Norma Legal Oficial del día 24 de octubre del año 2012 (24/10/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 24 de octubre de 2012

Articulo Tercero.- Transcribir la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Presidencia de la Academia de la Magistratura, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del MORDAZA, Centro de Investigaciones Judiciales; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA Presidente

Nota.: El Reglamento del Programa de Especializacion Judicial, esta publicado en el MORDAZA de Internet del Poder Judicial, www.pj.gob.pe. 857118-1

al 10 de noviembre de 2012, en las ciudades de MORDAZA, MORDAZA y Cadiz - MORDAZA de Espana. Articulo Segundo.- Los gastos generados para la participacion del senor Doctor MORDAZA MORDAZA EspinosaSaldana MORDAZA, a las reuniones MORDAZA mencionadas, seran financiadas por las Instituciones convocantes; en consecuencia, el Poder Judicial del Peru designara al representante acreditado el valor de $ 57.00 (cincuenta y siete con 00/100 dolares americanos) por el concepto de Assistcard, no generando algun otro gasto a cargo de la Entidad. Al termino de dichos eventos el Representante debera presentar el Informe correspondiente ante el Despacho de la Presidencia del Poder Judicial. Articulo Tercero.- Transcribir el contenido de la presente Resolucion a la Gerencia General del Poder Judicial, asi como al interesado, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA Presidente del Poder Judicial 857085-1

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Autorizan viaje de miembro del Consejo Consultivo de la Presidencia del Poder Judicial a Espana, en comision de servicios
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL R. A. N° 426-2012-P-PJ MORDAZA, 22 de octubre de 2012

Declaran ilegal la paralizacion de labores para el dia 24 de octubre de 2012, convocada por la Federacion Nacional de Trabajadores del Poder Judicial
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL R.A. N° 428-2012-P-PJ MORDAZA, 22 de octubre de 2012

CONSIDERANDO: VISTO: Que, la gestion de la actual Presidencia del Poder Judicial del Peru, viene desarrollando una serie de coordinaciones con los diferentes Poderes Judiciales de Iberoamerica, Redes Judiciales Iberoamericanas, Cooperacion Internacional y Universidades Peruanas y Extranjeras; Que, como consecuencia de estas coordinaciones, este Poder del Estado viene trabajando diversas actividades con el objeto de obtener apoyo tecnico y establecer las lineas de trabajo comun con Organos como el Consejo General del Poder Judicial Espanol, la Secretaria Permanente de Cumbre Judicial Iberoamericana, EuroSocial y las Universidades de MORDAZA y Cadiz (Espana); Que, bajo la ejecucion de las diligencias programadas, el Despacho de la Presidencia del Poder Judicial, designo al senor Doctor MORDAZA MORDAZA Espinosa-Saldana MORDAZA, en su calidad de Miembro del Consejo Consultivo de la Presidencia del Poder Judicial, para que asista a las reuniones que tendran lugar los dias del 03 al 10 de noviembre de 2012, en las ciudades de MORDAZA, MORDAZA y Cadiz - Espana, Que, la participacion en las actividades seran financiadas por las Instituciones convocantes, con lo cual el Poder Judicial designara al representante acreditado el valor de $ 57.00 (cincuenta y siete con 00/100 dolares americanos) por el concepto de Assistcard; Que, estando a lo dispuesto en la Ley N° 27619, Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, su modificatoria contenida en el Decreto Supremo N° 005-2006-PCM, en concordancia con lo establecido en la Resolucion Administrativa de Presidencia N° 156-2009-P-PJ y, en uso de las funciones y atribuciones conferidas por el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N° 017-93-JUS, y modificado por la Ley N 27465; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR el viaje del senor Doctor MORDAZA MORDAZA Espinosa-Saldana MORDAZA - Miembro del Consejo Consultivo de la Presidencia del Poder Judicial, a las reuniones que tendran lugar los dias del 03 El Oficio N° 0527-2012-CEN-FNTPJ, remitido por la Federacion Nacional de Trabajadores del Poder Judicial, a traves del cual ponen en conocimiento la paralizacion de labores por 24 horas del dia 24 de octubre de 2012. CONSIDERANDO: Que, el articulo 5° del Decreto Supremo Nº 006-96-JUS, establece que los derechos de sindicalizacion, negociacion colectiva y huelga correspondiente a los trabajadores del Poder Judicial, se sujetaran a las disposiciones que regulan dichas instituciones en el Sector Publico. Con ello, se restringe el ambito de aplicacion del regimen laboral privado en el Poder Judicial a las relaciones individuales de trabajo, y consecuentemente, las relaciones colectivas de todos los trabajadores de este Poder del Estado, se sujetaran a lo regulado para el regimen publico; Que, el articulo 86º del Decreto Supremo Nº 0102003-TR, del 05 de Octubre de 2003, que aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, establece que la huelga de los trabajadores sujetos al Regimen Laboral Publico, se sujetara a las normas contenidas en dicho texto legal en cuanto le MORDAZA aplicables. La declaracion de la ilegalidad de la huelga sera efectuada por el Sector correspondiente; Que, el articulo 73° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, MORDAZA citado, dispone para la declaracion de huelga se requiere: a) Que tenga por objeto la defensa de los derechos o intereses socioeconomicos o profesionales de los trabajadores en MORDAZA comprendidos; b) Que la decision sea adoptada en la forma que expresamente determinen los estatutos y que en todo caso representen la voluntad mayoritaria de los trabajadores comprendidos en su ambito. El acta de asamblea debera ser refrendada por Notario Publico (...); c) Que sea comunicada al empleador y a la Autoridad de Trabajo, por lo menos con cinco (05) dias utiles de antelacion o con diez (10) tratandose de servicios publicos esenciales, acompanando MORDAZA del acta de votacion; Que, del Oficio de Visto, se advierte que la misma carece de los requisitos exigidos por la ley, toda vez

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