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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 31 de marzo de 2012 463443 cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera VIRGENCITA DE LA PUERTA de matrícula PT- 6093-CM, en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado mediante Resolución Directoral N° 500-2009- PRODUCE/DGEPP; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, según Informe N° 049-2012- PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinión legal favorable consignada en el Informe 044-2012- PRODUCE/ DGEPP; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley N° 25977 – Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE y sus modifi catorias, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2009-PRODUCE y demás normas modifi catorias; En uso de las facultades conferidas por el Artículo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE y el literal d) del artículo 53° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar a favor de la empresa PESQUERA PUERTA PERU S.R.L., el cambio de titular del Permiso de Pesca de la embarcación pesquera VIRGENCITA DE LA PUERTA de matrícula PT-6093-CM, con 54.67 m3 de capacidad de bodega, en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado mediante Resolución Directoral N° 500-2009- PRODUCE/DGEPP. Artículo 2°- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado a CARLOS EUSEBIO FIESTAS FIESTAS a través de la Resolución Directoral N°500- 2009-PRODUCE/DGEPP de la embarcación pesquera VIRGENCITA DE LA PUERTA de matrícula PT-6093- CM. Artículo 3°.- Incorporar a la empresa PESQUERA PUERTA PERU S.R.L. como e! nuevo titular del permiso de pesca para operar la Embarcación Pesquera VIRGENCITA DE LA PUERTA de matrícula PT-6093-CM, así como la presente Resolución en el Anexo 1 de la Resolución Ministerial N° 347-2011-PRODUCE, excluyendo a don CARLOS EUSEBIO FIESTAS FIESTAS consignada en dicho anexo. Artículo 4°.- Remitir copia de la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, cuya dirección es : www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. FÉLIX ALVAREZ VELARDE Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 771622-15 RELACIONES EXTERIORES Designan Fedatarios del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0115/RE-2012 Lima, 7 de febrero de 2012 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece en el artículo 127º que cada entidad designará Fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepción documental, en número proporcional a sus necesidades de atención, quienes, sin exclusión de sus labores ordinarias, brindarán gratuitamente sus servicios a los administrados; Que, asimismo, el Fedatario tiene como labor personalísima, comprobar y autenticar, previo cotejo entre el original que exhibe el administrado y la copia presentada, la fi delidad del contenido de esta última para su empleo en los procedimientos de la entidad, así como certifi car fi rmas previa verifi cación de la identidad del suscriptor, para las actuaciones administrativas concretas en que sea necesario; Que, por necesidad del Servicio, se requiere designar a nuevos fedatarios que cumplan con las autenticaciones y las certifi caciones que solicite el administrado; De conformidad con el artículo 127º inciso 1), de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a los siguientes servidores administrativos como Fedatarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, por el período de dos (02) años, a partir de la fecha: • Servidor Administrativo, nivel SPD, Rubén Hermógenes Barreto Romero; y, • Servidora Administrativa, nivel STF, Elizabeth Alejandra Dulanto Gogin. Artículo 2º.- Los citados Fedatarios desempeñarán sus funciones en forma ad-honorem y el servicio que brindan será totalmente gratuito. Artículo 3º.- Los Fedatarios designados quedan obligados a llevar un registro de los actos que autentiquen y de las certifi caciones que realicen en el ejercicio de sus funciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 771402-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0276/RE-2012 Lima, 14 de marzo de 2012 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece en el artículo 127º que cada entidad designará Fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepción documental, en número proporcional a sus necesidades de atención, quienes, sin exclusión de sus labores ordinarias, brindarán gratuitamente sus servicios a los administrados; Que, asimismo, el Fedatario tiene como labor personalísima, comprobar y autenticar, previo cotejo entre el original que exhibe el administrado y la copia presentada, la fi delidad del contenido de esta última para su empleo en los procedimientos de la entidad, así como certifi car fi rmas previa verifi cación de la identidad del suscriptor, para las actuaciones administrativas concretas en que sea necesario; Que, por necesidad del Servicio, se requiere designar a nuevos fedatarios que cumplan con las autenticaciones y las certifi caciones que solicite el administrado; De conformidad con el artículo 127º inciso 1), de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a los siguientes servidores administrativos como Fedatarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, por el período de dos (02) años, a partir de la fecha: • Servidora Administrativa, nivel SPE, María Lilian Gonzales Sánchez de Moreno; y, • Servidor Administrativo, nivel STF, Bonifacio Gregorio Sabino Santos.