Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2012 (31/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 31 de marzo de 2012

por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y modificatorias, el Reglamento de Ordenamiento Pesquero de Jurel y Caballa, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2007-PRODUCE, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE y modificatorias, y la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modificatorias, y el literal d) del articulo 53º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Modificar la ejecucion del incremento de flota otorgado por la Resolucion Directoral N° 165-2008PRODUCE/DGEPP, prorrogada por Resolucion Directoral Nº 413-2010-PRODUCE/DGEPP, en el extremo referido a la construccion de una (01) embarcacion pesquera de cerco, a fin de que el mismo sea aplicado a las embarcaciones preexistentes TIBURON 6 de matricula CE-4122-PM y TIBURON 7 de matricula CO-16854-PM, con capacidades de bodega de 334.38 m3 y 438.48 m3 respectivamente, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2°.- Ampliar el permiso de pesca otorgado mediante Resolucion Directoral N° 295-2001-PE/ DNEPP, modificada por Resolucion Directoral N° 1422009-PRODUCE/DGEPP, para operar la embarcacion pesquera TIBURON 6 de matricula CE-4122-PM, con 334.38 m3 de capacidad de bodega, a favor de PESQUERA MORDAZA S.A.C., para que en adicion a la extraccion de los recursos hidrobiologicos de consumo humano indirecto, pueda operar en la extraccion de los recursos jurel y caballa con destino al consumo humano directo utilizando redes de cerco con abertura minima de 38 mm (1 ½ pulgadas) y equipada con sistema de preservacion a bordo RSW. Articulo 3°.- Ampliar el permiso de pesca otorgado mediante Resolucion Directoral Nº 041-2004- PRODUCE/ DNEPP, modificada por Resolucion Directoral N° 0152008-PRODUCE/DGEPP, para operar la embarcacion pesquera TIBURON 7 de matricula CO-16854-PM, con 438.48 m3 de capacidad de bodega, a favor de PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A.C., para que en adicion a la extraccion de los recursos hidrobiologicos de consumo humano indirecto, pueda operar en la extraccion de los recursos jurel y caballa con destino al consumo humano directo utilizando redes de cerco con abertura minima de 38 mm (1 ½ , pulgadas) y equipada con sistema de preservacion a bordo RSW. Articulo 4°.- No se generaran remanentes de capacidad de bodega ascendente a 27.14 m3, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 5°.- PESQUERA MORDAZA S.A.C. y PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A.C., deberan descargar la materia prima que se obtenga como consecuencia de la extraccion de los recursos hidrobiologicos de jurel y caballa para consumo humano directo proveniente de las embarcaciones TIBURON 6 y TIBURON 7 respectivamente, en la planta de la empresa INVERSIONES REGAL S.A., ubicada en las Calles Brasil y MORDAZA s/n Mz. L, Lote 1-8, MORDAZA MORDAZA, distrito MORDAZA Chimbote, provincia del MORDAZA, departamento de MORDAZA, con licencia de operacion otorgada por Resolucion Directoral Nº 221-2004-PRODUCE/DNEPP. Conforme a lo establecido en la clausula setima del contrato de colaboracion empresarial, en caso no sea viable la descarga por razones operativas, dichas empresas podran efectuar las descargas en otros establecimientos industriales autorizados para el procesamiento de productos destinados al consumo humano directo. Articulo 6°.- La vigencia de las ampliaciones del permiso de pesca otorgados en los articulos 2° y 3° de la presente resolucion, a favor de PESQUERA MORDAZA S.A.C. y PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A.C., esta condicionado a la vigencia del Contrato de Colaboracion Empresarial celebrados entre dichas empresas e INVERSIONES REGAL S.A. Asimismo, es causal de caducidad de la ampliacion de los permisos de pesca de las referidas embarcaciones, en el extremo de los recursos jurel y caballa con destino al consumo humano directo, la perdida de la titularidad de la

licencia de operacion otorgada por Resolucion Directoral Nº 221-2004- PRODUCE/DNEPP. Articulo 7°.- Excluir la autorizacion de incremento de flota otorgada por Resolucion Directoral N° 1652008-PRODUCE/DGEPP, prorrogada en su vigencia por Resolucion Directoral Nº 413-2010- PRODUCE/DGEPP, del Anexo VI, de la Resolucion Ministerial Nº 347-2011PRODUCE. Articulo 8°.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

771622-14

Aprueban cambio de titular de permiso de pesca de embarcacion pesquera a favor de Pesquera MORDAZA Peru S.R.L.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 045-2012-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 25 de enero del 2012 Visto el escrito de Registro N° 00045608-2011 de fecha 26 de MORDAZA de 2011 y adjuntos del mismo registro, presentados por la empresa PESQUERA MORDAZA PERU S.R.L.; y, CONSIDERANDO: Que, en el articulo 34° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, modificado por el Decreto Supremo N° 015-2007-PRODUCE, se establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion pesquera a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron. Asimismo, su ultimo parrafo establece que en aquellos supuestos en los cuales los actos administrativos sancionadores han sido impugnados en la via administrativa o judicial, procede la autorizacion de cambio de titular del permiso de pesca encontrandose condicionada la vigencia a su resultado; Que, mediante Resolucion Directoral N° 500-2009PRODUCE/DGEPP de fecha 07 de MORDAZA de 2009, se aprobo a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el cambio de titular de permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera VIRGENCITA DE LA MORDAZA de matricula PT6093-CM de 54.67 m3 de capacidad de bodega, y en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; Que, mediante los escritos del visto, la empresa PESQUERA MORDAZA PERU S.R.L., solicito cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera VIRGENCITA DE LA MORDAZA de matricula PT-6093-CM, en calidad de propietaria, Procedimiento 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo N° 008-2009-PRODUCE; Que, mediante Memorando N° 0004-2012-PRODUCE/ OEC de fecha 03 de enero de 2012, la Oficina de Ejecucion Coactiva, comunico que con relacion a la embarcacion pesquera VIRGENCITA DE LA MORDAZA de matricula PT6093-CM, no registra deudas; Que, de la revision efectuada al expediente, se desprende que la administrada ha cumplido con presentar la totalidad de los requisitos establecidos en el Procedimiento 7° del MORDAZA del Ministerio de la Produccion, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2009PRODUCE; por lo que corresponde aprobar a su favor, el

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