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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MARZO DEL AÑO 2012 (15/03/2012)

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TEXTO PAGINA: 34

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 15 de marzo de 2012 462548 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 019-2011-CD-OSITRAN, se aprobó el nuevo “Reglamento de Atención de Reclamos y Solución de Controversias” del OSITRAN (en adelante Reglamento del OSITRAN), y sus normas modifi catorias; Que, la implementación de los respectivos Reglamentos de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios de las Entidades Prestadoras está regulada por la normatividad siguiente: a) La Ley y demás dispositivos legales y reglamentarias pertinentes; b) Los Contratos de Concesión; c) El “Reglamento de Atención de Reclamos y Solución de Controversias” del OSITRAN; d) El “Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios” de cada Entidad Prestadora aprobado por el OSITRAN; g) Las demás disposiciones que dicte el OSITRAN sobre el particular; Que, la Tercera Disposición Transitoria y Complementaria del “Reglamento de Atención de Reclamos y Solución de Controversias del OSITRAN”, establece el plazo de treinta (30) días desde el inicio de operaciones para que las Entidades Prestadoras cumplan con presentar, ante el OSITRAN, sus proyectos de “Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios” para su respectiva aprobación; Que, mediante Informe Nº 038-11-GAL-OSITRAN del 09 de Agosto 2011, la Gerencia de Asesoría Legal concluye sobre el proceso que deben seguir la difusión y aprobación de los Reglamento de Reclamos de los Concesionarios, en aplicación del D.S. Nº 001-2009- JUS, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 15- 01-2009; Que, con fecha 31 de agosto de 2011, se aprobó la Resolución de Consejo Directivo Nº 034-2011-CD- OSITRAN, a través de la cual se rectifi can el inciso 5) del Artículo 12 y el Artículo 41 del Reglamento de OSITRAN. Asimismo, se modifi can la Tercera y Cuarta Disposición Transitoria y Complementaria y se incluye una Quinta en el mismo Reglamento. Que, a través de la Carta N° CARTA/METRO/ MTC/001/2012, de fecha 03 de enero del 2012 y recibida por el OSITRAN el 04 de enero del 2012, GYMFER comunica al Ministerio de Transportes y Comunicaciones que el inicio de la Puesta en Operación Comercial se iniciará el día 09 de enero del 2012; Que, mediante la Carta N° CARTA/METRO/ OSITRAN/0105/2012 de fecha 21 de febrero del 2012 remitida por GYMFER, la misma que fue recibida por OSITRAN el mismo día, el Concesionario alcanza para su aprobación un proyecto de “Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios”; Que, en virtud de lo expuesto, corresponde a la Gerencia de Supervisión del OSITRAN pronunciarse sobre la aprobación de la difusión del “Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios” del GYMFER, de acuerdo a las disposiciones vigentes; RESUELVE: Primero.- Aprobar la difusión del Proyecto de “Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios” presentado por GYM FERROVÍAS S.A. – GYMFER. Segundo.- Autorizar la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, disponer que la presente Resolución y el contenido del Proyecto de “Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios” de la Entidad Prestadora GYM FERROVÍAS S.A. sean publicados y difundidos en la página Web del OSITRAN y de GYMFER. Tercero.- El plazo para que los Usuarios e interesados puedan remitir al OSITRAN sus comentarios y observaciones sobre dicho Proyecto de Reglamento de Reclamos presentado por el GYMFER es de quince (15) días contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente Resolución, en el Diario Ofi cial El Peruano. Cuarto.- Los comentarios y observaciones a los que se hace referencia en el artículo anterior, podrán ser remitidos a OSITRAN a nombre del Sr. Terry Medina Llerena, Jefe de Vías Férreas de la Gerencia de Supervisión, sito en Av. República de Panamá 3659 – San Isidro – Lima. Quinto.- Notifi car la presente Resolución a GYM FERROVÍAS S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. ERNESTO ORTIZ FARFÁN Gerente de Supervisión (e) OSITRAN 763815-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Aprueban cargos de destino para la asignación de profesionales en la Municipalidad Provincial de Espinar y en la Municipalidad Metropolitana de Lima RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 039-2012-SERVIR-PE Lima, 13 de marzo de 2012 VISTO, el Informe Nº 029-2012-SERVIR/GDCGP de la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Públicos, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 030-2009-PCM se aprobó el Reglamento del Régimen Laboral de los Gerentes Públicos creado por el Decreto Legislativo Nº 1024; Que, el citado Reglamento establece en su artículo 11º que la Autoridad Nacional del Servicio Civil defi nirá, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva, previo acuerdo del Consejo Directivo, los cargos de dirección o de gerencia de mando medio de destino, susceptibles de asignación de Gerentes Públicos, en el marco de lo establecido en el artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 1024; Que, atendiendo a lo informado por la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Públicos, corresponde emitir la resolución respectiva conforme al Acuerdo adoptado por el Consejo Directivo en la Sesión Nº 013- 2012, de conformidad con el artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 1024 concordante con el artículo 11º del Reglamento; Con la visación de la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Públicos, la Ofi cina de Asesoría Jurídica y la Gerencia General; De conformidad con el literal o) del artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar como cargo de destino para la asignación de profesionales que conforman el Cuerpo de Gerentes Públicos, el que se indica a continuación: