Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 2012 (29/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 29 de noviembre de 2012

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Instauran MORDAZA administrativo disciplinario a trabajador de la Direccion Regional de Agricultura MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 449-2012-GR-DRA-HCO
MORDAZA, 6 de noviembre de 2012 VISTO: El Informe Nº 002-2012-GR-DRA-HCO/CPPAD, y demas recaudos a fojas 47. CONSIDERANDO: Que, el numeral 1.1 del Articulo lV del la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, establece "... Las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitucion, la Ley y al derecho, dentro de las facultades que le esten atribuidas y de acuerdo con los fines para las que le fueron conferidas...". Que, mediante Informe Nº 002-2012-GR-DRA-HCO/ AA.HCO/CPPAD, de fecha 29 de octubre del 2012, los miembros de la Comision Permanente de MORDAZA Administrativo Disciplinario, concluyeron que resulta procedente aperturar MORDAZA administrativo disciplinario al TAP MORDAZA MORDAZA Varillas MORDAZA, por faltas injustificadas al centro de trabajo. Que, mediante Informe Nº 001-2012-GR-DRA-HCO/ AA.HCO/AA, el responsable del Area de Administracion de la Agencia Agraria MORDAZA, informa: el TAP MORDAZA MORDAZA Varillas MORDAZA ha faltado injustificadamente a su centro de trabajo los dias 02 y 05 de enero del 2012, estando que con Papeletas de Autorizacion de Salida Nºs 01 y 03, a horas 8:49 a.m. y 8:09 a.m. salio de Comision Local por tres (03) horas y medio dia, la misma que no retorno durante el dia; el dia 06 de enero del 2012 tiene falta injustificada, y el dia 19 de enero del 2012, con Papeleta de Salida Nº 02 solicito medio dia, sin embargo no se reincorporo en la hora senalada. Asimismo, con Informe Tecnico Nº 093-2012GR-DRA-HCO/OA-UPER-ACP del 10 de MORDAZA del 2012, el Jefe de la Unidad de Personal, informa: segun las Tarjetas de Control de Asistencia, en el mes de MORDAZA del 2012 registro tres inasistencias injustificadas (dias 09,10 y11) y en el mes de MORDAZA del 2012, registro cuatro inasistencias injustificadas (dias 07, 08, 09 y 10). Hechos que se encuentran debidamente corroborado con las Tarjetas de Control de Asistencia y Papeletas de Salida obrantes a fojas 6/8, 11/13. Que, mediante Informe Nº 11-2012-GR-DRA-HCO/AAHCO/AA del 14 de setiembre del 2012, el responsable del Area de Administracion de la Agencia Agraria MORDAZA ­Juan A. MORDAZA Vidurizaga-, informa: el TAP MORDAZA MORDAZA Varillas MORDAZA, el dia 05/09/12, en hora de la manana se le autorizo comision de servicio por dos horas con destino de la Agencia Agraria MORDAZA a Marabamba ­ MORDAZA MORDAZA -Papeleta de Autorizacion de Salida Nº 01-, sin embargo no retorno todo el dia, ademas no entrego su papeleta de comision y no registro su Tarjeta de Control de Asistencia; el dia 06/09/12, se le autorizo salida, desconociendo el lugar y el tiempo de comision, porque no presento al area administrativa la Papeleta de Salida y dejo de marcar su Tarjeta de Control de Asistencia; el dia 11/09/12, con Papeleta de Autorizacion de Salida Nº 08, salio de comision de servicio a las 9:45 a.m. con destino a Nauyan, por el espacio de dos horas y no regreso durante el dia; los dias 12, 13 y 14/09/12, no se ha constituido a su centro de labor, la misma que se desconoce su motivo por cuanto no ha presentado ningun informe; asimismo, segun Tarjeta de Control de Asistencia Nº 16-2012, inasistio injustificadamente a su centro de trabajo el 17 de setiembre del 2012. Hechos que se encuentran debidamente corroborado con el Informe Nº 030-2012-GR-DRA-HCO/OA.UPER/ACP, Tarjetas de

Control de Asistencia y Papeletas de Autorizacion de Salida obrantes a fojas 18/21, 39. Que, mediante Informe Nº 030-2012-GR-DRA-HCO/ OA.UPER/ACP del 26 de octubre del 2012, la Responsable del Area de Control y Estadistica de Personal, informa que el TAP MORDAZA MORDAZA Varillas MORDAZA, falto injustificadamente a su centro de trabajo los dias 09, 10, 11, 12, 23, 24, 25 y 26 de octubre del 2012, la misma que se encuentra corroborado con la Tarjeta de Control de Asistencia obrante a fojas 42. Que, el inciso c) de Articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, establece como una de las obligaciones de los servidores publicos, concurrir puntualmente y observar los horarios establecidos, y en el inciso k) del Articulo 28º del mismo cuerpo normativo, establece las faltas de caracter disciplinarias, segun su gravedad, las ausencias injustificadas por mas de tres dias consecutivos o por mas de cinco dias no consecutivos en un periodo de treinta dias calendario o mas de quince dias no consecutivos en un periodo de ciento ochenta dias calendario, concordante con el Articulo 128º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y el inciso h) del Articulo 45º del Decreto Supremo Nº 007-2010-PCM, que aprueba en Texto Unico Ordenado de la Normatividad del Servicio Civil. En uso de las facultades y atribuciones conferidas por el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Direccion Regional de Agricultura MORDAZA, aprobado con Ordenanza Regional Nº 075-2009-CR/GRH y Resolucion Ejecutiva Regional Nº 0825-2011-GRH/PR; contando con las visaciones correspondientes. SE RESUELVE: Articulo Primero.- APERTURAR MORDAZA Administrativo Disciplinario al TAP MORDAZA MORDAZA VARILLAS MORDAZA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- NOTIFICAR la presente Resolucion en forma personal al administrado, TRANSCRIBIR a la Comision Permanente de MORDAZA Administrativo Disciplinario, Oficina de Administracion, Agencia Agraria MORDAZA y demas organos competentes de la Direccion Regional de Agricultura Huanuco. Registrese y comuniquese. LUZ MORDAZA MORDAZA INGUNZA Directora Regional Direccion Regional de Agricultura

871927-1

GOBIERNO REGIONAL DE ICA
Aprueban modificacion del Cuadro de Asignacion de Personal (CAP) del Hospital MORDAZA MORDAZA del MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 0006-2012-GORE-ICA
Ica, 31 de MORDAZA de 2012 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en sesion extraordinaria de fecha veintitres de MORDAZA del ano dos mil doce, visto el Oficio Nº 535-2012-GORE-ICA/PR; y; CONSIDERANDO: Que, los Articulos 191º y 192º Inc. 6 de la Constitucion Politica del Estado y su modificatoria, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y promueven el desarrollo y la economia regional, fomentando las inversiones, activas y servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes y locales de desarrollo, por tanto competentes para dictas normas inherentes a la gestion regional y ejercer las atribuciones a su funcion conforme a ley; Que segun el articulo 9º inciso a) la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, los Gobiernos

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