27/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 33

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 27 de junio de 2012 469095 Delegan facultades para suscribir el Acta de Adhesión de la República del Perú al Acuerdo sobre Exención de Traducción de Documentos Administrativos para Efectos de Inmigración entre los Estados Partes del MERCOSUR, la República de Bolivia y la República de Chile RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 143-2012-RE Lima, 26 de junio de 2012 Visto el Memorándum (DIN) Nº DIN0105/2012 de fecha 07 de mayo de 2012, de la Dirección de Integración del Ministerio de Relaciones Exteriores; Habiéndose ratifi cado internamente mediante Decreto Supremo Nº 002-2012-RE la adhesión del Perú al Acuerdo sobre Exención de Traducción de Documentos Administrativos para Efectos de Inmigración entre los Estados Partes del MERCOSUR, la República de Bolivia y la República de Chile; Debiéndose suscribir el “Acta de Adhesión de la República del Perú al Acuerdo sobre Exención de Traducción de Documentos Administrativos para Efectos de Inmigración entre los Estados Partes del MERCOSUR, la República de Bolivia y la República de Chile”; De conformidad con lo establecidoo en el artículo 5.6 de la Ley Nº 29357 de 13 de mayo de 2009, y el Decreto Supremo Nº 031-2007-RE de 22 de mayo de 2007; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegar en la persona del señor Embajador Jorge Antonio Lázaro Geldres, Embajador del Perú en la República del Paraguay, las facultades sufi cientes para que suscriba el Acta de Adhesión de la República del Perú al Acuerdo sobre Exención de Traducción de Documentos Administrativos para Efectos de Inmigración entre los Estados Partes del MERCOSUR, la República de Bolivia y la República de Chile. Artículo 2º.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al señor Embajador Jorge Antonio Lázaro Geldres, Embajador del Perú en la República del Paraguay. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 807070-29 Remiten al Congreso de la República documentación relativa al Convenio entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Federal de Alemania sobre Cooperación Financiera 2008 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 144-2012-RE Lima, 26 de junio de 2012 CONSIDERANDO: Que, el Convenio entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Federal de Alemania sobre Cooperación Financiera 2008, fue hecho el 06 de mayo de 2010, en la ciudad de Lima, República del Perú; Que, es conveniente a los intereses del Perú la aprobación del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 56 y 102 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley Nº 26647, que disponen la aprobación legislativa de los Tratados celebrados por el Estado peruano; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Remítase al Congreso de la República, la documentación relativa al Convenio entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Federal de Alemania sobre Cooperación Financiera 2008, hecho el 06 de mayo de 2010, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 807070-30 Autorizan a los Ministerios de Justicia y Derechos Humanos, de Trabajo y Promoción del Empleo y de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a efectuar pago de cuotas a diversos organismos internacionales RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 145-2012-RE Lima, 26 de junio de 2012 VISTO: El Ofi cio Nº 597-2012-JUS/SG, de fecha 9 de mayo de 2012, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de la cuota 2012 al Instituto Latinoamericano de las Naciones Unidas para la Prevención del Delito y el Tratamiento del Delincuente (ILANUD); CONSIDERANDO: Que el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno Peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de la cuota 2012 al Instituto Latinoamericano de las Naciones Unidas para la Prevención del Delito y el Tratamiento del Delincuente (ILANUD), con cargo al presupuesto del Ministerio de Justicia; De conformidad con lo establecido en el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; y la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; y, Estando a lo acordado;