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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 29 de noviembre de 2012 479604 Contra la Violencia hacia la Mujer 2012- 2016, incorporando los indicadores sociales y resultados contenidos en el Plan de Desarrollo Concertado de la Región Ica, así como el seguimiento, monitoreo y ejecución del PRCVHM 2012-2016. Artículo Cuarto.- La Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Ica, actúa como Secretaría Técnica, quién convoca, lidera y monitorea el proceso de los compromisos adquiridos por la Instancia Regional de Concertación de la Región Ica y sistematiza los resultados; valida públicamente dicho documento y lo remite al Grupo Nacional de Trabajo encargado del PNCVHM 2009-2015. Artículo Quinto.- La Gerencia Regional de Desarrollo Social en coordinación con el órgano creado, deberá realizar una presentación pública anual de logros y avances en la ejecución del Plan Regional Contra la Violencia hacia la Mujer dentro del primer trimestre del año siguiente, bajo responsabilidad funcional, con participación activa de líderes representantes de las diversas comunidades de la región y serán difundidos a través de los diversos medios de comunicación. Artículo Sexto.- El Gobierno Regional de Ica conjuntamente con el Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en el marco del Convenio suscrito con el MIMP coordinará la Asistencia Técnica para la elaboración e implementación del Plan Regional Contra la Violencia Hacia la Mujer de la Región Ica. Artículo Séptimo.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional; la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, y la Gerencia de Desarrollo Social; para la implementación y cumplimiento de la presente Ordenanza Regional. Artículo Octavo.- PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Electrónico de la Institución, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Ica, para su promulgación. JOSÉ MARÍA ECHAÍZ CLAROS Consejero Delegado POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. ALONSO ALBERTO NAVARRO CABANILLAS Presidente del Gobierno Regional de Ica 871833-3 Aprueban el “Plan Regional de Apoyo y Fortalecimiento a las Familias de la Región Ica 2012-2021” ORDENANZA REGIONAL Nº 0014-2012-GORE-ICA Ica, 27 de setiembre de 2012 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesión Ordinaria de fecha catorce de setiembre de dos mil doce, visto el Ofi cio Nº 007-2012-GORE-ICA/CSPVS; y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo establecido en el artículo 4º de la Constitución Política del Perú, el Estado y la Sociedad tienen el deber de proteger a la familia; compromiso que se deriva de diversos tratados internacionales sobre Derechos Humanos de primera generación suscritos por el Estado Peruano; Que, los Artículos 191º y 192º inciso 6º de la Constitución Política del Estado y su modifi catoria, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y promueven el desarrollo y la economía regional, fomentando las inversiones, activas y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes locales de desarrollo, por tanto competentes para dictar normas inherentes a la gestión regional y ejercer las atribuciones a su función conforme a ley; Que, la Décimo Sexta Política del Acuerdo Nacional contempla la necesidad de promover el desarrollo de políticas de fortalecimiento familiar a nivel nacional, lo cual normativamente se refl eja a través de la Ley de Fortalecimiento de la Familia aprobada mediante Ley Nº 28542 y el Plan Nacional de Apoyo a la Familia 2004-2011, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2004-MIMDES; Que, según el artículo 10º inciso c) y m) la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; los Gobiernos Regionales son competentes constitucionalmente para aprobar su organización interna y dictar las normas sobre asunto y materias de su responsabilidad, a fi n de viabilizar el cumplimiento de las funciones en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades contenidas en el artículo 60º que le asigna la norma citada; Que, conforme a los artículos 11º y 13º concordante con el artículo 38º de la Ley 27867, el Consejo Regional como órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional de Ica, tiene entre sus atribuciones emitir Ordenanzas Regionales, regulando asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentar asuntos en materias de su competencia; Que, los Gobiernos Regionales intervienen de manera coordinada y en coherencia con las políticas sociales de ámbito nacional y regional; en ese sentido, el desarrollo de las políticas sociales a nivel regional deben contemplar aquellas dirigidas al fortalecimiento de las familias de su región, en concordancia con lo señalado en el inciso c) del artículo 60º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y la Ley Nº 27902 que la modifi ca, donde se establece, que los Gobiernos Regionales tienen como una de sus funciones específi cas formular políticas, regular, dirigir, ejecutar, promover, supervisar y controlar las acciones orientadas a la prevención de la violencia política, familiar y sexual. En este caso específi co con la Ley Nº 28542 - Ley de Fortalecimiento de la Familia y el Plan Nacional de Apoyo a la Familia 2004 - 2011; Que, a efectos de formular e implementar políticas sociales de fortalecimiento familiar, es necesario promover la participación ciudadana, así como de las instituciones públicas y privadas que vienen trabajando a favor de las familias, la niñez, la mujer, las personas adultas mayores, personas con discapacidad y demás población en situación de riesgo, vulnerabilidad o pobreza; Que, la Gerencia Regional de Desarrollo Social mediante Ofi cio Nº 389-2012, dirigido a la Gerencia General Regional ha sustentado mediante Informe Nº 059-2011- GORE-ICA-GRDS/MMC, el proyecto de Plan Regional de Fortalecimiento a las Familias, en cuyo proceso de elaboración se efectuaron talleres participativos en cada una de las provincias de la Región Ica; Que, según Informe Legal Nº 211-2012- ORAJ de fecha 14 de Marzo del 2012; el Director General de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica emite informe poniendo a consideración del Consejo Regional para deliberación y aprobación del citado documento de gestión institucional; Que, según los informes favorables de las unidades orgánicas competentes del Gobierno Regional de Ica, y con el dictamen aprobatorio por unanimidad de la Comisión de Desarrollo Social y Lucha contra la Pobreza; y estando a lo acordado y aprobado en sesión ordinaria de vistos, con el voto aprobatorio del Pleno del Consejo Regional; y en uso de sus facultades establecidas en la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modifi catorias, el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ica y sus modifi catorias, con la dispensa y aprobación del Acta de la fecha, el Consejo Regional; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- DECLÁRESE DE INTERÉS Y NECESIDAD PÚBLICA REGIONAL la promoción y desarrollo integral de las familias en la Región Ica dentro de las Políticas de Inclusión Social. A tal efecto, impleméntense los instrumentos de gestión del Gobierno Regional en coordinación con los Gobiernos Locales, a fi n de realizar actividades concretas de sensibilización, capacitación y difusión articuladas a nivel local y regional, con especial énfasis en las familias en situación de pobreza, pobreza extrema, riesgo social o exclusión, promoviendo la participación de las Entidades Públicas, Privadas y la Sociedad Civil organizada. Artículo Segundo.- APROBAR “El Plan Regional de Apoyo y Fortalecimiento a las Familias de la Región Ica 2012 -2021”, que tiene como estrategia general la articulación de las Instituciones Públicas y Privadas, así