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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 29 de noviembre de 2012 479600 las acciones que en materia sectorial le corresponde asumir de acuerdo a Ley en el ámbito regional – Art. 108º del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Ica, aprobado por Ordenanza Regional Nº 0002-2006-GORE-ICA; Que, conforme a los artículos 11º y 13º concordante con el artículo 38º de la Ley 27867, el Consejo Regional como órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional de Ica, tiene entre sus atribuciones emitir Ordenanzas Regionales, regulando asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentar asuntos en materias de su competencia; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 00002-2012- GORE-ICA, del 21 de Marzo del 2012, se aprobó la Modifi cación del Cuadro de Asignación de Personal (CAP) del Hospital San Juan de Dios de Pisco; Que, mediante gestión del Gobierno Regional de Ica, el Poder Ejecutivo ha expedido el D.S. Nº 117-2012-EF, por el cual entre otros se autoriza al Gobierno Regional de Ica, Pliego 449, Unidad Ejecutora 404 Hospital San Juan de Dios – Pisco, la transferencia por la suma de S/. 3 291 483 (Tres Millones Doscientos Noventa y un Mil Cuatrocientos Ochenta y Tres Nuevos Soles), acto administrativo que es concordante con la autorización realizada por el Art. 19º de la Ley 29812, del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, destinado a las acciones de personal de los hospitales regionales recategorizados y redimensionados para garantizar la mejora de la oferta de salud en la población, como parte de las acciones de reconstrucción después del terremoto del año 2007; Que, de conformidad con los Artículos 14º y 15º de los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP de las Entidades de la Administración Pública, aprobados por D.S. Nº 043- 2004-PCM, disponen que los Cuadros para Asignación de Personal – CAP de las Direcciones Regionales Sectoriales se aprueban mediante Ordenanza Regional, previo informe favorable de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; acorde con los diseños y estructura de la administración pública que establece la Ley Nº 27658 “Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado”, con el objetivo de priorizar y optimizar el uso de los recursos públicos e identifi car las responsabilidades específi cas de las entidades públicas y sus unidades orgánicas, asignadas por el ordenamiento jurídico; Que, mediante Ofi cio Nº 568-2012-GORE- GRPPAT, de fecha 19/07/2012, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial se pronuncia sobre la procedencia de la solicitud de aprobación del CAP del Hospital San Juan de Dios Pisco; Que, según Informe Legal Nº 578-2012- ORAJ de fecha 20 de Julio del 2012; el Director General de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica emite informe poniendo a consideración del Consejo Regional para deliberación y aprobación del citado documento de gestión institucional; Que, estando a los informes favorables de las unidades orgánicas competentes del Gobierno Regional de Ica, y a lo dispuesto en el artículo 1º, 3º y 5º del Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del CAP por parte de las Entidades de la Administración Pública, que incluye a los Gobiernos Regionales; así como la conformidad de la Gerencia General Regional, mediante ofi cio Nº 340-2012-GORE– ICA/GGR de fecha 20 de Julio del 2012; y a lo solicitado por la Presidencia del Gobierno Regional; Que, estando a lo acordado y aprobado en sesión extraordinaria de vistos, con el voto aprobatorio del Pleno del Consejo Regional; y en uso de sus facultades establecidas en la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modifi catorias; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ica y sus modifi catorias, con la dispensa y aprobación del Acta de la fecha, y la dispensa del dictamen correspondiente, el Consejo Regional; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- APROBAR la Modifi cación del Cuadro de Asignación de Personal (CAP) del Hospital San Juan de Dios de Pisco, que consta de 429 (Cuatrocientos Veintinueve) cargos, distribuidos en 429 (Cuatrocientos Veintinueve) ocupados y 00 (Cero) previstos, que en anexo a la presente, forma parte integrante de la Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- Disposición modifi catoria: Queda modifi cada la Ordenanza Regional Nº 00002-2012-GORE- ICA, en la parte pertinente que alude al hospital antes indicado y toda normatividad que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional; la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; la Gerencia de Desarrollo Social; la Dirección Regional de Salud de Ica y la Dirección del hospital competente, para que cumpla la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Electrónico de la Institución, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Ica, para su promulgación. JOSE MARIA ECHAIZ CLAROS Consejero Delegado Consejo Regional de Ica POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Ica. ALONSO ALBERTO NAVARRO CABANILLAS Presidente del Gobierno Regional de Ica 871831-2 Aprueban Reglamento de Organización y Funciones - ROF y modifican el Cuadro de Asignación de Personal - CAP del Hospital San Juan de Dios de Pisco ORDENANZA REGIONAL Nº 0011-2012-GORE-ICA Ica, 27 de setiembre de 2012 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en sesión extraordinaria de fecha veintiuno de septiembre del año dos mil doce, visto el Ofi cio Nº 691-2012-GORE-ICA/ PR; y, CONSIDERANDO: Que, los Artículos 191º y 192º inciso 6) de la Constitución Política del Estado y su modifi catoria, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y promueven el desarrollo y la economía regional, fomentando las inversiones, activas y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes locales de desarrollo, por tanto competentes para dictar normas inherentes a la gestión regional y ejercer las atribuciones a su función conforme a ley; Que según el artículo 9º inciso a) la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Gobiernos Regionales son competentes constitucionalmente para aprobar su organización interna; ratifi cada como competencia exclusiva, aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a las Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto conforme al texto del artículo 10º inciso c), de la acotada ley, a fi n de viabilizar las funciones contenidas en el artículo 49º que le asigna la norma citada en materia de Salud; Que, la Dirección Regional de Salud de Ica constituye en un órgano desconcentrado del Gobierno Regional de Ica, responsable de ejecutar, orientar, supervisar y evaluar las acciones que en materia sectorial le corresponde asumir de acuerdo a Ley en el ámbito regional, Artículo 108º del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Ica, aprobado por Ordenanza Regional Nº 0002-2012-GORE-ICA; Que, conforme a los artículos 11º y 13º concordante con el artículo 38º de la Ley 27867, el Consejo Regional como órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional